Mar del Plata, 1 de Octubre de 2013.
Señor Presidente
Honorable Concejo Deliberante
DR. ARIEL CIANO
S / D
VISTO:
El 70º aniversario de la Fundación del Sindicato de Luz y
Fuerza, y
CONSIDERANDO:
Que en 1943 se trabajaba en forma por demás inhumana y los
obreros de distribución de la empresa inglesa se encontraban divididos en
efectivos y extraordinarios, los efectivos, que eran los menos, tenían
sueldo mensual, ropa para agua -aun- que no equipo completo- pero carecían
de lona en el camión, como todos los demás.
Que los extraordinarios no tenían ningún tipo de ropa para agua
y cobraban por hora. Se trabajaban 9 horas de lunes a jueves, 8 horas los
viernes y 4 los sábados, completando así las 48 horas semanales.
Que en los días de lluvia, los trabajadores que no
eran fijos se tenían que volver a sus hogares, perdiendo el jornal. En caso
de temporal, sí que se los tenía en cuenta, debiendo trabajar a la
intemperie, en cualquier condición, sin ropa para agua ni ninguna otra
protección y la cantidad de horas que estimara la Jefatura.
Que los intentos por organizar un sindicato fueron varios,
quienes lo intentaban, contaban con la solidaridad prestada por otras
organizaciones hermanas que así ayudaban a la organización de un gremio
más.
Que los primeros recuerdos sobre la lucha de los trabajadores
lucifuercistas por contar con una organización sindical, con fecha precisa,
datan de noviembre de 1934 cuando un pequeño pero decidido grupo de
trabajadores de la vieja Usina Eléctrica, tuvo la iniciativa de crear una
organización con concepto sindical que los uniera para enfrentar a estos
poderosos monopolios y reclamar la dignidad y el respeto que se merecían
como hombres de trabajo. Así nace la decisión de fundar la Sociedad de
Empleados y Obreros de la Usina Eléctrica.
Que su fundación se realizada en un club, y fue organizado por
la propia empresa -tal como acostumbraban las empresas inglesas de la época-
el Club Redes Argentinas, que disponía de una sede social en la calle
Rioja entre Moreno y Bolívar, a este evento no podían concurrir el personal
temporario o extraordinario, siendo exclusivo para los trabajadores
efectivos.
Que la realización de bailes, la existencia de un buffet con
billar, posibilitaba la realización de algunas reuniones “clandestinas” con
vistas a la conformación de una organización sindical, sin embargo, la
proeza no dura mucho tiempo, enterada la patronal de estas reuniones
“ilegales”, endurece su postura y ya no permite la entrada a aquellas
personas que no fueran personal efectivo de la Usina.
Que el Sindicato de Luz y Fuerza que fuera fundado el 8 de
octubre de 1943 y que funciona legalmente bajo la Personería Gremial Nº
733, es una Asociación Sindical de primer grado, afiliada a la Federación
Argentina de Trabajadores de Luz y Fuerza, que reúne en su seno a los
trabajadores que presten servicios en la producción, explotación,
comercialización, transmisión y/o distribución de la energía, tanto de
empresas nacionales, provinciales, municipales, cooperativas, mixtas o
privadas, sean trabajadores manuales, técnicos, profesionales o
administrativos y que voluntariamente expresen su deseo de afiliarse.
Que como integrante de la Confederación General del Trabajo
(C.G.T.), a la cual está afiliado, aspira fundamentalmente a crear una
conciencia solidaria entre sus afiliados y de éstos para con los demás
trabajadores, procurando remover los obstáculos que dificulten la
realización plena del trabajador.
Que su objetivo final es la lucha por concretar en la realidad
los principios constitucionales que tienden a asegurar al trabajador
condiciones dignas y equitativas de labor, jornada limitada, retribución
justa, salario mínimo vital y móvil, participación en las ganancias de las
empresas, con control de la producción y colaboración en la dirección,
conservar la estabilidad en el empleo, concertar convenios colectivos de
trabajo, ejercer el derecho de huelga y otros, exigir del Estado amplios
beneficios de la seguridad social, los que deberán ser integrales e
irrenunciables, obtener jubilaciones y pensiones móviles, la protección
integral de la familia, la compensación económica familiar y el acceso a
una vivienda digna.
Que este objetivo final, que tiende a mejorar las condiciones
de vida y de trabajo, se obtendrá mediante nuevas relaciones con las
Entidades prestatarias de la energía en una sociedad basada en la
Solidaridad y en la Justicia Social, liberada de toda denominación interna
y externa.
Que en diciembre de 1974 dijo: “los trabajadores de luz y
fuerza hemos conformado una estructura dinámica y social que probablemente
sea el orgullo, no solo de nuestro gremio sino de todo el movimiento obrero
argentino, esto nos obliga más que nunca a no convertirnos en una isla
dentro del proceso, nosotros somos parte integrante de la columna vertebral
del movimiento nacional y es necesario destacar que bajo ningún punto de
vista el movimiento obrero puede renunciar a continuar siendo la columna
vertebral del proceso nacional, ya que es la garantía del futuro."
Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejales de la UCR elevan
el siguiente proyecto de:
RESOLUCIÓN
Artículo 1º: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General
Pueyrredon expresa su reconocimiento a la lucha y labor del Sindicato de
Luz y Fuerza, al cumplirse 70º aniversario de su fundación.
Artículo 2º: Comuníquese, etc.
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Mar del Plata
Municipalidad del Partido de General Pueyrredon
Departamento Deliberativo
BLOQUE U.C.R.