Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo


Expediente D.E.: 10241-5-98 Cpo. 01

Expediente H.C.D.: 1776-D-97

Nº de registro: O-6115

Fecha de sanción: 28-05-1998

Fecha de promulgación: 12-06-1998



ORDENANZA Nº 11919



Artículo 1º .- Autorízase al Departamento Ejecutivo a conceder a título precario, permiso de ocupación de la vía pública para la instalación de hasta sesenta y ocho (68) puestos fijos para la comercialización de frutas y hortalizas, según listado que como Anexo I forma parte de la presente.


Artículo 2º .- Los permisos que en virtud de la presente otorgue el Departamento Ejecutivo tendrán carácter personal e intransferible, serán de uso anual y continuado. No deberán contar con la oposición del vecino frentista y linderos.


Artículo 3º .- Los puestos fijos a los que hace referencia el artículo 1º de la presente, estarán ubicados fuera del área delimitada por las siguientes arterias:



Artículo 4º .- Los permisionarios deberán utilizar un módulo cuyas dimensiones no podrán exceder los doce (12) metros cuadrados. Las características constructivas, estructuras, colores con los que deberán estar pintados y materiales a utilizar, serán establecidos por el Departamento Ejecutivo. Los módulos deberán estar numerados en un lugar visible, para permitir su identificación.


Artículo 5º .- Los permisionarios deberán abonar un canon de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA ($250.-) anuales, que será abonado en dos (2) cuotas semestrales.


Artículo 6º .- Son condiciones generales del permiso las siguientes:

  1. Comercializar exclusivamente frutas y hortalizas, y como anexo solamente carbón y leña embolsado.

  2. El puesto será localizado a una distancia no menor de ciento cincuenta (150 m) metros medidos sobre la trayectoria de circulación peatonal de un comercio habilitado para la explotación de un mismo rubro. En el caso de que algunas localizaciones del Anexo I de la presente, se encuentren a una distancia menor a ciento cincuenta (150) metros de un comercio habilitado para la explotación del mismo rubro, el módulo deberá instalarse a la distancia indicada, dentro del plazo de noventa (90) días.

  3. No se permitirá la ubicación de estos puestos en la misma vereda donde funcione un establecimiento educativo.

  4. Mantener permanentemente higienizado el puesto y sus inmediaciones .

  5. Cumplir con las normas de pesas y medidas vigentes.

  6. Utilizar un uniforme consistente en saco o delantal.


Artículo 7º .- El incumplimiento de lo normado en la presente será pasible de las siguientes sanciones:

  1. Primer incumplimiento :apercibimiento.

  2. Segundo incumplimiento: multa correspondiente al treinta por ciento (30%) del canon anual.

  3. Tercer incumplimiento: caducidad del permiso.


Artículo 8º .- El Departamento Ejecutivo a través de la Sub-Secretaría de Inspección General verificará el cumplimiento de lo normado en la presente y a la vez se formará un expediente de cada uno de los beneficiarios, debiendo informar al Honorable Concejo Deliberante acerca de la ubicación definitiva de los puestos, su numeración y datos de los permisionarios, quedando las obras complementarias y de infraestructura a cargo de éstos, las que se adecuarán a las normas vigentes para cada servicio.

Asimismo se deberá realizar un informe socio-económico de los permisionarios a cargo de la dependencia municipal correspondiente, que será agregado al expediente particular de cada uno de los mismos.


Artículo 9º .- Los permisionarios deberán dar cumplimiento a lo normado en materia fiscal e impositiva en el ámbito municipal, provincial y nacional.


Artículo 10º .- Comuníquese, etc..-


Pezzi Pagni

Porrúa Irigoin

B.M. 1529, p. 7 (10/07/1998)



ANEXO I


  1. Avenida Luro y La Pampa

  2. Avda. Fortunato de la Plaza y Giacomini

  3. Triunvirato y 35

  4. Carballo y José M. Estrada

  5. Estrada y Avda. F. U. Camet

  6. Urquiza y Avda. J. B. Justo

  7. Acevedo y Unamuno

  8. Avda. Edison y 35

  9. Juncal y Alvarado

  10. Cerrito y Mario Bravo

  11. Los Andes y 25 de Mayo

  12. Talcahuano y Vértiz

  13. Perú y Rodriguez Peña

  14. Vértiz y 190

  15. Patagones y Padre Cardiel

  16. Avda. Arturo Alió y Avda. J. B. Justo

  17. Avda. Constitución y Monseñor Segura

  18. Entrada al Hospital Regional

  19. Bahía Blanca y Avda. Libertad

  20. Avda. Libertad y Malvinas

  21. Avda. Colón y 168

  22. Antártida Argentina y 53

  23. Florisbelo Acosta y Calle 214

  24. Avda. Luro y Calle 212

  25. Avda. Champagnat y 11 de Septiembre

  26. Avda. Constitución y Lorenzani

  27. Avda. Constitución y Fray M. Esquiú

  28. Avda. Luro y calle 234

  29. Avda. Constitución y Avda. Arturo Alió

  30. Avda. Arturo Alió y Alvarado

  31. Florencio Sánchez y Carasa

  32. Avda. J. B. Justo y Bestoso

  33. Avda. Arturo Alió y Río Negro

  34. Constitución y Zubiria

  35. Avda. J. B. Justo y Canosa

  36. Avda. Champagnat y Beruti

  37. Avda. Polonia y Vértiz

  38. Avda. Champagnat y Avda. Libertad

  39. Avda. Arturo Alió y Avda. Champagnat

  40. Vértiz y 140

  41. Acevedo y Patagones

  42. Chile y Avda. Luro

  43. Rizutto al 900

  44. Avda. J.B.Justo y Uruguay

  45. Avda. Jara y Avda. Luro

  46. Ricardo Rojas al 1368

  47. Avda. Peralta Ramos y Vértiz

  48. Rodriguez Peña y Dorrego

  49. Tres Arroyos y Santa Cruz

  50. Pelayo y Cataluña

  51. Constitución y Chubut

  52. Galicia y Vértiz

  53. Félix U. Camet y Calle 84

  54. Ruta 11 y Avda. Tomás Edison

  55. Avda. Luro y 206

  56. Avda. Polonia y Diag. San Antonio

  57. Avda. Jara y Rodriguez Peña

  58. Andrade y Avda. Constitución

  59. Tres Arroyos y Alvarado

  60. Florisbelo Acosta y Rocha

  61. Florisbelo Acosta y Benito Juárez

  62. Avda. Tejedor y Beltrán

  63. Avda. Tejedor 2.900

  64. Avda. Juan B. Justo y Reforma Universitaria

  65. Avda. Tejedor entre Avda. Constitución y Cataluña

  66. Joaquín V. González y Estrada

  67. Avda. Polonia y Fortunato de la Plaza

  68. Estrada y Avda. Della Paolera

ORDENANZA Nº 11919 2