Información de Expediente

2018 - E - 1317
Fecha de Entrada: 13/03/2018
Carátula: Proyecto de Resolución.-
Iniciador: 1PAIS
Autor: CJAL. CIANO ARIEL
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 07/05/2018
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Resolución
Expresando preocupación por la situación que atraviesan los comerciantes de la Avenida Luro e H. Irigoyen y zonas aledañas, a raíz de las manifestaciones sociales realizadas en dicho lugar.-
Proyecto 2: Decreto Ad Referendum

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
DP-147 19/03/2018
Proyecto 3: Decreto

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
D-2099 26/04/2018

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
028 OBRAS, SEGURIDAD Y PLANEAMIENTO 14/03/2018 19/03/2018
002 HACIENDA, PRESUPUESTO Y CUENTAS 19/03/2018 19/03/2018
028 OBRAS, SEGURIDAD Y PLANEAMIENTO 22/03/2018 17/04/2018 Aprobado
002 HACIENDA, PRESUPUESTO Y CUENTAS 17/04/2018 24/04/2018 aprobado
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto

Mar del Plata, 13 de marzo de 2018




Señor

Presidente del

Honorable Concejo Deliberante

Su Despacho


Visto

 

                                 La necesidad de compensar económicamente a los comerciantes de la zona de Luro e Irigoyen por la merma de sus ventas ante las movilizaciones sociales de los últimos días.

 

Considerando

 


Que las movilizaciones sociales cuando son duraderas y conllevan, entre otras medidas de protesta, la ocupación de la vía pública y el corte transitorio del tránsito vehicular, generan perjuicios en la actividad comercial de la zona.



Que los comerciantes no son los responsables de la falta de respuestas del estado al pedido concreto que está siendo objeto de reclamo y que moviliza la protesta social en cuestión.



Que en estos casos, cuando las manifestaciones de este tipo se mantienen en el tiempo y generan una notoria merma de circulación de personas por la zona, claramente la actividad comercial de todos aquellos negocios y emprendimientos que se encuentren en esas calles, se ven perjudicados por una importante baja de ventas.



Que esa merma en la circulación de personas, se debe en parte al corte de tránsito vehicular, en donde por ejemplo, varias líneas de transporte público en torno al cual se movilizan cientos de pasajeros, deben circular por vías alternativas así como quienes se trasladan en su vehículo particular, generando que recurran a otras zonas de la ciudad para poder realizar sus compras.



Que por ello mismo, a raíz de las manifestaciones sociales que han habido a lo largo de las calles aledañas a la municipalidad durante los últimos días, comerciantes de las manzanas que rodean a la casa de gobierno municipal, reclaman una compensación económica ante las pérdidas de mercadería que sufren debido a las movilizaciones y cortes de calle en la avenida Luro.






Que tal como lo manifestaron públicamente, lo que estos comerciantes solicitan al municipio es que se los contemple, reconociendo la disminución que han sufrido en su actividad comercial y, a partir de ello, obteniendo una compensación económica que implique una exención impositiva.



Que en buena hora, un grupo de comerciantes afectados por esta situación, se reunieron y presentaron una nota en el municipio para obtener alguna compensación por lo antes mencionado.



Que la problemática que ocasionó el descenso de la actividad comercial, es ajena a estos comerciantes, por lo que el municipio debe contemplar y brindar una solución al respecto.



Que esa solución, debe venir por el lado de brindar una exención impositiva acorde y proporcional a los daños sufridos por los comerciantes de la zona, y a la vez, arbitrar los medios necesarios para realizar tareas de mejora y acondicionamiento en los lugares y espacios públicos que se vean afectados durante los días de movilización, a los efectos de que los vecinos y comerciantes de la zona no sufran una merma en todo lo relativo a los servicios urbanos que disponían antes de la protesta social allí realizada.



Que en todos los casos, es el municipio el que debe asumir el papel de apaciguar el conflicto social y brindar soluciones a todos los que se vean afectados por una problemática en particular.



Que así como el municipio debe bregar por resolver el problema de fondo y que hace a la protesta, también debe ocuparse de los comerciantes y vecinos que en virtud de ese reclamo, puedan sufrir consecuencias negativas de ello.



Que en virtud de todo esto, cuando suceden hechos extraordinarios que afectan a un grupo de ciudadanos en su vivienda particular o en sus comercios, generándole perjuicios que requieren una reparación económica para que vuelvan a estar en la misma situación o estado en el que se encontraban antes del conflicto, es el municipio el que debe garantizar que el vecino de nuestra ciudad no sufra una perdida o un desmedro por una situación o hecho ajeno a su alcance.



Por todo lo expuesto, se eleva el siguiente proyecto de:






RESOLUCIÓN



Artículo 1º: El Honorable Concejo Deliberante expresa preocupación por la situación que afrontan los comerciantes que, tras las movilizaciones sociales realizadas en la Avenida Pedro Luro y la calle Hipólito Irigoyen así como en calles aledañas durante los últimos días, sufrieron una merma importante de su actividad comercial.



Artículo 2º: Arbitrar los medios necesarios para reparar los perjuicios ocasionados a los comerciantes mencionados en el artículo anterior, otorgando una exención impositiva acorde y proporcional a los daños sufridos, que determine apropiada el Departamento Ejecutivo.



Artículo 3º: Arbitrar los medios necesarios para realizar tareas de mejora y acondicionamiento en los lugares y espacios públicos que se vean afectados durante los días de movilización, a los efectos de que los vecinos y comerciantes de la zona no sufran una merma en todo lo relativo a los servicios urbanos que disponían antes de la protesta social allí realizada.



Artículo 4º: Comuníquese.





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Mar del Plata



BLOQUE 1PAIS



Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo



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