Información de Expediente

2022 - E - 1075
Fecha de Entrada: 24/01/2022
Carátula: Proyecto de Comunicación
Iniciador: FRENTE DE TODOS
Autor:
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 28/12/2022
Agregado a:
Observaciones:

Antecedentes

Tipo Número Digito Año Cuerpo Alcance Anexo Observaciones
E 1849 0 2022 0 0 0 AUTOMATICO
Proyecto 1: Comunicación
Solicitando al Depto. Ejecutivo, realice las acciones necesarias para dar pronta intervención y resolución a la problemática en relación a los animales sueltos en los Bº Las Heras y Santa Celina.

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
C-6004 26/05/2022
Proyecto 2: Decreto de Archivo

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
D-2665 28/12/2022

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
048 SALUD COMUNITARIA Y DESARROLLO HUMANO 25/01/2022 22/04/2022 Aprobado
047 LEGISLACIÓN, INTERPRETACIÓN, REGLAMENTO 22/04/2022 09/05/2022 Aprobado
048 SALUD COMUNITARIA Y DESARROLLO HUMANO 27/09/2022 30/09/2022 Archivo
047 LEGISLACIÓN, INTERPRETACIÓN, REGLAMENTO 30/09/2022 21/12/2022 ARCHIVO
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto
Mar del Plata, 21 de enero de 2022


A la presidenta del


H. Concejo Deliberante


Sra. Marina Sánchez Herrero


S------------/------------D


VISTO:


“Los recurrentes reclamos de los vecinos y vecinas por la presencia de animales sueltos en diferentes los barrios de la ciudad; y”


CONSIDERANDO:


Que la Ordenanza N.º 24329 en su artículo 1° prohíbe la presencia de animales sueltos o que no se encuentren atados tanto en la vía pública como en terrenos privados no cercados adecuadamente con personas responsables que los guíen en todo el ámbito del Partido de General Pueyrredón,


Que la misma, en su artículo 4° expresa que los órganos de aplicación de la presente ordenanza son la Subsecretaría de Seguridad conjuntamente con el Departamento de Zoonosis. 


Que el organismo de aplicación, conjuntamente con las dependencias e instituciones con las que hayan sido instrumentados los respectivos Convenios, son quienes llevan adelante las medidas tendientes a la incautación, secuestro y traslado de los animales a un predio municipal u otro que el Departamento Ejecutivo designe, realizando las actuaciones correspondientes. El predio donde se alojarán los animales tendrá una gestión compartida entre el municipio y el organismo público o privado u ONG con la que se firmó convenio


Que una vez efectuada la incautación o bien en el momento de la misma, se dará intervención al Departamento de Zoonosis, con el fin de que los profesionales veterinarios inspeccionen y constaten el estado del/los animales/es incautado/s (secuestrados). Los mismos realizarán el informe correspondiente haciendo constar la presencia de marcas y señales, si existiesen, y de las características físicas del/los animales/es secuestrado/s, además de su estado sanitario, el cual se adjuntará al Acta de Secuestro. De establecerse una situación de maltrato se indicará la misma, para que el Juzgado de Faltas realice la elevación correspondiente al Fuero Penal.


Que en el medio digital 0223, junto con la enunciación de la habilitación de una línea de WhatsApp (2233126928) para que los vecinos puedan denunciar de manera anónima y se implementó un Registro Municipal de Adopción Responsable para los equinos que estén en situación de abandono; se anuncia que el Departamento de Sanidad y Control Animal organizará programas permanentes de educación y promoción de la salud y ejercicio responsable de la tenencia de animales destinados a escuelas así como a la población en general, utilizando los medios de difusión más adecuados que permitan lograr la concientización de la población.


Que, en el mes de abril de 2021, mediante el expediente 1308 se solicitó al Departamento Ejecutivo informe de qué manera se estaba implementando la Ordenanza N.º 24329, debido a los recurrentes inconvenientes a partir de los animales sueltos, reconocidos por el secretario de seguridad.


Que, los vecinos del barrio Santa Celina refieren la presencia de vacas sueltas recorriendo las calles sin un rumbo fijo y sin la presencia de ningún cuidador, situación que viene sosteniéndose desde el mes de noviembre de 2021, es decir hace tres meses.


Que, si bien no se han producido accidentes de tránsito por la presencia de vacas, sí impacta de forma negativa en el ambiente por la cantidad de excrementos y suciedad que dejan a su paso.


Que, a esta situación se le suma la presencia de perros sueltos en el barrio.


Que, en la misma línea, la Sociedad de Fomento de Las Heras refiere la presencia de caballos sueltos en la vía publica, así como la permanencia de los mismos en la plaza barrial desde el mes de octubre, situación que aun no ha sido resuelta.


Que, dichos caballos sueltos son mas de seis y que suelen correr por la plaza poniendo en riesgo a los niños, niñas, adolescentes y adultos/as que asisten a la plaza barrial.


Que es responsabilidad del Municipio, específicamente de la Subsecretaría de Seguridad y el Departamento de Zoonosis, ofrecer las soluciones en lo que respecta a la seguridad ciudadana y la de los animales, resultando destacable el tiempo transcurrido entre la aparición de las problemáticas, y la constante ausencia de gestión en la materia.


Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejales y Concejalas del Frente de Todos eleva el siguiente proyecto de:


COMUNICACIÓN


Artículo 1.- El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon, solicita al Departamento Ejecutivo, ejecute las acciones necesarias para dar pronta intervención y resolución de las problemáticas en relación a los animales sueltos en el Barrio Las Heras y Santa Celina.


Articulo 2.- El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon, solicita al Departamento Ejecutivo que, a través de la Secretaría de Salud, informe:


a)  Planificación e implementación de programas permanentes de educación y promoción de la salud y ejercicio responsable de la tenencia de animales, en escuelas y espacios comunitarios por parte del Departamento de Sanidad y Control Animal.


b)  Cantidad de inspecciones, secuestros, actas e informes expedidos en relación al estado sanitario de los animales incautados en los últimos doce meses, en General Pueyrredon.


c)  Cantidad de casos detectados de maltrato animal y sus correspondientes derivaciones al juzgado de faltas en los últimos doce meses.


d)  Cantidad de denuncias recibidas por la autoridad de aplicación y resolución de las mismas en los últimos doce meses.


e)  Predio destino al cual se derivan los animales secuestrados, estado material y legal, capacidad actual del mismo.


Articulo 3.- Comuniquese, etc

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