Mar del Plata, 1 de Abril de 2016.-
Sr. Presidente Del
Honorable Concejo Deliberante
Partido de General Pueyrredón
Cjal. Guillermo Saenz Saralegui
S/D
Visto:
La necesidad de reforzar las acciones integrales vinculadas a la promoción de la producción y comercialización de cerveza artesanal, generando previamente un ámbito de intercambio de ideas entre todos los actores vinculados a dicha actividad; y
Considerando:
Que el concepto de “cerveza artesanal” comprende, básicamente en su fabricación la no utilización de aditivos químicos y la elaboración mediante un método que -a pesar de tener algunas máquinas y filtros- contempla varias tareas manuales, tales como la adición de grano, lúpulo y agua; además del lavado de los instrumentos que se usan en este proceso.
Que son más de 200 los grupos que están fabricando cerveza de forma casera y en su mayoría están integrados por personas que tienen entre 20 y 40 años.
Que la actividad promueve la sustitución del producto industrial clásico por uno de valor agregado y neta producción local, con su consecuente impacto en la economía y el empleo.
Que, de un análisis empírico surge que se podría identificar áreas geográficas de la ciudad como integrantes de un “distrito promovido” para esta actividad, para la que podrían proponerse beneficios en tributos y otros mecanismos promocionales.
Que dicho diseño podría fortalecer a un sector productivo con enorme potencial que contribuye con el desarrollo de un perfil turístico moderno de la ciudad aprovechando la predisposición que muchos consumidores tienen por probar nuevas propuestas.
Que la implementación de políticas de promoción productiva, que contemplen a las economías locales y su valor agregado, por parte del Estado, son condición sine qua non para un desarrollo sostenible.
Que se busca fortalecer a un sector productivo que genera actividad, empleo y contribuye con el desarrollo del perfil turístico de la Ciudad, trabajando con los microcerveceros en la elaboración de un plan estratégico sectorial, en pos de la creación de una marca artesanal marplatense, posicionando a la ciudad como uno de los principales polos cerveceros del país.
Que, evaluar la creación de una identidad de “marca local colectiva” para la producción de cerveza artesanal, podría constituir una herramienta de diferenciación cualitativa en el mercado nacional, con impacto importante en el segmento gastronómico local.
Que, previamente a lo propuesto en la actualidad y para el futuro, el Municipio dio un importante primer paso para dar fortaleza a este sector de la producción artesanal, como fue la Ordenanza 22.532, impulsada por el concejal Pablo Retamoza “Incorporando al Código de Ordenamiento territorial el rubro Elaboración de Cerveza Artesanal”, antes inexistente.
Que, proponemos ahora, como segundo paso la realización de una Jornada de Trabajo para poder analizar la temática junto a los productores, investigadores, proveedores de insumos, integrantes del circuito de venta, funcionarios, para poder obtener un relevamiento y diagnóstico del sector.
Que todo lo anterior debería concluir en la elaboración de un Proyecto de “Fomento a la producción local de cerveza artesanal”, cuyo borrador adjunto pretende ser sólo una base para la discusión.
Por todo lo expuesto el Bloque de Concejales de la Unión Cívica Radical eleva a su consideración el siguiente proyecto de:
PROYECTO DE DECRETO
Artículo 1º).- Convocase a una Jornada de Trabajo en el Recinto de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante "C.P.N. Carlos Mauricio Irigoin", con el objeto de analizar la situación de la producción y comercialización de la cerveza artesanal y la creación de herramientas de promoción de dichas actividades.
Artículo 2º).- Serán convocados a participar de la misma a representantes de los siguientes organismos y sectores:
Honorable Concejo Deliberante
Departamento Ejecutivo:
Secretaría de Economía Social
Secretaría de Gobierno – Subsecretaría de Control
Secretaría de Desarrollo Productivo
Secretaría de Obras y Planeamiento Urbano
Secretaría de Salud
Departamento de Bromatología
Universidad Nacional de Mar del Plata / Facultades de Ciencias Exactas e Ingeniería
I.N.T.A.
I.N.T.I.
Cámara Argentina de Productores de Cerveza Artesanal (C.A.P.C.A.)
Cámara de Cervecerías Artesanales de Mar del Plata
Fabricantes y Comercializadores de Cerveza Artesanal
Proveedores de insumos de Insumos
Empresas Metalúrgicas vinculadas a la actividad
Vivero Van Heden (siembra de Lúpulo)
Artículo 3º).- Facultase a la Comisión de Labor Deliberativa a determinar el día y la hora de realización de la presente jornada, así como la ampliación de la nómina expresada en el artículo anterior.
Artículo 4º).- De forma.
