Información de Expediente

2021 - E - 2052
Fecha de Entrada: 02/11/2021
Carátula: Proyecto de ORDENANZA
Iniciador: BLOQUE CREAR JUNTOS
Autor:
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: GIRADO A COMISION
Desde: 04/11/2021
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Ordenanza
Creando en el ámbito del Partido de Gral. Pueyrredon el "Programa de Ecocanje", consistente en el intercambio de residuos secos por beneficios municipales y/o códigos de descuentos en comercios que se adhieran al programa.

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
052 AMBIENTE, DESARROLLO SOSTENIBLE Y SERVICIOS SANITARIOS 04/11/2021
051 INDUSTRIA, COMERCIO, PESCA, INNOVACIÓN Y TRABAJO
047 LEGISLACIÓN, INTERPRETACIÓN, REGLAMENTO
002 HACIENDA, PRESUPUESTO Y CUENTAS
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto
Mar del Plata, 02 de Noviembre del 2021


Sr. Presidente


Honorable Concejo Deliberante


Dr. Ariel Martínez Bordaisco


S / D


VISTO:


La importancia del reciclaje, de la conciencia en el cuidado del medioambiente y la recuperación de residuos secos y;


CONSIDERANDO:


Que en varias localidades de la argentina se realizan programas de ECOCANJE que consisten en el intercambio de residuos secos por beneficios municipales o descuentos en comercios.


Que, en Godoy Cruz, Mendoza existe un programa que intercambia botellas PET por puntos canjeables por beneficios municipales.


Que el objetivo principal del programa es generar una conciencia en el cuidado del medioambiente, con incentivos para la sociedad.


Que en nuestro país existen programas de “ECOCANJE” que han tenido un gran éxito, reciclándose una gran cantidad de residuos secos.


Que el reciclaje es una política de estado


Que es importante poner en práctica hábitos sencillos, como identificar los plásticos reciclables para de esta forma poder llevarlos a las terminales de ECOCANJE distribuidas por los distintos puntos de la ciudad.


Que el reciclado recupera el valor del plástico, reduce la disposición de residuos y reduce las emisiones de gases de efecto invernadero.


Que el principal motivo para reciclar el plástico es porque sus residuos tardan entre 100 y 1000 años en degradarse


Que el plástico supone más del 12% de la cantidad de residuos sólidos urbanos y su acumulación supone un grave problema para el planeta.


Que reciclar botellas de plástico es muy bueno para la conservación del medio ambiente.


Que reciclar es una de las actividades cotidianas más sencillas y gratificantes que podemos llevar a cabo.


Que también es un ejemplo de responsabilidad social y cuidado del medio ambiente.


Que es una acción que la pueden llevar a cabo, tanto niños como adultos.


Que este pequeño gesto forma parte de la práctica de un consumo responsable, haciendo que generaciones futuras puedan disfrutar de un planeta azul y verde.


Que el objetivo principal del reciclado es la disminución del volumen de los residuos.


Que el término reciclar está asociado a la acción de recuperar material reciclable, clasificarlo y enviarlo para su posterior procesamiento.


Que esta acción permite que aquellos materiales que en primera instancia eran considerados desperdicio o basura, se vuelvan a insertar en el mercado.


Que el fin es buscar una solución al problema de la acumulación de residuos y el aprovechamiento de los mismos.


Que entre los beneficios ambientales se encuentra la preservación de productos fósiles no renovables, la recuperación del valor existente en los residuos y la reducción del consumo de energía.


Que entre los beneficios económicos se pueden encontrar, la transformación de residuos en productos con valor económico y la reducción de terrenos destinados a la disposición final de residuos.


Que entre los beneficios sociales se encuentran la creación de puestos de trabajo, con mano de obra directa e indirecta y la generación de un ambiente con menos desechos y por lo tanto un aumento de la calidad de vida.


Que es necesario profundizar la sensibilidad de la población acerca de la temática ambiental, para lograr así que nuestra ciudadanía tome una actitud proactiva con miras al consumo sustentable.


Que la razón por la que el plástico es nocivo para el medioambiente es por su gran durabilidad, por lo tanto, si no se recicla se estaría perdiendo una materia prima reutilizable, forzando a la industria a que siga usando materias primas nuevas.


Que en nuestra ciudad la Ordenanza N° 23.486 regula la generación, manipulación, operación, transporte, tratamiento y disposición final de las distintas categorías de residuos, desechos o desperdicios considerados como residuos sólidos urbanos y asimilables, como también todo tipo de actividades que se encuentran involucradas en estas etapas.


Que a nivel provincial existe la Ley N° 13.592 “Gestión integral de residuos sólidos urbanos” y su modificatoria N° 13.657.


Que la ordenanza municipal N° 23.486 establece como objetivos lograr una minimización en la generación de residuos, fomentando la separación de residuos en origen a través de programas educativos y de concientización destinada a los residentes y turistas y reducir los impactos negativos que los residuos pueden producir en el ambiente, formalizando los espacios de intercambio entre los actores involucrados en la recuperación, tratamiento y valorización de los residuos.


Que la ordenanza establece una promoción de actividades de concientización implementando y desarrollando programas de educación ambiental, difundiendo, concientizando educando y capacitando a la población sobre el programa de Gestión Integral de Residuos, basándose en la minimización, selección, reutilización y reciclaje.


Que la educación ambiental debe ser un proceso integrador, dirigido a desarrollar una ciudadanía consciente y preocupada por los problemas que generan sus hábitos.


