Información de Expediente

2020 - E - 1411
Fecha de Entrada: 15/05/2020
Carátula: Proyecto de COMUNICACIÓN
Iniciador: CONCEJAL
Autor:
Tema:
Categoría: PROYECTO DE CONCEJAL
Estado: ARCHIVADO
Desde: 31/05/2022
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Comunicación
Solicitando al DE que durante el período que se extienda la emergencia sanitaria, se exima del pago de las Tasas Municipales a las Asociaciones Vecinales de Fomento y a las Asociaciones Civiles sin Fines de Lucro, asimismo informe si durante el presente ejercicio fiscal las mismas han registrado incumplimientos y/o atrasos en el pago de tasas, con el objetivo de analizar su posible condonación.
Proyecto 2: Decreto de Archivo

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
D-2610 26/05/2022

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
002 HACIENDA, PRESUPUESTO Y CUENTAS 18/05/2020 04/05/2022 Archivo
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto

                                                                         Mar del Plata, 15 de mayo de 2020.


Señor Presidente

Honorable Concejo Deliberante

Ariel Martínez Bordaisco

D                       /                      S


VISTO

La ordenanza Nº 24.706, promulgada el 18/02/2020, que establece los requisitos que deben cumplir las Asociaciones Civiles para la exención de tasas municipales y;


CONSIDERANDO


Que dicha ordenanza establece que las asociaciones vecinales de fomento deben estar inscriptas en el área de Asuntos de la Comunidad para poder acceder a una exención en las tasas municipales;


Que las Asociaciones de Fomento realizan tareas sociales y comunitarias, y no se realizan en su espacio actividades comerciales o industriales;


Que muchas de las Asociaciones Vecinales de Fomento ceden sus espacios a fines municipales, albergando bibliotecas, atención de la salud, programas educativos y culturales, entre otros;


Que el artículo 274 de la ordenanza fija que los establecimientos que desarrollen actividades comerciales o industriales deberán contar con habilitación municipal para poder acceder a una exención de las tasas;


Que la Secretaría de Hacienda de la Municipalidad de General Pueyrredón ha interpretado esta normativa de forma errónea, asignando a las asociaciones vecinales de fomento la obligatoriedad de contar con certificado de habilitación municipal, lo cual no es en todos los casos posible ni necesario, debido a la labor que desarrollan;


Que numerosas Asociaciones de Fomento han perdido por este motivo la exención de tasas municipales con la que contaban, y a la fecha no han podido recuperarla;


Que el costo de las tasas municipales resulta muy oneroso para Asociaciones Civiles sin fines de lucro que no tienen ingresos suficientes para solventarlos;


Que resulta discriminatorio para estas entidades no contar con el beneficio de la exención impositiva, y dificulta su tarea diaria, fundamental en muchos barrios de la ciudad;


Que la facultad de brindar exenciones es potestad exclusiva del Departamento Ejecutivo, a través de la Secretaría de Hacienda, en virtud de interpretar la normativa municipal vigente;


Que la situación de emergencia sanitaria por el covid-19 ha perjudicado la situación financiera de las asociaciones vecinales de fomento, que a pesar de ello continúan cumpliendo funciones sociales, articulando acciones con los comités de emergencia barriales y en muchos casos prestando servicios de mantenimiento de espacios públicos;


Por todo lo expuesto se eleva a consideración del Concejo Deliberante el siguiente proyecto de

COMUNICACIÓN


Artículo 1º.- El Honorable Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo que durante el periodo que se extienda la emergencia sanitaria se exima del pago de tasas municipales a las Asociaciones Vecinales de Fomento inscriptas ante la Subsecretaria de Asuntos de la Comunidad y a las Asociaciones Civiles sin Fines de lucro que no tengan exención vigente.


Artículo 2°.- El Honorable Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo que a través de la Secretaría de Hacienda informe si durante el presente ejercicio fiscal las Asociaciones Vecinales de Fomento o las Asociaciones Civiles sin fines de lucro  han registrado incumplimientos y/o atrasos en el pago de tasas, con el objetivo de que el cuerpo deliberativo pueda analizar su posible condonación.


Artículo 3º.- De forma.-




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