ANEXO
ANTEPROYECTO DE ORDENANZA
“PROMOCIÓN DE LA PRODUCCIÓN DE CERVEZA ARTESANAL LOCAL”
Artículo 1º: Créase el Programa “PROMOCIÓN DE LA PRODUCCIÓN DE CERVEZA ARTESANAL LOCAL” con el objeto de promover el desarrollo de la producción de cerveza artesanal local, la identidad de marca local de la misma y su crecimiento y participación en el mercado.
Artículo 2º: El presente programa tendrá como alcance y beneficiarios directos a toda empresa, de capital local, radicada e inscripta, en el Partido de General Pueyrredon , acreditando dos o más años de domicilio como residente, dedicada a la producción de cerveza artesanal y cuyo proceso de elaboración se realice íntegramente dentro del ámbito del Partido de General Pueyrredon, correspondiendo para tal identificación todo lo establecido en el Código Alimentario Nacional definido en el Capítulo XIII, Articulo 1080, inciso 1.1.1 para “cervezas”, y la Ordenanza 22.532 .
Complementariamente se establecen como alcances del término artesanal los siguientes:
a. Que en su fabricación no se utilicen aditivos químicos, ni sea pasteurizada.
b. Que el volumen de la producción de cerveza sea de una escala inferior a los …. mil litros mensuales promedio por la empresa inscripta.
c. Que sea realizado por cuenta propia del productor.
d. Que la superficie sea menor a …..metros cuadrados.-
Artículo 3º: Marca Local. La asociación de productores locales de cerveza artesanal administrará conjuntamente con el municipio los requisitos para el uso y aplicación de la marca local colectiva “Cerveza artesanal de Mar del Plata”, reglamentando su funcionamiento.
Artículo 4°: Localización. A los fines de contribuir a los objetivos del programa y a la visibilización y mejoramiento competitivo el Departamento Ejecutivo identificará un área geográfica de la ciudad como “distrito promovido” para la actividad descripta, tanto para la producción como para la venta, alentando la instalación de establecimientos multimarca de producción local y microcervecerias estas ultimas con posibilidad de venta y degustación en la fabrica.
Artículo 5º: El Municipio establecerá diferentes tipos de mecanismos promocionales fiscales para las mismas. Desgravaciones: a definir
Artículo 6º: El DE a través de la Secretaría de Producción/ Economía Social, deberá:
a. Establecer y difundir los alcances del presente programa a las empresas locales.
b. Promover y sostener un mecanismo orgánico de trabajo con los productores locales de cerveza artesanal que propenda a su desarrollo y crecimiento empresarial y la mejora de la calidad de los productos, entre otros fines.
c. Definir y ejecutar diferentes mecanismos de difusión y promoción de la marca local a través de estrategias de marketing territorial, turístico y comercial. Entre ellas se podrán diseñar estrategias de difusión a través de una “guía gastronómica” local que identifique y destaque las virtudes de la cerveza artesanal de elaboración local.
d. Incorporar en el marco del Registro Municipal de Microempresas a los productores de cerveza artesanal que cumplan con sus parámetros.
Artículo 7º. Los beneficios diferenciales otorgados en el art.5 tienen una duración de dos (2) años, con posibilidad de renovación de acuerdo a la evaluación y el seguimiento correspondiente realizado por los organismos autorizados para tal fin.
Artículo 8º. La cerveza elaborada bajo el presente programa de promoción deberá exhibir el rótulo (etiqueta) “HECHO EN MAR DEL PLATA”, además de toda la información requerida por la normativa para bebidas alcohólicas.
Artículo 9º: El Departamento Ejecutivo cconvocara a la Universidad Nacional de Mar del Plata, las Universidades Privadas, el INTA, el INTI y las Asociaciones que nuclean a los Cerveceros Artesanales para planificar estrategias y ejecutar cooperativamente acciones para favorecer el sector
Artículo 10º. El Departamento Ejecutivo diseñara un circuito cervecero, reuniendo productores y cervecerías de la ciudad a fin de promocionar, potenciar y poner en valor la producción de nuestra ciudad, articulándolo con un itinerario turístico-cultural.
Artículo 11º. Se propiciara la utilización de un envase único identificativo de la zona, que podrá contemplar la realización de un concurso por el diseño del logo y por el envase, que funcionara como un sello de origen favoreciendo al mismo como atractivo turístico.
Artículo 12º. Se elaborara un proyecto para favorecer la realización de la “Fiesta de la Cerveza Artesanal” evento que se repetirá anualmente en época invernal.
Artículo 13º. Será autoridad de aplicación del presente programa la Secretaría de la Producción/ Economía Social de la Municipalidad de Mar del Plata.
Artículo 14º: De forma.
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Mar del Plata
BLOQUE U.C.R.
Municipalidad del Partido de General Pueyrredon
Departamento Deliberativo