Información de Expediente

2025 - E - 1739
Fecha de Entrada: 13/11/2025
Carátula: Proyecto de Ordenanza
Iniciador: VARIOS MIEMBROS DEL HCD
Autor: CJAL. CIANO ARIEL
            CJAL. TACCONE HORACIO DANIEL
            CJAL. CUESTA MARIANA
            CJAL. CHEPPI JUAN MANUEL
            CJAL. CRESPO VALERIA LUCIANA
            CJAL. GARCIA DIEGO ALEJANDRO SEBASTIAN
            CJAL. AYALA MARIA EVA
Tema: VARIOS
Categoría: VARIOS MIEMBROS DEL HCD
Estado: CON DESPACHO DE COMISIONES
Desde: 25/11/2025
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Ordenanza
Creando en el ámbito del Partido de General Pueyrredon, la Mesa de Trabajo Intersectorial “Escuelas Libres de Violencias”, con el objetivo de promover la prevención, abordaje, acompañamiento y seguimiento de situaciones de violencia en el ámbito escolar, tanto en instituciones de gestión estatal, municipal y de gestión privada.

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
049 EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA E INVESTIGACIÓN 13/11/2025 18/11/2025 APROBADO
047 LEGISLACIÓN, INTERPRETACIÓN, REGLAMENTO 18/11/2025 25/11/2025 Aprobado
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto
Mar del Plata, 12 de noviembre de 2025


A la Presidenta del


Honorable Concejo Deliberante


Sra. Marina Sánchez Herrero


S----------------/------------------D


VISTO:


La necesidad de garantizar que las escuelas del Partido de General Pueyrredon se constituyan en espacios seguros y libres de violencias, en las cuales se promueva la convivencia, el diálogo así como el respeto mutuo entre los miembros de la comunidad educativa. Y;


CONSIDERANDO:


Que la Constitución Nacional, en su artículo 14, garantiza el derecho a la educación para todos los habitantes de la Nación, y en su artículo 75 inciso 22 otorga jerarquía constitucional a los tratados internacionales sobre derechos humanos, incluyendo la Convención sobre los Derechos del Niño (Ley Nº 23.849).


Que la Ley Nacional Nº 26.061 establece el Sistema de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, reconociendo el derecho a recibir protección contra toda forma de violencia tanto como a desarrollarse en entornos saludables, respetuosos y libres de discriminación.


Que la Ley Provincial Nº 13.298 regula la promoción y protección integral de los derechos de niños, niñas y adolescentes en la Provincia de Buenos Aires, determinando la corresponsabilidad de las distintas áreas del Estado.


Que la Dirección General de Cultura y Educación (DGCyE) de la Provincia de Buenos Aires aprobó la Resolución Nº 2672/15, presentada por el Frente de Unidad Docente Bonaerense (FUDB), la cual establece mecanismos de resguardo y reparación pública frente a situaciones de conflicto o denuncias en el ámbito escolar.


Que la Escuela debe ser un espacio de cuidado, resguardo y promoción de derechos, donde se construyen las subjetividades de los protagonistas del futuro, tendiendo al fortalecimiento de los lazos sociales y se transmiten valores democráticos.


Que las situaciones de violencia ya sean físicas, verbales, simbólicas, psicológicas o mediáticas, afectan a la tarea educativa y el clima institucional.


Que de esta manera se ven vulnerados los derechos de quienes son trabajadores de la educación, además de los estudiantes y sus familias.


Que en este contexto se vuelve imprescindible construir una política pública integral, intersectorial e interdisciplinaria para el abordaje y la prevención de estas problemáticas.


Que en vistas de esto se debe promover la articulación entre el ejecutivo municipal y provincial, sistema educativo, los servicios locales de niñez, las áreas de salud, justicia, seguridad, desarrollo social, los sindicatos docentes y las organizaciones comunitarias con inserción en el territorio.


