Información de Expediente

2021 - E - 1742
Fecha de Entrada: 06/08/2021
Carátula: Proyecto de COMUNICACIÓN
Iniciador: FRENTE DE TODOS
Autor:
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 31/03/2022
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Comunicación
Solicitando al Departamento Ejecutivo que informe a través del EMSUR, los motivos por los cuales se incumplió el acta acuerdo suscripta el día 15 de marzo de 2021, con el Movimiento de Trabajadores Excluídos (MTE) y la Cooperativa de Recicladores Urbanos Marplatenses ( RUM).

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
052 AMBIENTE, DESARROLLO SOSTENIBLE Y SERVICIOS SANITARIOS 09/08/2021 25/02/2022 Art. 32º del R.I.
048 SALUD COMUNITARIA Y DESARROLLO HUMANO 25/02/2022 25/02/2022 Art. 32º del R.I.
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto


Mar del Plata,  06  de agosto de 2021.

Al Presidente del

H. Concejo Deliberante

Sr. Ariel Martínez Bordaisco

S------------/------------D


VISTO:

La Ordenanza Nº 24.100 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante por la cual se crea el Programa Puntos Sustentables, que consiste en un sistema de puntos de recepción de residuos sólidos urbanos reciclables en distintos lugares estratégicos del Partido General Pueyrredon.

La declaración pública -del 3 de agosto- de recicladores y cartoneros de la Cooperativa RUM -agrupados en el MTE/UTEP y la FACCyR- por incumplimiento del Estado Municipal en cuanto a la creación de un Centro de Acopio Sustentable en el marco de la mencionada Ordenanza.Y;


CONSIDERANDO:

Que la gestión integral de residuos sólidos urbanos (RSU) es, sin lugar a dudas, una política fundamental para garantizar buen vivir a los vecinos y vecinas de los distintos territorios, ya que una adecuada separación, recolección, clasificación, tratamiento y disposición de los residuos impacta, directamente, en el cuidado del ambiente, en la reproducción cotidiana de la vida y en la salud individual y comunitaria.

Que la gestión de los RSU es una responsabilidad indelegable del Municipio, aunque exige, necesariamente, de la interrelación y articulación con los distintos actores involucrados en el proceso.

Que, entre esos actores se destacan las y los cartoneros y recicladores urbanos, que cumplen un rol esencial para la recuperación de materiales reciclables desde una perspectiva ambiental, social y de economía circular.

Que, en esa clave, en 2019, se sancionó la Ordenanza N° 24.100, de Puntos Sustentables, que insiste en los términos de la Ordenanza Nº 18.369.

Que son objetivos específicos del programa: aumentar los volúmenes de recuperación de material reciclable y reducir la cantidad de residuos enviados al relleno sanitario; fomentar la separación en origen de los residuos y promover la participación ciudadana, además del cambio de hábitos en relación a la gestión de residuos; buscar la mejor solución para cada tipo de residuos con el fin de conseguir la máxima valoración de los materiales; dignificar y reconocer el trabajo de cartoneros/recuperadores urbanos y recuperadores informales del predio de disposición final y generar nuevos empleos.

Que, de acuerdo a la normativa mencionada, los residuos que se reciban en los Puntos de Recepción del Programa #PuntosSustentables serán recolectados por las y los “recuperadores” que se encuentran dentro del Registro Municipal de Actores del Sistema de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos – GIRSU contemplado en la Ordenanza Nº 23.486, quienes clasificarán, acopiarán y se prepararán para ser reinsertados en el circuito productivo.

Que la misma Ordenanza establece la creación de un CENTRO DE ACOPIO SUSTENTABLE, entendiéndose como tal un sitio de almacenamiento temporal de residuos recuperables, donde llegan los materiales de los distintos puntos de recepción, para ser clasificados y separados de acuerdo a su naturaleza, para su pesaje, compactado, empaque, embalaje y posterior venta.

Que, en función de todo ello, el Departamento Ejecutivo Municipal debe realizar las gestiones necesarias para la creación del centro de acopio de material reciclable, obtenido por los recuperadores urbanos inscriptos en el Registro Municipal de Actores del Sistema de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos – GIRSU o el registro que el Departamento Ejecutivo reglamente para la presente ordenanza.

Que, ante la falta de aplicación de esta normativa, el 15 de marzo del 2021 se firmó una Acta Acuerdo entre el Director General de Coordinación Administrativa, Jurídica y de Gestión Ambiental, el Director de Gestión de Residuos y la Directora de Gestión Social GIRSU en representación del EMSUR y el Movimiento de Trabajadores Excluidos (MTE), cartoneros de la vía pública y la Cooperativa RUM (Recicladores Urbanos Marplatenses) en representación de las y los trabajadores cartoneros, carreros y recicladores.

Que, a través del Acta compromiso mencionada, el Ente Municipal se comprometía a promover un procedimiento administrativo para otorgar un subsidio a los fines de que los y las trabajadoras puedan avanzar en la locación de un espacio físico que funcione como galpón de acopio para las tareas de segunda clasificación del residuo recolectado, que les permita mejorar las condiciones de trabajo, poder darle valor agregado a los RSU, y acceder a condiciones de comercialización colectiva y directa con la gran industria mejorando el ingreso del sector en su conjunto.

Que el Acta acuerdo comprometía a los y las trabajadoras a acercar 3 (tres) presupuestos y propuestas de espacios aptos para tal fin, lo cual fue realizado en tiempo y forma.

Que la ausencia del Estado Municipal en materia de gestión social e integral de los residuos sólidos urbanos repercute no solo en el cuidado del ambiente de nuestra ciudad, sino también concretamente en la vida de recuperadores, cartoneros y recicladores sin les cuales es imposible pensar una ciudad sustentable.

Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejalas y Concejales del Frente de Todos eleva  el siguiente proyecto de:


COMUNICACIÓN


Artículo 1.- El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon solicita al Departamento Ejecutivo que informe, a través del Ente Municipal de Servicios Urbanos, los motivos por los cuales incumplió el acta acuerdo suscripta el 15 de marzo de 2021.



Artículo 2.- El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon solicita al Departamento Ejecutivo que arbitre los medios necesarios para dar cumplimiento a lo establecido en la Ordenanza Nº 24.100 y en particular a la creación de un Centro de Acopio Sustentable.


Artículo 3.- Comuníquese, etc.-

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