Información de Expediente

2020 - E - 2146
Fecha de Entrada: 03/12/2020
Carátula: Proyecto de ORDENANZA
Iniciador: FRENTE DE TODOS
Autor:
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: AFECTADO POR ARTICULO 32º/2024
Desde: 29/02/2024
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Ordenanza
Creando en el ámbito del partido de Gral. Pueyrredon el Programa Municipal "Cruces Seguros", el cual tendrá como objetivo reducir los accidentes viales en aquellas avenidas y calles de la ciudad, que cuenten con un alto nivel de tránsito.

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
005 TRANSPORTE Y TRANSITO 09/12/2020 01/03/2021
050 MOVILIDAD URBANA 01/03/2021 25/02/2022 artículo 32/22
047 LEGISLACIÓN, INTERPRETACIÓN, REGLAMENTO 25/02/2022 25/02/2022 artículo 32/22
050 MOVILIDAD URBANA 01/04/2022 29/02/2024 Archivo por Art. 32º
047 LEGISLACIÓN, INTERPRETACIÓN, REGLAMENTO 29/02/2024 29/02/2024 Archivo por Art. 32º
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto

Mar del Plata,  3 de diciembre del 2020

Al Presidente del

H. Concejo Deliberante

Sr. Ariel Martínez Bordaisco

S------------/------------D


VISTO:

   La necesidad de promover desde el Municipio de General Pueyrredon herramientas que garanticen la seguridad de los peatones, eslabón más numeroso y frágil del sistema de movilidad urbana.



CONSIDERANDO:


Que los siniestros viales provocan anualmente la muerte de 1,24 millones de personas y lesiones más o menos graves en otros 50 millones

Que la contraparte negativa de caminar, constituye la vulnerabilidad de los peatones en el ambiente vial.

Que las sendas peatonales se encuentran siempre en las esquinas de las calles y su objetivo principal es organizar el tránsito de peatones así como también protegerlos de los automóviles que pasan por cada calle o avenida.

Que los autos deben parar siempre detrás de la senda peatonal ante un semáforo en rojo, dejando entonces asegurado un espacio cómodo y amplio para las personas que van a pie.

Que al venir conduciendo un vehículo y tener que girar hacia la derecha y encontrarse inmediatamente con la senda peatonal nos obligaría a frenar y dar paso a quien le corresponde: los peatones que van cruzando, pero la cola del vehículo quedaría invadiendo la calle o avenida por la que se circula, y obstruiría a los que necesiten seguir.

Que una de las soluciones, implementadas en grandes ciudades como la Ciudad Autónoma de Buenos Aires  y en Latinoamérica en la Ciudad de Curitiba en Brasil, es la de desplazar la senda peatonal a la mitad de cuadra, que con semáforos bien sincronizados, podría acercar un principio de solución a este inconveniente.

Que surge como alternativa, pintar la senda para peatones a una distancia tal de la esquina de manera que el vehículo quede dentro de la arteria que se desea tomar.

Que sería un pequeño cambio que ayudaría a reducir los siniestros viales en donde peatones son protagonistas.

Que esta dificultad se observa en varias intersecciones de avenidas y calles de nuestra ciudad.

Que en este mismo sentido en distintos municipios de la provincia, como es el de San Isidro, se ha diseñado un cruce peatonal 3D, el cual se advierte que produce un efecto óptico que si se observa a larga distancia, pareciera estar elevado.

Que estas pequeñas modificaciones de la senda peatonal, buscan que los conductores reduzcan la velocidad de sus vehículos y, de esta manera, respeten a los peatones.

Que resulta de gran importancia fomentar el transporte de personas a pie, brindando herramientas que ayuden a  reducir el riesgo de accidentes que sufren los y las peatones al circular por grandes avenidas de la ciudad.


Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejales del Frente de Todos eleva  el siguiente proyecto de:


ORDENANZA


Artículo 1.- Créase en el ámbito del Partido de General Pueyrredon el Programa Municipal “Cruces Seguros”, el cual tendrá como objetivo reducir los accidentes viales en aquellas avenidas y calles de la ciudad, que cuentan con un alto nivel de tránsito.


Artículo 2.- Estipúlese como misiones del El Programa creado en el artículo anterior la modificación de sendas para cruce peatonal, semáforos y paradas de transporte público a una distancia tal de la esquina, de manera que conductores y peatones no se encuentren bruscamente en las intersecciones, produciéndose siniestros viales.


Artículo 3.- La distancia que se prevé en el artículo Nº2 de la presente Ordenanza será fijada por el Departamento de Ingeniería de Tránsito del EMVIAL.


Artículo 4.- Impùlsese la aplicación del programa en las Avenidas que se detallan a continuación:

Intersección Av.Independencia y Av. Luro.

Intersección de la calle 12 de Octubre y  Av Edison.

Intersección Av. Peralta Ramos y Av. Fortunato de la Plaza.

Intersección de Av. Luro y Av. Jara.

Intersección Av. Luro y Boulevard Patricio Peralta Ramos.

Intersección  Av. Constitución y Av. Ingeniero Della Paolera.

Intersección Av. Edison y Av. Juan B Justo.

Intersección Av. Peralta Ramos y Av. Juan B Justo.

Intersección Av. Juan B Justo y Av. Jara.

Intersección Av. Independencia y Av. Libertad.

Intersección Av. Arturo Alio y Av Libertad.

Intersección Av. Colón y Buenos Aires

Intersección Av. Colón y Boulevard Patricio Peralta Ramos.


Artículo 5.- Facúltese al Departamento Ejecutivo a sumar en esta nómina las avenidas e intersecciones en donde crea necesaria la aplicación del programa.


Artículo 6. Las sendas peatonales contenidas dentro del programa deberán ser realizadas con un diseño 3D.


Artículo 7.- De forma.






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