Que en diversos distritos de la Provincia se han constituido Mesas de Abordaje y Seguimiento de Situaciones de Violencia en las Escuelas, obteniendo resultados positivos en la coordinación interinstitucional y la prevención de conflictos.


Que es necesario que desde el Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon creemos un espacio formal de articulación intersectorial, que permita la intervención temprana, el acompañamiento y el seguimiento de las situaciones de violencia que se presentan en las instituciones educativas del territorio.


Que este Honorable Concejo Deliberante posee entre sus atribuciones la capacidad de impulsar políticas públicas que promuevan la paz social, la convivencia democrática y la protección integral de los derechos humanos, en todos los ámbitos de la comunidad.


Por todo lo expuesto, varias Señoras y Señores concejales elevan el siguiente proyecto de:


ORDENANZA


Artículo 1º. Créase en el ámbito del Partido de General Pueyrredon la Mesa de Trabajo Intersectorial “Escuelas Libres de Violencias”, con el objetivo de promover la prevención, abordaje, acompañamiento y seguimiento de situaciones de violencia en el ámbito escolar, tanto en instituciones de gestión estatal, municipal y de gestión privada.


Artículo 2º. Dispóngase que la instancia de articulación creada por el artículo precedente, se encontrará integrada por representantes de:


A.  Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon, a través de los miembros de la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia e Investigación y concejales interesados en la materia.


B.  Jefatura Regional de Gestión Estatal N°19.


C.  Jefatura Regional de Gestión Privada N° 19.


D.  Jefatura Distrital de Educación de General Pueyrredon.


E.  Secretaría de Educación Municipal.


F.  Consejo Escolar de General Pueyrredon.


G.  Servicios Locales de Promoción y Protección de Derechos.


H.  Consejo local de niñas, niños y adolescentes.


I.  Secretaría de Salud Municipal.


J.  Secretaría de Desarrollo Social Municipal.


K.  Fuero Penal Juvenil y las Fiscalías con competencia territorial en el Municipio, a saber:


I.  Juzgados de Familia Nº 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7.


II. Fiscalías del Fuero Penal Juvenil UFIJ Nº 1, 2, 3 y 4.


III. Juzgados de Garantía del Joven Nº 1, 2 y 3.


IV. Juzgados de Responsabilidad Penal Juvenil Nº 1 y 2.


V.  Defensorías UFD Nº 1, 2, 3 y 4.


VI. Asesorías Nº 1, 2 y 3.


L.  Fuerzas de Seguridad con presencia en el distrito.


M.  Universidad Nacional de Mar del Plata (UNMDP).


N.  Sindicatos docentes.


O.  Sindicato de Trabajadores Municipales (STM).


P.  Organizaciones de derechos humanos y organizaciones sociales vinculadas a la niñez y la educación.


Artículo 3º. Serán funciones de la Mesa de Trabajo Intersectorial “Escuelas Libres de Violencias”:


A.  Relevar y sistematizar las situaciones de violencia en el ámbito educativo local.


B.  Coordinar la intervención intersectorial de los distintos organismos ante cada situación.


C.  Acompañar a las comunidades educativas afectadas, garantizando la protección integral de todos sus miembros.


D.  Promover instancias de resolución pacífica de conflictos, convivencia y mediación escolar.


E.  Elaborar protocolos y recomendaciones para la prevención tanto como el tratamiento de estas problemáticas.


Artículo 4º. La Mesa se encontrará bajo la coordinación del Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon, quien dispondrá las pautas para garantizar su funcionamiento.


Artículo 5º. Déjese establecido que la convocatoria a la primera reunión de la Mesa se encontrará a cargo de Labor Deliberativa, en fecha a convenir.


Artículo 6º. Con el objeto de abordar las múltiples problemáticas vinculadas a la violencia que tienen parte en el Municipio, se promoverá el funcionamiento de la Mesa de Trabajo Intersectorial “Escuelas Libres de Violencias” en diferentes territorios, considerando por tales a las dependencias administrativas y escolares pertinentes.


Artículo 7º. De forma.


AUTORIA:

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