MAR DEL PLATA, junio de 2007.-
Señor Presidente del
Honorable Concejo Deliberante
CPN MAURICIO IRIGOIN
S / D
VISTO:
La vigencia de la Ordenanza 11.761, mediante la cual se
instituye el “Premio Municipal a la Preservación Patrimonial”, con el
objetivo de efectuar un reconocimiento oficial a los propietarios y/o
responsables de aquellos inmuebles declarados de interés patrimonial que se
destaquen por su buena preservación, manutención y uso, convirtiéndose en
ejemplo de preservacionismo y promoción de los valores históricos,
arquitectónicos, culturales y urbanísticos del Partido de General
Pueyrredon, y:
CONSIDERANDO:
Que para la asignación del mismo, se consideran todos los
inmuebles declarados de interés patrimonial, conforme lo establecido por la
Ordenanza 10.075 - Código de Preservación Patrimonial -, que se destaquen
por su preservación, requiriéndose el consentimiento del propietario y/o
responsable del bien que resultare adjudicatario de alguno de los premios o
menciones especiales
Que a los efectos de la asignación de los premios, la Ordenanza
dispone que se abrirá durante 30 (treinta) días al año, en la fecha que en
cada caso determinara el entonces Ente de Cultura –hoy Secretaría-, un
Registro para que los particulares o instituciones sugieran inmuebles para
su premiación.
Que los Premios actúan como estímulo e incentivo a una
actividad, en este caso a aquella preservación de los bienes patrimoniales
que se destaquen, logrando imponerse a modo de ejemplo para la sociedad.
Que de este premio deviene rescatable el efecto que puede
generar a partir de la difusión de la temática de la preservación, la
puesta en consideración por parte de la ciudadanía de aquellas conductas
valiosas en la materia, y la concientización acerca del valor del
patrimonio colectivo como integrante de la identidad de los marplatenses
Que volver a la asignación del Premio en objeto, significará
aportar al rescate de nuestra historia y de nuestra memoria urbana.
POR ELLO, el Bloque de Concejales de El Frente – U.C.R. eleva a
consideración el siguiente:
PROYECTO DE COMUNICACION
Artículo 1º .- El Honorable Concejo Deliberante solicita al Departamento
Ejecutivo, la implementación anual, a través de la Secretaría de Cultura,
del PREMIO MUNICIPAL A LA PRESERVACIÓN PATRIMONIAL, tal como lo establece
la Ordenanza 11.761.
Artículo 2º .- De forma.
-----------------------
Mar del Plata
BLOQUE EL FRENTE – U.C.R.
Municipalidad del Partido de General Pueyrredon
Departamento Deliberativo