Información de Expediente

2015 - E - 1222
Fecha de Entrada: 11/03/2015
Carátula: Proyecto de Comunicación
Iniciador: FRENTE PARA LA VICTORIA
Autor:
Tema:
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 14/05/2015
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Comunicación
Solicitando al D.E. informe sobre el cumplimiento de la Ordenanza Nª 21060 y su modificatoria (Ord. Nº 21688), ref. a implementación del Boleto Estudiantil.-
Proyecto 2: Decreto de Archivo

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
D-1836 14/05/2015

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
005 TRANSPORTE Y TRANSITO 16/03/2015 29/04/2015 archivo
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto



                                        Mar del Plata, 11 de Marzo del 2015.

Al Presidente del

H. Concejo Deliberante

Sr. Nicolás Maiorano

S------------/------------D


VISTO:

      La Ordenanza Nº 21060 y sus modificatorias en la Ordenanza N  º  21688

referida a la implementación del Boleto Estudiantil Gratuito y;


CONSIDERANDO:


      Que según la Ordenanza N º 21060, sancionada en el año 2012,  se  creó

en el ámbito  del  Partido  de  General  Pueyrredon  el  Boleto  Estudiantil

Gratuito.

      Que dicha norma en su artículo 2º establece  que  serán  beneficiarios

los alumnos de establecimientos de  enseñanza  pública  y  gratuita  de  los

niveles de Educación Inicial Obligatoria, de Enseñanza Primaria,  del  Nivel

Secundario municipal, provincial  y  nacional,  como  así  también  aquellos

alumnos que concurrieran a las escuelas  de  Formación  Técnica  hasta  7mo.

Año;  Escuelas  de  Formación  profesional,  municipales  y  provinciales  y

adicionalmente los alumnos de colegios privados, becados  con  el  cien  por

ciento (100%) cuando éstos perciban subsidios  no  menores  al  ochenta  por

ciento (80%) para salarios docentes.  Será  válido  para  turnos  matutinos,

vespertinos, dobles y nocturnos, y para adultos mayores que concurran a  los

niveles detallados en el presente artículo.

      Que en  el  artículo  9º  incorpora   como  beneficiarios  del  Boleto

gratuito a los docentes, no docentes y  auxiliares  de  establecimientos  de

enseñanza pública y gratuita de todos los niveles  educativos.  De  idéntico

beneficio gozarán los docentes de los niveles  anteriormente  indicados  que

desempeñen tareas  en  establecimientos  de  educación  pública  de  gestión

privada, reconocidos o incorporados a la enseñanza oficial, inscripta o  con

inscripción en trámite por ante la  Dirección  Provincial  de  Educación  de

Gestión Privada (DIPREGEP).






      Que desde el 26 de Marzo del 2014 fue promulgada la Ordenanza  N°21688

que modifica los artículos n° 3,5,8 y 10 de la Ordenanza N°21060.

      Que en estas modificaciones, se estipula el nuevo  procedimiento  para

tramitar  el  boleto  estudiantil,  a  través  de  la  dependencia  que   el

Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de General Pueyrredón determine.

      Que debido a la preocupación de  numerosos  estudiantes,  docentes   y

auxiliares que se han comunicado con la UTE  Libertador  (Unión  Transitoria

de Empresas) y dicha empresa les  informa  que  este  año  el  trámite  para

obtener el boleto gratuito se realizará  a  través  de  la  página  web  del

municipio.

      Que sin embargo ingresando  al  sitio  web  www.mardelplata.gob.ar  no

existe ningún acceso para la tramitación del boleto estudiantil gratuito.

      Que personal del servicio 147 “Centro de Atención al  Vecino”  informa

que hasta el día de hoy desconocen que el municipio realice ese  trámite,  y

recomienda acercarse a la Mesa de Entrada del Palacio Municipal.

      Que en la Mesa  de  Entrada  del  Palacio  Municipal   informaron  que

actualmente no existía la posibilidad de realizar el  trámite  para  obtener

el boleto gratuito en ninguna dependencia municipal.

      Que estos hechos generan gran  confusión  e  incertidumbre  entre  los

beneficiarios al momento de tramitar el Boleto Gratuito.

      Que las modificaciones establecidas en la Ordenanza  Nº  21688  tienen

como  objetivo  reparar  las  deficiencias  operativas   del   sistema   que

perjudican a todos sus beneficiarios, y   la  necesidad  de  que  el  estado

municipal se ponga al frente de la situación y garantice a los  usuarios  el

genuino acceso a este derecho


      Por todo lo expuesto, el Bloque  de  Concejales  del  Frente  para  la

Victoria  eleva  el siguiente proyecto de:


                                COMUNICACION


Artículo 1.- El Honorable Concejo Deliberante vería con agrado que el

Departamento Ejecutivo informe el procedimiento establecido para dar

cumplimiento a la Ordenanza Nº 21060 y sus modificatorias en la Ordenanza

Nº 21688 referidas a la implementación del Boleto Estudiantil Gratuito.


Artículo 2.- Comuníquese, etc.


-----------------------

Mar del Plata



                       BLOQUE  FRENTE PARA LA VICTORIA



Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo



 Volver