Información de Expediente

2021 - E - 2118
Fecha de Entrada: 17/11/2021
Carátula: Proyecto de ORDENANZA
Iniciador: FRENTE DE TODOS
Autor:
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: GIRADO A COMISION
Desde: 03/12/2021
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Ordenanza
Creando la Mesa Local Intersectorial para el abordaje y prevención de las violencias por razones de género en el ámbito del Municipio de Gral. Pueyrredon y en el marco de lo establecido en el Decreto Provincial Nº 997-2020 y su Anexo III.

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
055 POLITÍCAS DE GÉNERO, MUJER Y DIVERSIDAD 19/11/2021 02/12/2021
047 LEGISLACIÓN, INTERPRETACIÓN, REGLAMENTO 02/12/2021 02/12/2021
002 HACIENDA, PRESUPUESTO Y CUENTAS 02/12/2021 02/12/2021
055 POLITÍCAS DE GÉNERO, MUJER Y DIVERSIDAD 03/12/2021
047 LEGISLACIÓN, INTERPRETACIÓN, REGLAMENTO
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto
Mar del Plata, de noviembre de 2021.


Al Presidente del


H. Concejo Deliberante


Sr. Ariel Martínez Bordaisco


S------------/------------D


VISTO:


La Ley Nacional 26.485 de Protección Integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos donde desarrollan sus relaciones interpersonales; la Ley Provincial 12.569 de violencia familiar; los lineamientos del Plan Nacional de Acción contra las Violencias por Motivos de Género (2020-2022) y el Documento Técnico de las Mesas Locales Intersectoriales que -como Anexo III- forma parte integrante del Decreto Nº 997-2020 del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.


La existencia de diversos organismos, instituciones y organizaciones que abordan la problemática de violencias por motivos de género en nuestro Partido, así como también la existencia, desde hace varios años pero sin normativa, de una Mesa Local de Riesgo vinculada a ese tema, y;


CONSIDERANDO:


Que las violencias por razones de género constituyen un grave problema social, que implica la violación de derechos humanos fundamentales, ya sea que se inscriban en el ámbito público como en el privado.


Que dichas violencias evidencian sistemas de relaciones desiguales de poder e impiden la construcción de relaciones democráticas, lo cual constituye un obstáculo para el desarrollo con justicia social y equidad.


Que el aporte de los estudios de género ha sido fundamental para comprender la dimensión del problema de las violencias, sus tipos, modalidades y alcances. A su vez el género como categoría analítica amplifica la mirada respecto a las problemáticas que atraviesan las mujeres y LGTBIQ+[1].


Que las violencias por razones de género deben ser comprendidas en los términos de la Ley Nacional de Protección Integral para Prevenir, Sancionar, Erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que se desarrollen sus relaciones interpersonales (26.485), como refiere su artículo 4 que entiende por tal “toda conducta, por acción u omisión, que de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, basada en una relación desigual de poder, afecte la vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, participación política, como así también la seguridad personal de las mujeres” y de LGTBIQ+.


Que la mencionada Ley Nacional N° 26.485 amplía sentidos en relación al reconocimiento de los diferentes espacios donde se cristalizan los diferentes tipos de violencias por razones de género. De tal modo, en el artículo 5 reconoce distintos tipos de violencia: física, psicológica, sexual, económica patrimonial y simbólica; mientras que en su artículo 6 identifica las diferentes modalidades, entendidas como las formas en que se manifiestan los distintos tipos de violencia contra las mujeres en los diferentes ámbitos: violencia doméstica, violencia institucional, violencia laboral, violencia contra la libertad reproductiva, violencia obstétrica, violencia mediática, el acoso callejero (modificatoria Ley 27.501) y la violencia política (modificatoria Ley 27.533).


Que, por su parte, la Ley Provincial Nº 12.569 de Protección contra la Violencia Familiar, establece por violencia familiar “toda acción, omisión, abuso que afecte la integridad física, psíquica, moral, sexual y/o la libertad de una persona en el ámbito del grupo familiar, aunque no configure delito”.


Que el Decreto N° 2.875/05 (texto según Decreto N° 436/15), reglamentario de la Ley N° 12.569 prevé en su artículo 20 inciso c), la conformación de la Mesa Intersectorial Provincial contra la Violencia Familiar, así como la de las Mesas Locales Intersectoriales en cada uno de los municipios, de acuerdo a la conformación allí establecida, como espacios de articulación y coordinación en el ámbito local, regional y provincial de todas las políticas públicas dirigidas a la prevención, promoción y abordaje de la violencia familiar y de género.


Que la Provincia de Buenos Aires propone, a través del Decreto Nº 997-2020, el Sistema Integrado de Políticas Públicas Contra las Violencias por Razones de Género como modelo metodológico para el abordaje en prevención y asistencia de las violencias por razones de género, siendo la Mesa Local Intersectorial componente del mismo. Este promueve la generación de políticas integrales interinstitucionales e intersectoriales sostenida en un abordaje en red, que tengan como objetivo reconocer la complejidad de la problemática entendida como un proceso, desde su inicio hasta la implementación de estrategias de acompañamiento para promover la autonomía de las mujeres y LGTBIQ+.


Que para hacer frente a esta grave problemática es indispensable -entre otras cuestiones- mejorar, potenciar y profundizar la intervención del conjunto de los organismos provinciales y gobiernos locales, en el marco de sus competencias, de manera coordinada y cooperante, con participación de organizaciones de la comunidad dedicadas a la temática, como así también de órganos del Poder Judicial.


