Información de Expediente

2019 - E - 1528
Fecha de Entrada: 03/05/2019
Carátula: Proyecto de Ordenanza
Iniciador: UNIDAD CIUDADANA
Autor:
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 21/05/2020
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Ordenanza
Creando la Escuela Municipal de Skate, en el ámbito del Partido de Gral. Pueyrredon.

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
027 DEPORTES Y RECREACIÓN 06/05/2019 11/09/2019 Aprobado
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 11/09/2019 21/05/2020 Art. 52° del R.I.
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto



Mar del Plata, 02 de Mayo de 2019.

Al Presidente del

H. Concejo Deliberante

Sr. Sáenz Saralegui Guillermo

S-------------/-------------D



VISTO: El crecimiento y exponencial de la practica  Skateboarding en  nuestra ciudad, y;



CONSIDERANDO:


Que el Skateboarding es una práctica deportiva no tradicional que en los últimos años ha crecido sistemática y exponencialmente, y en todos los centros urbanos del país se puede observar que hay cientos de pibes y pibas divirtiéndose y perfeccionándose en su tabla de skate ;


Que si bien el skateboarding es una práctica relativamente nueva en Argentina, cuenta con profesionales de más de 30 años de trayectoria, y en nuestro país se desarrollan diferentes tipos de competiciones y eventos de forma profesional ;



      Que la disciplina en la ciudad de Mar del Plata por historia es una de las más prestigiosas a nivel nacional, cuenta con competidores reconocidos internacionalmente y por la cantidad de participantes, es reconocida como la capital nacional de Skateboarding, y además cuenta con varios espacios destinados a la práctica, entre ellos se pueden nombrar: Los skateparks públicos ubicados en Rivadavia y La Costa, en la Plaza Mitre, el Campo de Deportes, sumado a pistas privadas;



      Que es necesario considerar la pista ubicada en la ciudad de Miramar, ya que es una de las más altas y mejores construidas en todo el país, potenciando a la región como una de las más importantes para la práctica Skateboarding ;



      Que el skate es una actividad que puede brindar diversión y satisfacción a los practicantes, pero se vuelve mucho más divertida y enriquecedora al hacerlo de forma colectiva, ya que se convierte en un espacio para compartir no solo habilidades sobre la tabla sino también historias y experiencia de vida, siendo una disciplina clave para fortalecer el tejido social de nuestra comunidad juvenil;



      Que se encuentran muchos grupos juveniles organizados de forma informal en nuestra ciudad trabajando en potenciar la práctica, generando iniciativas como el proyecto que se adjunta a la presente ordenanza, sobre la creación de una Escuela de Skate Municipal ;



      Que dicho proyecto fue una iniciativa por jóvenes muy comprometidos con la práctica, el desarrollo y la normalización  de la Asociación Skate Unidos Argentina (A.S.U.A) en la Ciudad de Mar del Plata;



      Que si se realiza un análisis más profundo de esta disciplina, al encontrarnos en una pista de skate y observar la escena practicante, daremos cuenta de la presencia de participantes activos de distinta situación etaria, sociológica y económica, entre ellos desarrollan tareas en conjunto como la propia observación, la autocorrección, la comunicación en pos de una mejora en sus actividades y la inclusión, todo hecho netamente educativos que se presentan naturalmente, y que si los analizamos, forman parte de los objetivos que toma como principales el llamado Deporte Escolar;



      Que las nuevas generaciones las cuales inician esta práctica, necesitan del acompañamiento del estado para el buen desarrollo, donde puedan aprender las técnicas básicas del skate;



      Que es necesario una Escuela Municipal de Skate para los/las jovenes que comienzan en los distintos barrios  de nuestra ciudad;



      Que por falta de recurso los sectores más vulnerables de nuestra sociedad se le dificultan llegar a los centros recreativos de skate, encontrándose estos, en general, en lugares céntricos de la ciudad;




      Que es imperioso el desarrollo de políticas activas  en pos de acompañar y promocionar el desarrollo y crecimiento de la disciplina en el Partido de General Pueyrredon;





Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejales de UNIDAD CIUDADANA, eleva para su tratamiento y posterior sanción el siguiente proyecto de:




ORDENANZA:



Artículo 1º: Crease La Escuela Municipal de Skate, la cual en una primera etapa se desarrollara en las instalaciones de los polideportivos municipales del Partido de General Pueyrredon.


Artículo 2º: Así mismo, como segunda etapa el Departamento Ejecutivo conveniara con las distintas entidades vecinales que cuenten con la infraestructura correspondiente para el desarrollo de la Escuela  Municipal de Skate .



Artículo 3º: Son objetivos  de la Escuela Municipal de Skate:


    • Fomentar la práctica deportiva Skateboarding en nuestra región.




    • Garantizar la igualdad de oportunidades para todos/as las/os jovenes del Partido de General Pueyrredon al acceso de la práctica skateboarding de forma gratuita.



    •  Desarrollar un espacio deportivo de jóvenes de todas las edades que fortalezca los valores de la solidaridad, humildad y respeto hacia el otro/a.





    • Revalorizar  los espacios públicos con el desarrollo de dicho deporte.



    • Fortalecer políticas deportivas para el desarrollo de nuestra comunidad.




   Artículo 4°: Para un correcto y normal funcionamiento de la Escuela Municipal de Skate,el Departamento Ejecutivo deberá garantizar a cada instituciones los recursos básicos para la práctica, sean estos Humanos y materiales, y los elementos de seguridad correspondientes, que en la primera etapa serán:



        1) Un mínimo de diez unidades de skates,y un máximo de veinte  unidades de skate.

        2) Un equipo de protección para cada joven que incluyen los siguientes elementos: Casco, coderas y rodilleras.

        3) Diez almohadillas de balance, tres barras de salto y tres colchonetas.

        4) Un coordinador de escuela y un instructor cada diez alumnos/as.




Artículo 5º: La coordinación y control de la  Escuela Municipal de Skate  estará a cargo del Ente Municipal de Deportes y Recreación (EMDER).



      Artículo 6º: Se realizara una campaña  audiovisual de promoción y difusión de la Escuela municipal de Skate , con las siguientes características:



         • Comenzara sesenta días antes del comienzo de la escuela.

         • Se informara los requisitos para la inscripción.

         • Se informara en que instituciones se practicara, días y horarios.


      Artículo 7º: La autoridad de aplicación será quien establezca  los modos y  las formas  para la inscripción, los requisitos, la cantidad de cupos para cada institución, y los días y horarios de funcionamiento.





Artículo 8º: Comuniquese, etc.






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   BLOQUE  UNIDAD CIUDADANA



Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo


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