Información de Expediente

2021 - E - 1289
Fecha de Entrada: 07/04/2021
Carátula: PROYECTO DE ORDENANZA
Iniciador: ACCION MARPLATENSE
Autor:
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: AGREGADO A OTRO EXP. Y/O NOTA
Desde: 21/06/2022
Agregado a: 2021 - E - 1280 - 0 - 0
Observaciones: La digitalización del presente se encuentra agregada a su antecedente, expte. 1280-VJ-2021.

Antecedentes

Tipo Número Digito Año Cuerpo Alcance Anexo Observaciones
N 149 0 2021 0 0 0 AUTOMATICO
Proyecto 1: Ordenanza
Creando el "Espacio Mixto de Participación Ciudadana", para la elaboración de pautas que permitan prevenir la violencia, controlar la eficacia y transparencia de procedimiento de las Instituciones del Estado, asegurando la convivencia armónica y pacifica entre los vecinos, vecinas y actividades denominadas Zona Roja del Partido de Gral. Pueyrredon.-

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
055 POLITÍCAS DE GÉNERO, MUJER Y DIVERSIDAD 09/04/2021 05/05/2021 aprobado
048 SALUD COMUNITARIA Y DESARROLLO HUMANO 05/05/2021 13/05/2022 Aprobado
047 LEGISLACIÓN, INTERPRETACIÓN, REGLAMENTO 13/05/2022
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto







Mar del Plata, abril de 2021

Sr. Presidente

Honorable Concejo Deliberante

Dr. Ariel Martínez Bordaisco


VISTO

La situación de conflictividad permanente en la que se encuentran los vecinos, vecinas y participantes de actividades de las denominadas zonas rojas del Partido de General Pueyrredon, y


CONSIDERANDO

Que los vecinos y vecinas de las denominadas “zonas rojas” de Mar del Plata denuncian hace varios años la conflictividad que generan las actividades que allí se desarrollan, específicamente que a partir de la oferta sexual se encuentran personas desnudas en las calles, que esto sucede frente a niños y niñas, que usualmente emplean el espacio público para hacer sus necesidades, y el vínculo que ha crecido entre la oferta sexual y el narcotráfico;


Que para los vecinos esto genera grandes incomodidades, además de incrementar la inseguridad en la zona, por la presencia de personas vinculadas a actividades delictivas;


Que se ve afectada la salud mental de vecinas y vecinas por la permanente conflictividad en el espacio público que no permite conciliar el sueño además de todo lo que implica a nivel convivencia;


Que la salud mental de niños y niñas también se ve afectada, ya que no pueden utilizar el espacio público por todo lo que allí sucede y muchos y muchas rechazan salir para evitar encontrarse con situaciones que no logran comprender;


Que han mantenido reuniones con distintos funcionarios municipales para poder abordar la situación, sobre todo a partir del incremento de tensiones y ataques en dichos espacios, que han aumentado notoriamente;







Que la zona roja más reconocida en la ciudad es un territorio delimitado por las Avenidas Colón, Luro, Jara y Champagnat, que recientemente vivió una expansión de su superficie, abarcando partes de barrios adyacentes. Este tiene su eje sobre la Avenida Luro, donde se dividen dos sectores claramente marcados: hacia un lado predomina la prostitución de mujeres y hombres cisgénero, hacia el otro se encuentra una zona compuesta casi en su totalidad por población perteneciente a la comunidad travesti transgénero;


Que independientemente de ello, existen otras zonas rojas en la ciudad, en distintos barrios en los que se realizan las mismas actividades en la vía pública;


Que el pedido de los vecinos, independientemente de la posibilidad de trasladar las actividades, es que desde las áreas pertinentes se intervenga de modo urgente, ya que la situación de tensión e inseguridad es cada día de mayor gravedad;


Por todo lo expuesto el bloque de concejales de Acción Marplatense eleva el siguiente proyecto de

ORDENANZA


Artículo 1º: Crease el Espacio Mixto de Participación Ciudadana para la elaboración de pautas que permitan prevenir la violencia, controlar la eficacia y transparencia de procedimientos de las instituciones del Estado, asegurando la convivencia armónica y pacífica entre los vecinos, vecinas y actividades de las denominadas zonas rojas del Partido de General Pueyrredon.


Artículo 2°:El Espacio Mixto para la prevención de la violencia y la convivencia tendrá entre otros los siguientes objetivos:

a) relevar de manera sistemática las situaciones presentes o hipotéticas de conflictividad de las diferentes actividades en la zona roja

b) relevar las condiciones de identidad, residencia y salud de todas las personas que realizan oferta sexual  formulando la denuncia penal correspondiente ante los casos de trata que se identifican






c) recibir testimonios directos de los vecinos en cualquiera de sus formas, incluyendo filmaciones, grabaciones o fotografías que permitan determinar casos de venta de estupefacientes.


Artículo 3º: Formarán parte de dicho Espacio Mixto los siguientes integrantes:

    • Un representante de cada bloque político que integran el Concejo Deliberante

    • Secretaría de Seguridad

    • Secretaría de Desarrollo Social

    • Secretaría de Salud

    • Subsecretaría de Derechos Humanos

Se invitará a participar en forma abierta a vecinos y vecinas de las diferentes zonas rojas funcionando una por cada zona en forma independiente, variando según su pertenencia la composición de vecinos, y manteniendo estable la representación legislativa y ejecutiva del Partido de General Pueyrredon.


Artículo 4º: Se invitará a participar del Espacio Mixto a:

    • Sr. Fiscal General Federal

    • Sr. Fiscal General Provincial

    • Sr responsable de la Policía Departamental

    • Sr titular de la Zona Sanitaria VIII

    • Organizaciones y representantes de la diversidad

    • Directivos de instituciones educativas con sede en zona roja

    • Un representante del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires.

    • Un representante de la Dirección Nacional de Migraciones.


Artículo 5º: En todos los casos se dará a conocer en forma permanente la aceptación o negativa por parte de los invitados a participar del Espacio Mixto


Artículo 6°: De forma.-




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Mar del Plata


Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo



   BLOQUE ACCIÓN MARPLATENSE




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