Información de Expediente

2021 - E - 1486
Fecha de Entrada: 01/06/2021
Carátula: PROYECTO DE COMUNICACIÓN
Iniciador: VARIOS MIEMBROS DEL HCD
Autor:
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: COMUNICACIONES A LA ESPERA DE RESPUESTA
Desde: 12/07/2021
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Comunicación
Solicitando al Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, elimine de la Restricción de Actividades en Fase 2, para el Partido de Gral. Pueyrredón, la que establece que "Los comercios no esenciales no podrán tener ingreso de público" y que se permita el ingreso de público a los locales utilizando el 50% del factor ocupacional ya dispuesto en el protocolo hasta el cambio de fase.

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
C-5839 24/06/2021

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
051 INDUSTRIA, COMERCIO, PESCA, INNOVACIÓN Y TRABAJO 04/06/2021 18/06/2021 Aprobado
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto

Mar del Plata, 31 de mayo de 2021.-




Señor Presidente


Honorable Concejo Deliberante


Dr. Ariel Martinez Bordaisco




Visto:


                          La necesidad de atender la difícil situación económica que atraviesa el sector comercial de productos “no esenciales” del Partido de General Pueyrredón, y


Considerando:


                                                  Que la pandemia y muchas de las medidas restrictivas tomadas en consecuencia, provocaron desde el 20 de marzo de 2020, una abrupta caída en la facturación  y el cierre de cientos de comercios, provocando ruptura de relaciones laborales, y afectando la cadena de producción y de pagos.


                         Que ello causa gran preocupación en todo el sector, que viene trabajando con total seriedad y compromiso con los necesarios cuidados sanitarios, demostrado por ejemplo en el trabajo mancomunado con  el Municipio de General Pueyrredon, para la elaboración de sus respectivos  protocolos.


                          Que la realidad de los comerciantes es particularmente adversa para aquellos comercios minoristas de productos clasificados como no esenciales, estando muchos cerca del cierre definitivo, en una ciudad con alto índice de desempleo.


                        Que, venimos expresando la necesidad de que tanto el Gobierno Nacional como el Provincial, profundicen el análisis que merecen las grandes ciudades del interior del país, más allá de los parámetros predeterminados, que permita reactivar las actividades comerciales, productivas y profesionales de la ciudad, teniendo en cuenta por ejemplo las características sociodemográficas del distrito, el abastecimiento que generan los comercios de cercanía y los de centros comerciales a cielo abierto, la necesidad, o no, de movilidad de personas, etc.


                        Que la situación económica en General Pueyrredón impone que con mucha responsabilidad, contando con protocolos específicos, con gran compromiso con los cuidados sanitarios deberían poder desarrollarse la mayoría de las actividades comerciales, a excepción de aquellas que implican aglomeración de gente.


                          Que muchos titulares de establecimientos  han realizado, pese a la situación, un gran esfuerzo económico,  modificando y adaptando sus instalaciones, dotándolas además de elementos y dispositivos sanitizantes, para minimizar los riesgos  de contagio, con cumplimiento de los protocolos vigentes para cuidado de su personal y de sus potenciales clientes.


                      Que en la mayoría de los locales en centros comerciales a cielo abierto o de cercanía, el factor ocupacional (en función a su superficie) no supera las 3 personas, aforo que en esta instancia sanitaria, podría reducirse aún a la mitad, pero debiendo permitirse que aunque sea de a una persona a la vez, los clientes puedan ingresar.


                    Que esta posibilidad, en muchos casos, significa la diferencia entre contar o no con un cliente, ya que la época del año con las bajas temperaturas que reinan en nuestro Distrito, hace que permanecer en espera al aire libre, también sea muy riesgoso para la salud.


                   Que nuestro acompañamiento a la solicitud efectuada por el sector de referencia,  está basada en la gran responsabilidad que tuvieron los comerciantes en la aplicación de los protocolos y en la convicción de que esta medida facilitaría la comercialización cuidando a los clientes de estar a la intemperie en los tiempo de espera y fundamentalmente sin generar impacto negativo a la situación sanitaria de la ciudad.


                Que justamente atender sin dejar ingresar al local al posible comprador, opera como una dificultad para las ya escasas ventas, dificultando las mismas y prolonga la estadía del comprador o su vuelta al local por cambios de productos.


                Que si se daña la economía, con locales cerrados sin duda se afecta  la salud también, ya que los despidos, suspensiones y caída en los ingresos afectan y dañan la salud psicofísica de los y las comerciantes y de sus empleados.


                Que entendemos la necesidad urgente que tiene el sector de Comercios minoristas de productos  no esenciales de desarrollar su actividad con la máxima normalidad posible, cumpliendo los protocolos de salubridad e higiene presentados y respetando la normativa Covid 19.


                Por lo expuesto los Concejales abajo firmantes elevamos a consideración el presente proyecto de:




COMUNICACION




Artículo 1) El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon solicita al Gobierno de la Provincia de Buenos Aires elimine de la Restricción de Actividades en Fase 2,  para el Partido de General Pueyrredon, la que establece que “Los comercios no esenciales no podrán tener ingreso de público” y que se permita el ingreso de público a los locales, utilizando el 50% del factor ocupacional ya dispuesto en el protocolo de medidas preventivas aplicadas hasta el cambio de fase, contemplando un mínimo de 1 persona, con todas las medidas de salubridad e higiene estipuladas.


Artículo 2) De forma






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