Que una educación ambiental formal y no formal debe ser liderada por el municipio a fin de implementar soluciones prácticas y eficaces que se correspondan con la realidad local.


Que para que el programa tenga éxito es fundamental la concientización y educación de la comunidad para lo cual se deben utilizar todas las herramientas comunicacionales posibles que ayuden a generar el hábito en la comunidad


Que el artículo 41 de la Constitución Nacional establece que todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo. El daño ambiental generara prioritariamente la obligación de recomponer, según lo establezca la ley. Las autoridades proveerán a la protección de este derecho, a la utilización racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica, y a la información y educación ambientales. Corresponde a la Nación dictar normas que contengan los presupuestos mínimos de protección y a las provincias, las necesarias para complementarlas, sin que aquellas alteren jurisdicciones locales.


Que los residuos sólidos urbanos son los desechos que se generan en domicilios particulares y también en otros ámbitos como comercios, oficinas, empresas de servicios e industrias.


Que la separación en origen es la división en diferentes recipientes o contenedores RSU de residuos que pueden ser reciclados, reutilizados o reducidos, para su posterior recolección diferenciada, clasificación y procesamiento


Que la gestión de residuos sólidos urbanos debe considerarse en armonía con la estrategia económica, con la higiene y salud pública, la ingeniería e infraestructura y con las correspondientes consideraciones ambientales, para responder adecuadamente a las expectativas de la sociedad


Que el progresivo aumento de la generación de residuos sólidos urbanos y su posterior desecho no es sustentable en el tiempo.


Que la Gestión de Manejo Integral de los Residuos Sólidos Urbanos abarca los aspectos del ciclo de los RSU, su manejo integral, la Planta de Tratamiento integral, su explotación y su inserción en la sociedad. La Gestión Integral es un sistema de manejo de los RSU que, basado en el Desarrollo Sostenible, tiene como objetivo primordial el mejoramiento de la salud de la población, entendiendo a la salud en su sentido más amplio, y la preservación ambiental.


Que es necesario para implementar esta Ordenanza Municipal, crear un programa de intercambio de residuos secos.


Por lo anteriormente expuesto, los concejales abajo firmantes elevan para su tratamiento y posterior sanción el siguiente proyecto de:


ORDENANZA


ARTICULO 1°: Crease en el ámbito del Partido de General Pueyrredón el “Programa de ECOCANJE” que consiste en el intercambio de residuos secos por beneficios municipales y/o por códigos de descuentos en comercios que se adhieran al programa.


ARTICULO 2°: El objeto del programa será el de promover una conciencia en el cuidado del medioambiente entre los ciudadanos, fomentando el reciclaje y la recuperación de residuos secos a través del intercambio, generando un beneficio para quien participe y para el medio ambiente.


ARTICULO 3°: Será autoridad de aplicación el EMSUR, quien deberá implementar y desarrollar medidas tendientes a difundir, educar y capacitar en general a la comunidad sobre el Programa ECOCANJE.


ARTICULO 4°: Las autoridades promoverán las acciones para lo cual utilizaran los medios de comunicación y recursos disponibles, dichas campañas deberán ser sostenidas en el tiempo a fin de alentar cambios de hábitos tanto en los habitantes del partido como quienes visiten la ciudad.


ARTICULO 5°: maquinas receptoras


El programa se llevará a cabo a través de una aplicación vinculada con las maquinas receptoras la cual llevará a cabo el conteo de botellas intercambiadas y de créditos totales para hacer el canje por los servicios municipales o con los comercios adheridos.


ARTICULO 6°: las maquinas receptoras deberán ser construidas por emprendedores locales y con materiales amigables con el medio ambiente.


ARTICULO 7°: puntos de entrega


Las maquinas receptoras estarán ubicadas en:


-   Dependencias municipales


-   Delegaciones municipales


-   Distritos descentralizados


-   EMDER


-   Palacio Municipal


-   Comercios que se adhieran al programa


-   Cualquier otro punto estratégico


ARTICULO 8°: las maquinas receptoras recibirán tanto botellas de plástico como botellas rellenas de residuos de un solo uso.


ARTICULO 9°: participantes del programa


Autorícese al Departamento Ejecutivo a celebrar acuerdos con empresas, comercios y/o emprendedores a fin de llevar a cabo el Programa ECOCANJE, mediante vales de descuentos o la recepción de mercadería.


ARTICULO 10°: disposición final de los residuos sólidos urbanos


Las Plantas de Separación, Tratamiento y/o Valorización habilitadas por el Municipio llevarán a cabo la recepción, clasificación, manipulación y tratamiento de los residuos secos, su acopio temporario y comercialización según lo dispuesto por la ordenanza N° 23.486.


ARTICULO 11°: A efectos de materializar el intercambio de créditos derivados del programa por los beneficios o servicios previstos en el mismo, se tendrán en cuenta los siguientes valores:


RESIDUO SECO A RECIBIR


1 BOTELLA DE PLASTICO= 1 CREDITO


SE PODRA INTERCAMBIAR POR:


½ HORA DE ESTACIONAMIENTO = 8 CREDITOS


1 HORA DE ESTACIONAMIENTO= 16 CREDITOS


$1 CARGA SUBE= 1 CREDITO


$10 CARGA SUBE= 10 CREDITOS


ARTICULO 12°: comuníquese, etc.

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