Información de Expediente

2018 - E - 1251
Fecha de Entrada: 26/02/2018
Carátula: Proyecto de Ordenanza
Iniciador: UNIDAD CIUDADANA
Autor:
Tema:
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 16/04/2019
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Ordenanza
Creando en el Partido de Gral. Pueyrredon, el "Programa Municipal RE.DAT.A" (Recopilación de Datos en Accidentes).-

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
O-18299 14/03/2019 24029 25/03/2019

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 27/02/2018 12/07/2018 Art. 52° del R.I.
043 CALIDAD DE VIDA Y SALUD PUBLICA 12/07/2018 12/07/2018 Art. 52° del R.I.
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 17/07/2018 04/02/2019 Aprobado
043 CALIDAD DE VIDA Y SALUD PUBLICA 04/02/2019 13/02/2019 Aprobado
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto


Mar del Plata, 23 de febrero de 2018


Al Presidente del

H. Concejo Deliberante

Sr. Sáenz Saralegui, Guillermo

S------------/------------D


VISTO: La falta de datos estadísticos centralizados de accidentes del Partido de General Pueyrredon, y;


CONSIDERANDO:


Que según estudios a nivel nacional los accidentes representan la primera causa de muerte en menores de 35 años y la tercera causa, si consideramos todas las edades, en la población general detrás de las cardiovasculares y las tumorales. Pero los accidentes vuelven a ser la primera causa de muerte si tenemos en cuenta la cantidad de ¨años de vida potencialmente perdidos¨ que le ocasionan a las víctimas. Esto es fácilmente comprensible ya que los accidentes afectan esencialmente a la niñez, adolescencia y adultos jóvenes;


Que nuestro país alrededor de 50 personas mueren por día en accidentes. De todos ellos, aproximadamente la mitad corresponden a tránsito,  y en el restante 50 por ciento ocurren por intoxicaciones,  caídas,  quemaduras,  ahogamientos,  por armas de fuego,  electrocución,  accidentes laborales,  etc;


Que los lesionados determinan una sobrecarga en los servicios de atención médica (especialmente hospitalaria), desplazando el esfuerzo que se debería concentrar en las enfermedades prevalentes de cada país o región.


Que en la Argentina una de cada tres internaciones hospitalarias son producidas por lesiones por accidentes, y las secuelas que de ellos se producen (tanto físicas como psíquicas) suelen ser gravísimas y muchas de ellas de por vida;


Que además de las consideraciones humanitarias, los accidentes provocan enormes pérdidas económicas que son pesadas cargas para las víctimas, sus familiares, y para toda la comunidad, es decir, gastos de atención médica y de rehabilitación, perdida de días laborales, gastos materiales, y costos indemnizatorios;



Que las lesiones provocadas por los accidentes representan uno de los mayores y mas difíciles desafíos a los enfrenta la Salud Publica;


Que el término accidente ha sido y sigue siendo una barrera para dilucidar las verdades causas que los provocan “ya que sugiere una acto divino que no es comprensible en términos racionales como causa de enfermedad”;


Que en tal sentido la Organización Mundial de la Salud (OMS) al referirse a ellos describe que “los accidentes, al igual que las enfermedades, tienen una historia etiológica, afectan a varios grupos de edad en forma diferente y en situaciones bien definidas, con una frecuencia más o menos previsible. No son sólo componentes impredecibles de la mala suerte”;


Que las lesiones por accidentes participan del concepto epidemiológico, ya que como otras enfermedades tienen un agente agresor, un huésped y un medio ambiente donde se producen;


Que así como hay una epidemiología de la poliomielitis, de la tuberculosis o del infarto de corazón,  también  existe  una epidemiología para los accidentes;


Que el término accidente no es apropiado desde el punto de vista científico porque no permite comprender el fenómeno en forma integral y aporta innumerables escollos para el conocimiento apropiado de sus causas (o factores de riesgo) y genera desacertadas estrategias al momento de enfrentar su prevención;


Que al tener datos objetivos sobre accidentes, se podrá diseñar políticas de estado para la prevención, siendo esta una actividad que requiere mucha capacidad, y debe tener bases racionales y científicas. Las medidas basadas en el “sentido común”, antes que en un conocimiento profundo de cómo ocurren los accidentes, en algunos casos pueden tener consecuencias desastrosas;






Que el municipio cuenta con la Dirección de Protección Integral a las Victimas  y Prevención de Accidentes, que brinda contención, asistencia y protección integral a las víctimas de la violencia y el delito, sus familiares y personas a cargo, estableciendo mecanismos de coordinación y de actuación, efectiva e inmediata, con las instituciones competentes a fin de evitar la victimización secundaria;


Que entre los objetivos del área figura recibir a la víctima directa o indirectamente y brindarle información sobre sus derechos, orientando sobre presentaciones de acciones administrativas o judiciales. También se le procura asistencia médica y psicológica inmediata, contención social y se trabaja por la constitución de un sistema articulado con los efectores públicos que en diferentes instancias toman contacto con las víctimas;


Que otro objetivo del programa es favorecer la constitución de una Red Comunitaria de Contención y de apoyo a las víctimas en coordinación con las organizaciones profesionales, de la sociedad civil y organizaciones comunitarias para la construcción de nuevas formas de solucionar y afrontar la problemática devenida del acto de violencia o delito;


Que por lo tanto, el trabajo para recavar información debe ser multisectorial e interdisciplinario, con un enfoque epidemiológico, utilizando todas las estructuras,  potencialidades y personas que trabajan en relación directa con los accidentes;


      Por todo lo anterior es que el Bloque de Concejales de Unidad Ciudadana eleva el siguiente proyecto de:



ORDENANZA


Artículo 1º.-  Créase en el Partido de General Pueyrredòn el “Programa Municipal RE.DAT.A” (Recopilación de Datos en Accidentes), dependiente de las  Secretaria de Seguridad con injerencia en la Dirección de Protección Integral a las Victimas y Prevención de Accidentes.



Artículo 2º.- Serán objetivos del programa:

a) Recabar información estadística de los accidentes de transito, intoxicaciones,  caídas,  quemaduras,  ahogamientos,  por armas de fuego,  electrocución,  accidentes laborales y domésticos en  todo el Partido.

b) Promover la prevención a través del diseño, articulación y supervisión de políticas y programas de prevención que surjan de lo datos técnicos recabados.


c) Fomentar la participación de todos los actores de la ciudad que injieran directa o indirectamente en el control o asistencia a victimas.




Artículo 3º.- Facúltase al Departamento Ejecutivo a firmar convenios con la Dirección de Investigaciones Departamental Mar del  Plata (DDI), Ministerio Publico Fiscal, Hospital Interzonal General de Agudos (HIGA), Instituto Romulo Echeverri de Maternidad e Infancia (IREMI), Cuerpo Medico Forense e Instituto Nacional de Epidemiologia (INE), para recabar los datos estadísticos de lesionados y muertos por accidentes.


Artículo 4º.- Comuníquese, etc.-
















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Municipalidad del Partido de General Pueyrredón

Departamento Deliberativo



   BLOQUE  UNIDAD CIUDADANA



Mar del Plata



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