Información de Expediente

2018 - E - 1622
Fecha de Entrada: 30/05/2018
Carátula: Proyecto de Decreto
Iniciador: UNIDAD CIUDADANA
Autor:
Tema:
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 11/06/2019
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Decreto
Convocando a una Jornada de Trabajo, a fin de analizar cuestiones referidas a los Clubes Deportivos del Partido de Gral. Pueyrredon, su caracterización e importancia sociocultural y la figura de las Sociedades Anónimas Deportivas.-

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
D-2152 23/08/2018
Proyecto 2: Decreto Ad Referendum

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
DP 236-18 04/06/2018

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
027 DEPORTES Y RECREACIÓN 11/06/2018 04/07/2018 Aprobado
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 04/07/2018 21/08/2018 aprobado
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto




Mar del Plata, 29 de Mayo de 2018.


Señor

Presidente del

Honorable Concejo Deliberante

D. Guillermo Sáenz Saralegui

Su Despacho


VISTO: La discusión planteada  acerca de Clubes Deportivos o Sociedades Anónimas Deportivas.


CONSIDERANDO: Que es necesario generar un ámbito de análisis respecto de la cuestión de referencia, con potencial afectación a los Clubes Deportivos de Mar del Plata-Batán.


                 Que los Clubes Deportivos son entidades que reúnen personas con un interés en común relacionado con la práctica de una o varias disciplinas deportivas, culturales y sociales.


                 Que sus socios tienen una activa participación en las decisiones de la institución, a partir de su Comisión Directiva y en el marco de su asamblea anual.



                 Que los Clubes Deportivos desarrollan múltiples actividades, emparentadas algunas con el fútbol profesional, pero sin dejar de lado las actividades sociales, la práctica de deportes amateurs, eventos culturales, etc.



                 Que esta modalidad es obligatoria para poder ser entidad afiliada a la Asociación del Fútbol Argentino y participar, en consecuencia, de sus torneos oficiales.



                 Que en contraposición las Sociedades Anónimas Deportivas (SAD) siguen las directrices de los propietarios, que son accionistas que invirtieron en esta empresa para conseguir un beneficio a cambio.



                 Que una empresa de este tipo también puede tener socios, pero no tienen prácticamente ningún poder de decisión.



                 Que las asambleas de socios se convierten en asambleas de accionistas.


                 Que Pablo Barbieri en su trabajo “Las sociedades anónimas deportivas (SAD). Distintos modelos jurídicos” Ministerio de Justicia  y Derechos Humanos de la Nación. Marzo 2018, expresa: “En nuestro país, cada tanto, vuelve a surgir la discusión entre Clubes y Sociedades Anónimas, sobre todo cuando se realizan referencias puntuales al deterioro patrimonial de algunos clubes y sus situaciones ante procesos concursales. Este debate es estéril.”

                 “Los críticos del "modelo argentino" basado en clubes organizados como entidades civiles sin fines de lucro emiten estas sentencias:

                 -La estructura jurídica de las asociaciones civiles es impotente para participar en un deporte "superprofesionalizado" como el fútbol, cada vez más "mercantilizado" y con abultadísimos presupuestos de recursos y gastos.

                 -Las cuestiones referentes a la responsabilidad dirigencial quedan diluidas, al no existir un plexo normativo específico que las regule y establezca.

                 -Los clubes requieren de la inversión de capital ajeno y externo a la propia entidad. En el marco de las asociaciones civiles, la canalización de dichos flujos de dinero resulta harto complicada.”

                 “Estos argumentos son perfectamente rebatibles:

                 1) La estructura jurídica de los clubes poco tiene que ver con su inserción en una actividad "superprofesionalizada"; Real Madrid y Barcelona (España) son dos de las instituciones más importantes del Planeta y poseen, quizás, la mayoría de futbolistas con los mayores salarios del mundo y, sin embargo, no han adoptado el modelo de las SAD españolas.

                 2) La insolvencia o cesación de pagos de estas entidades no está directamente relacionada con su tipología organizacional jurídica. Hay clubes "civiles" ordenadamente administrados y sociedades comerciales deportivas que han atravesado, también, procesos concursales..

                 3) La Argentina mantiene la estructura de las asociaciones civiles con la cual sus clubes fueron creados hace largas décadas, atravesando, claro está, dificultades, pero, a su vez, cumpliendo en la gran mayoría de los casos con una actividad de carácter social que resulta inconmensurable y que no puede ser medida bajo guarismos economicistas.

                 4) Ninguna tipología jurídica asegura que las entidades deportivas estén completamente saneadas, ni tampoco que logren los éxitos deportivos e institucionales que se proponen.

                 5) En uno u otro modelo, la cuestión principal a solucionar radica en la correcta administración y gestión de las entidades deportivas, bajo el profesionalismo que los tiempos requieren. Y ello va más allá de que se traten de asociaciones civiles o sociedades comerciales.

                 6) Nuestros clubes argentinos cumplen con un sinnúmero de funciones y actividades que van más allá del deporte profesional. El fomento del Estado en este punto, también resulta trascendente. Es éste el dato del "modelo argentino" que debe destacarse y que, quizás, establezca una línea divisoria con la restante tipología, difícil de traspasar.

                 7) Millares de entidades barriales coadyuvan decisivamente en el cumplimiento de la función social y de integración que los clubes deben aportar. Raramente ello se verificaría en una organización de carácter mercantil”

                 Por todo lo expuesto, el bloque de concejales de Unidad Ciudadana presenta para su tratamiento el siguiente proyecto de






DECRETO


Artículo 1: Convócase a una Jornada de Trabajo sobre el debate de Clubes Deportivos y/o Sociedades Anónimas Deportivas en el Partido de General Pueyrredon, a realizarse en el Recinto de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante.

Artículo 2: Será objetivo de la Jornada de Trabajo:

           - Analizar las cuestiones referidas a los Clubes Deportivos del Partido de Gral. Pueyrredon, su caracterización e importancia sociocultural y la figura de las Sociedades Anónimas Deportivas.

Artículo 3: Invítese a participar de la Jornada de Trabajo a:



    - Intendente Municipal.

    - Presidente del EMDER.

    - Legisladores Nacionales y Provinciales con asiento en la ciudad.

    - Concejales del HCD.

    - Defensoría del Pueblo – Provincia de Buenos Aires.

    - Defensoría del Pueblo de General Pueyrredon.

    - Universidad Nacional de Mar del Plata.

    - Universidad FASTA .

    - Universidad CAECE.

    - Universidad Atlántida Argentina.

    - Instituto Superior DeporTEA.

    - Instituto Superior del Profesorado en Educación Física Club Quilmes.

    - Instituto Superior de Formación Docente Nº 84.

    - Clubes Deportivos.

    - Asociaciones deportivas

    - Ciudadanos interesados.

    - Medios de comunicación


Artículo 4: La Jornada de Trabajo se realizará en día y horario a confirmar en la Comisión de Labor Deliberativa.


Artículo 5: De forma.



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Mar del Plata



BLOQUE  UNIDAD CIUDADANA





Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo



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