MAR DEL PLATA, octubre de 2006
Señor Presidente del
Honorable Concejo Deliberante
CPN MAURICIO IRIGOIN
S/D
VISTO
La solicitud efectuada por la Asociación Regional Campana de
Mar del Plata, con Personería Jurídica 27.816 y domicilio en Av. Edison
127, en el sentido de poner en valor la Plazoleta situada entre el
Boulevard Marítimo Patricio Peralta Ramos y las calles Almirante Brown y
Gral. Lavalle, denominando al sector como “Paseo Sorrento”, y;
CONSIDERANDO
Que la entidad requirente nuclea a la colectividad italiana
local originaria de la Región Campania, cuya capital es Nápoles;
Que dicha propuesta se relaciona con la próxima visita, en
marzo de 2007, de una delegación procedente de la ciudad de Sorrento,
Provincia de Nápoles, Italia, dentro de las gestiones ya existentes para el
hermanamiento de la misma con Mar del Plata, propuesta que fuera aprobada
por las autoridades de tal Municipio.
Que lo solicitado, reconoce asimismo iniciativas similares,
como la realizada en la Plazoleta Alberto del Solar –Paseo Molise- por la
Unione Regionale del Molise y la Colletività Mafaldese e Molisana di Mar
del Plata, y la que se encuentra en trámite de puesta en valor de la
Plazoleta Capitolina, sita en 11 de Setiembre y San Luis por parte del
Centro Laziale Marplatense,
Que estas acciones se encuentran previstas en las políticas de
embellecimiento costero referidas a los espacios públicos urbanos impulsada
por la Secretaría de Obras y el EMVISUR a partir de las remodelaciones
efectuadas para la IV Cumbre de las Américas.
Que tal realización, redundará en la jerarquización del perfil
costero, y simbolizará el estrechamiento de los vínculos con dicha ciudad
italiana, tan fuertemente unida por vínculos afectivos.
POR ELLO, el Bloque de Concejales de El Frente – U.C.R. eleva a
consideración el siguiente
PROYECTO DE ORDENANZA
Artículo 1º .- Autorízase a la Asociación Regional Campana de Mar del
Plata, con domicilio en la Av. Edison 127, Personería Jurídica Nro. 27.816,
a realizar la puesta en valor de la Plazoleta triangular comprendida por el
Boulevard Marítimo Patricio Peralta Ramos y las calles Almirante Brown y
General Lavalle de la ciudad de Mar del Plata, cuya nomenclatura catastral
es Circ. I, Sec. C Manzana 208.
Artículo 2º .- Impónese al sector objeto de la puesta en valor, la
denominación de “Paseo Sorrento”.
Artículo 3º .- Dicha intervención se realizará a costo de la institución
mencionada en el artículo anterior, de acuerdo con el proyecto que a tal
efecto elabore el Departamento Ejecutivo. La aprobación y supervisión de
los trabajos a ejecutarse estarán a cargo del ente Municipal de Vialidad,
Servicios Urbanos y Gestión Ambiental y la Secretaría de Obras y
Planeamiento Urbano.
Artículo 4º .- La Asociación Regional Campana podrá colocar un cartel
indicando que el cuidado de la Plazoleta está a su cargo, incluyendo
información turística. Dicho cartel no podrá superar la superficie de 1 m.
x 1,50 m.
Artículo 5º .- La institución mencionada estará exenta del pago de derechos
que pudieran corresponder, por el término de 2 años y tendrá a su cargo el
mantenimiento de la plazoleta.
Artículo 6º . de forma.
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Mar del Plata
BLOQUE EL FRENTE – U.C.R.
Municipalidad del Partido de General Pueyrredon
Departamento Deliberativo