Que, al respecto, en el Partido de General Pueyrredon la preocupante situación de las violencias por motivos de género se manifiesta en el ámbito institucional -por ejemplo- a través de la Emergencia contra la violencia por motivos de género y diversidad que fue declarada por este Honorable Concejo Deliberante en 2016 por la Ordenanza Nº 22.739 y prorrogada todos los años siguientes (la última prórroga fue en 2020 a través de la Ordenanza N° 24.876).


Que, además de la atención brindada por el Estado, en nuestra ciudad también existe una basta red de organizaciones y asociaciones que de forma sorora y militante acompañan a personas en situación de violencia de género; muchas de ellas, de hecho, forman parte del Observatorio y del Movimiento de Mujeres y Diversidad, como así también de la Mesa Local de Riesgo.


Que en nuestro Partido desde hace muchos años -sin normativa específica al respecto- la Mesa Local de Riesgo ha funcionado como espacio de articulación entre distintos actores que abordan las violencias por motivos de género.


Que la problemática de las violencias por razones de género constituye una realidad que por su complejidad multicausal y multidimensional requiere de una respuesta articulada y de un abordaje integral, intersectorial, interdisciplinario e interinstitucional. En ese sentido, resulta indispensable clarificar y dotar de un marco normativo actualizado a lo que hasta la fecha funciona como la Mesa Local de Riesgo, consolidando la misma como espacio de articulación en relación al abordaje y prevención de las violencias por razones de género.


Que, en ese sentido, la reformulación de la Mesa Local de Riesgo como Mesa Local Intersectorial para el abordaje y prevención de las violencias por razones de género se enmarca dentro del Sistema Integrado de Políticas Públicas y se propone con el objetivo específico de que allí se busquen establecer ejes de articulación entre las y los actores de la comunidad construyendo modalidades de abordaje integrales en materia de las violencias por razones de género.


Que, entonces, la Mesa Local Intersectorial será un espacio en donde se reúnan representantes de las distintas instituciones, organismos y organizaciones vinculados a la problemática, con la finalidad de fijar y unificar pautas y acciones que les permitan trabajar articuladamente para poder dar una respuesta integral a las personas que atraviesan situaciones de violencia de género.


Que con el objetivo de fortalecer, mejorar y profundizar las herramientas de articulación frente a las situaciones de violencia por motivos de género y en diálogo con espacios que piensan y accionan en la problemática, elaboramos el presente proyecto.


Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejalas y Concejales del Frente de Todos eleva el siguiente proyecto de:


ORDENANZA


Artículo 1º.- Créase la Mesa Local Intersectorial para el abordaje y prevención de las violencias por razones de género en el ámbito del Municipio de General Pueyrredon y en el marco de lo establecido en el decreto provincial Nº 997-2020 y su anexo III.


Artículo 2º.- Será objetivo principal de la Mesa Local Intersectorial para el abordaje y prevención de las violencias por razones de género lograr un trabajo articulado entre las diferentes espacios que la integran con el objeto de analizar, diseñar, planear, evaluar e implementar acciones específicas de políticas públicas en relación al abordaje y la prevención de las violencias por razones de género.


Entre los objetivos específicos se encuentran:


a. Generar políticas públicas territoriales en materia de abordaje, asistencia y prevención de las violencias por razones de género.


b. Confeccionar conjuntamente guías o protocolos de actuación, lineamientos para la sistematización y el registro de casos, a los fines de unificar criterios de actuación frente a la problemática.


c. Crear líneas de acción en relación a las estrategias de abordaje de los casos de violencias por razones de género.


d. Elaborar estrategias comunicacionales con el fin de sensibilizar sobre la temática, como también facilitar el acceso a los servicios de la localidad.


e. Proponer trabajos de prevención como cursos y talleres en torno a diferentes temas y fomentar proyectos que contribuyan a la salida de las violencias.


Artículo 3°.- La Mesa Local Intersectorial referida en el artículo 1 estará conformada por áreas del Estado Municipal, Provincial y Nacional; el Poder Judicial y el Ministerio Publico Fiscal; Organizaciones Políticas, Culturales, Sociales, ONG, Sindicatos y demás actores/as sociales que aborden e intervengan en la prevención y/o erradicación de las violencias por razones de género en el ámbito del Partido de General Pueyrredon. La participación deberá respetar un grado de representación que se establecerá en el reglamento de funcionamiento definido en las mesas y que garantice la participación equitativa y democrática en la toma de decisiones.


Artículo 4°.- La Autoridad de Aplicación será la Dirección de Políticas de Género del Municipio de General Pueyrredon o el área que en un futuro la reemplace, siempre que aborde temas de violencias por razones de género.


La coordinación de la Mesa será elegida por la misma y ejercida por una dupla, que estará en funciones por un período de un año. Las dos personas que ejerzan la coordinación podrán ser representantes de cualquiera de las instituciones u organismos que participen activamente de la Mesa.


Artículo 5º.- Teniendo en cuenta lo dispuesto en la presente, la Mesa Local Intersectorial dictará su reglamento, estructura y agenda de trabajo, debiendo como mínimo funcionar en forma ordinaria una vez por mes y en distintos puntos del Partido de General Pueyrredon, ampliando su alcance y territorialidad.


Artículo 6°.- A fin de garantizar el funcionamiento de la Mesa instituida en la presente, asígnese una partida presupuestaria en el ejercicio siguiente a la promulgación de la presente dentro del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos de la Administración Central del Municipio de General Pueyrredon.


Artículo 7º.- De forma.


[1] Esta sigla refiere a identidades sexo-genéricas no hegemónicas: lesbianas, gays, travestis, transexuales, transgénero, bisexuales, no binarias, entre otras.

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