Información de Expediente

2014 - E - 1915
Fecha de Entrada: 10/09/2014
Carátula: Proyecto de ORDENANZA
Iniciador: UNION CIVICA RADICAL
Autor:
Tema:
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: COMUNICACIONES A LA ESPERA DE RESPUESTA EN ARCHIVO
Desde: 08/08/2019
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Ordenanza
Encomendando a Obras Sanitarias MDP-Batán para que realice en el Bº Faro Norte un relevamiento de vecinos en condiciones de adherir a la construcción de redes y conexiones domiciliarias para vincularlas al colector cloacal existente.
Proyecto 2: Comunicación

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
C-4484 13/11/2014

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
031 RECURSOS HIDRICOS, OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS 11/09/2014 13/11/2014 S/Tablas
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 13/11/2014 13/11/2014 S/Tablas
002 HACIENDA, PRESUPUESTO Y CUENTAS 13/11/2014 13/11/2014 S/Tablas
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto


Sra. Presidente del

Honorable Concejo Deliberante

Partido de General Pueyrredón

Vilma Baragiola



Visto:


                      La compleja  situación   medioambiental  existente  en

algunos sectores del Barrio Faro Norte; y


Considerando:


                     Que en los mismos,  en  lo  atinente  a  los  servicios

sanitarios y a pesar de contar  con  un  colector  cloacal,  cuya  traza  se

extiende por calles Cayetano Rodríguez, Isla  Cerdeña,  Las  Margaritas  (Bº

Bosque Peralta Ramos) y Navarra , conectado a  la  Cuarta  Cloaca  Máxima  a

través de la planta de impulsión ubicada en Av. Mario Bravo y  Av.  Martínez

de  Hoz  ,  aún  no  fueron  realizadas  las  redes  ,  ni   las  conexiones

domiciliarias, necesarias para la  efectiva  utilización  del  servicio   de

descarga de los líquidos cloacales al sistema.


                     Que  sectores del mencionado barrio, en las  zonas  más

próximas  a la costa, presentan las napas de agua a niveles muy  próximos  a

la cota de parcela,  lo  que  obliga  a  fundar  las   construcciones  sobre

pilotes, y por  dicha  circunstancia,  tampoco  es  posible  realizar  pozos

ciegos que  cumplan   efectivamente  su  cometido,  siendo  éste  el  último

recurso, cuando no hay redes cloacales.


                     Que por tal situación algunos vecinos,  imposibilitados

de afrontar  individualmente  el  pago  de  las  obras  de  conexión  a  los

colectores cloacales, realizaron éstas en forma clandestina;  en  tanto  que

otros realizan el vuelco  de  su  sistema  cloacal  directamente  a  la  vía

pública, sin ningún  tipo  de  tratamiento,  con  la  lógica  contaminación,

riesgo sanitario y polución para los propios habitantes del barrio.


                      Que  Obras  Sanitarias  MDP  Batán  ha   otorgado   la

factibilidad  de  servicio  cloacal,  individualmente,  a  vecinos  que   lo

solicitaran, cotizando valores imposibles de afrontar  para  la  mayoría  de

ellos


                      Que, entre otros vecinos  con  esta  problemática,  se

encuentran  beneficiarios del plan PROCREAR, que, luego  de  haber  sorteado

todas  las  instancias  administrativas  y  obtenido  la  financiación,   se

encuentran con costo no previsto e injustamente  recargado,  al  no  existir

prorrateo alguno por ser conexión individual.


                      Que  la  empresa  debe  generar  las  condiciones  que

propicien  la  regularización  de  la  situación  mencionada,  mediante   un

relevamiento,  campaña  de  información  y  acogimiento  a  las   obras   de

saneamiento, brindando planes  de financiación accesibles para los  vecinos.



