Mar del Plata, 25 de septiembre de 2014
Al Sra. Presidenta del
H. Concejo Deliberante
Sra. Vilma Rosana Baragiola
S-------------/-------------D
VISTO:
El “1º Festival por la Salud Mental” a realizarse el próximo 10
de octubre en la ciudad de Mar del Plata con motivo de conmemorarse el
Día Nacional de la Salud Mental.
CONSIDERANDO:
Que el mismo se desarrollará en el horario de 10 a 13hs en la
intersección de las calles San Martin esquina Mitre.
Que está organizado por Co.T.A.T MdP y dirigida a usuarios,
familiares, efectores y comunidad en general.
Que Co.T.A.T MdP es un Colectivo de Trabajadores Acompañantes
Terapéuticos de Mar del Plata en proceso de constitución como ONG, que
surge de la necesidad de crear un espacio de encuentro entre colegas
para compartir e intercambiar experiencias y trabajar en base a
objetivos planteados: formar un espacio gremial que nos represente y
respalde; difundir el rol y función del Acompañante Terapéutico;
promover formación no arancelada (terciaria o universitaria);
reconocimiento legal como profesión.
Que la propuesta convoca a todas las instituciones de la
ciudad que abordan la temática, las cuales contarán con un escenario
para exponer sus creaciones artísticas tales como danza, bandas,
teatro; como así también stand para sus producciones artesanales.
Que el objetivo del Festival es difundir y visibilizar el
nuevo paradigma que nos plantea la Ley Nacional de Salud Mental Nº
26.657.
Que desde diciembre de 2010, la Argentina cuenta con una
herramienta fundamental en materia de Salud y Derechos Humanos: la
nueva Ley Nacional de Salud Mental N° 26.657.
Que la misma es fruto de un largo trabajo de Legisladores de
distintos bloques políticos junto a organizaciones sociales, de
Derechos Humanos, de usuarios y familiares y de profesionales de la
salud, recibió un fuerte impulso por el gobierno nacional para que se
transforme en realidad y se traduzca, en el presente, en políticas
concretas adecuadamente financiadas.
Que la Ley fue reconocida por la Organización Panamericana de
la Salud y la Organización Mundial de la Salud (OPS/OMS), cuyo
asesoramiento fue fundamental.
Que la misma brinda un marco para que las políticas en la
materia, en todo el territorio de la Nación, se desarrollen cumpliendo
todos los compromisos que hemos suscripto en materia de Derechos
Humanos y los estándares internacionalmente establecidos.
Que es de cumplimiento obligatorio en todo el país, asegura el
derecho de todos los que habitan el suelo argentino a la protección de
su salud mental, y establece puntualmente los derechos que le asisten
a aquellas personas con padecimientos mentales en relación al sistema
de salud, tanto en el sector público como en el privado.
Que además, incluye de manera explícita, la problemática de
las adicciones, históricamente relegada.
Que a través de sus 46 artículos se garantizan, entre otros,
los siguientes derechos de las personas con padecimiento mental:
Derecho a la intimidad.
Derecho a vivir en comunidad.
Derecho a la atención sanitaria adecuada.
Derecho a mantener los vínculos familiares y afectivos.
Derecho a la no-discriminación.
Derecho a la información sobre su estado de salud.
Derecho a la autonomía personal.
También se reconoce el Derecho a la identidad. Lamentablemente
el sistema de encierro y aislamiento, que la Ley busca sustituir por
una política de inclusión social e integración, generó, violaciones a
Derechos Humanos fundamentales, casos de personas internadas cuya
verdadera identidad se desconoce. A partir del nuevo marco legal, ya
comenzaron a recuperar su identidad algunos ciudadanos que estaban
como NN.
Que el trabajo interdisciplinario e intersectorial constituye
un pilar fundamental en el abordaje propuesto, tendiente a atender la
diversidad de factores que condicionan la salud mental de las personas
y su efectiva recuperación.
Que uno de los puntos centrales de la ley es la prohibición de
crear nuevos manicomios, tanto públicos como privados, y adaptar los
actuales hasta su sustitución definitiva por dispositivos de inclusión
social: atención con internaciones breves en hospitales generales,
equipos interdisciplinarios en los centros barriales, cooperativas de
trabajo, casas de convivencia, centros de día, acompañamiento
terapéutico; en fin, distintas alternativas de atención que no alejen
a la persona de su núcleo social ni restrinjan innecesariamente su
autonomía personal.
Que en oportunidad de su promulgación, se renovó el compromiso
y la decisión política de integrar el campo de la salud mental al
objetivo fundamental del proyecto nacional que se viene llevando a
cabo desde el año 2003 en nuestro país: la inclusión social.
Por todo lo anterior es que el Bloque de Concejales del
Frente para la Victoria solicita la aprobación del siguiente Proyecto
de:
RESOLUCIÓN
Artículo 1º.- Declárase de Interés del Honorable Concejo Deliberante
del Partido de General Pueyrredón el “1º Festival por la Salud Mental”
a realizarse el próximo 10 de octubre en la ciudad de Mar del Plata
con motivo de conmemorarse el Día Nacional de la Salud Mental.
Artículo 2º.- Comuníquese, etc.-
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Mar del Plata
BLOQUE FRENTE PARA LA VICTORIA
Municipalidad del Partido de General Pueyrredon
Departamento Deliberativo