                      Que es inadmisible que en  una  ciudad  como  Mar  del

Plata, calificada por Naciones Unidas como Ciudad Emergente y  receptora  de

obras financiadas por el Banco Interamericano de  Desarrollo,  se  registren

prácticas que no contemplen aspectos básicos de  saneamiento  y  de  cuidado

del medio ambiente. Cabe recordar que una de sus  características  debe  ser

“Proteger sus recursos naturales importantes para la sostenibilidad  de  una

ciudad (suelo, agua y  bosques)  por  medio  de  instrumentos  adecuados  de

planeación urbana”


                      Que, seguramente un buen  número  de  vecinos  podrìan

adherir a un plan de obras de saneamiento, a realizar  por  contribución  de

mejoras y de acuerdo al  prorrateo  de  su  costo,  en  hasta  36  cuotas  y

conforme a las Leyes 23928 y 25561, sin actualización de los montos.


                      Que realizadas las referidas obras,  y  a  efectos  de

conectar el servicio, los vecinos deberían  comprometerse a  formalizar   el

Acuerdo de  Servicio respectivo y el cegado de los pozos ciegos que  posean,

según los procedimientos establecidos por la empresa.


                       Por lo expuesto, el Bloque de Concejales de la  Unión

Cívica Radical eleva a su consideración el siguiente



                                            PROYECTO DE ORDENANZA



Artículo 1° .-   Encomiéndase a Obras Sanitarias Mar del  Plata-Batan   para

que, en un plazo máximo de treinta (30) días hábiles, realice en  el  Barrio

Faro Norte, un relevamiento de  vecinos  en  condiciones  de  adherir  a  la

construcción  de  redes  y  conexiones  domiciliarias  para  vincularlas  al

colector  cloacal  existente,  cuya  traza  recorre  las   calles   Cayetano

Rodríguez, Isla Cerdeña, Las Margaritas del Bº Bosque  de  Peralta  Ramos  y

Navarra, con vuelco a la Cuarta Cloaca Máxima, mediante la planta  elevadora

ubicada en Av. Mario Bravo y Av. Martínez de Hoz.


Artículo 2° .- Realizado el relevamiento dispuesto en  el  Art.  1º,   Obras

Sanitarias Mar del Plata – Batan diseñará el proyecto  de obra   a  ejecutar

en el marco del Programa “Completamientos de Red”, informando  al  Honorable

Concejo Deliberante, en un plazo máximo de treinta  (30)   días  hábiles  de

finalizado el mismo, sus resultados y el plan de obras a implementar, a  los

fines de ejecutar en el menor plazo posible las obras correspondientes.


Artículo 3º .-  Las obras se realizarán por contribución de  mejoras,  según

la normativa vigente, autorizando a Obras  Sanitarias  Mar  del  Plata-Batan

para que de acuerdo al prorrateo, formalice  con  los  vecinos  un  plan  de

financiación de hasta treinta y seis (36) cuotas  y  conforme  a  las  Leyes

23928 y 25561, sin actualización de los  montos.  Asimismo  y  previo  a  la

conexión del servicio,  los  vecinos  deberán   formalizar   el  Acuerdo  de

Servicio respectivo y el cegado de los pozos ciegos que posean.


Artículo  4º  .-  Aquellos  vecinos  que   hubieran   realizado   conexiones

clandestinas y se acojan a la presente ordenanza y al plan de obras  surgido

de la misma con su correspondiente compromiso de pago, podrán  solicitar  el

beneficio de la condonación de las multas que le hubieren correspondido.


Artículo 5° .-  De forma.




























Variante


Artículo 1°).-   Encomiendasé a Obras Sanitarias Mar del  Plata-Batan   para

que, en un plazo máximo de 30 días, realice  en el  Barrio  Faro  Norte   un

relevamiento de vecinos, en condiciones  de  adherir  a  la  realización  de

redes  y  conexiones  domiciliarias     vinculadas   al   colector   cloacal

existente, cuya traza recorre las calles Cayetano  Rodríguez,  Sardeña,  Las

Margaritas del Bº Bosque de Peralta Ramos y  Navarra,  con  descarga  en  la

cuarta cloaca máxima, mediante la planta  elevadora  ubicada  en  Av.  Mario

Bravo y Av. Martínez de Hoz.

                             Realizado   el   referido   relevamiento,    se

confeccionarán  los    proyectos  de  obra  ,   en  el  marco  del  Programa

“Completamientos de Red”.


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