Información de Expediente

2016 - E - 1371
Fecha de Entrada: 29/04/2016
Carátula: Proyecto de Ordenanza
Iniciador: FRENTE PARA LA VICTORIA
Autor:
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 19/07/2017
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Ordenanza
Estableciendo que el Estado Municipal garantice medidas de salubridad y seguridad en las denominadas "Fiestas Electrónicas" sean de carácter público o privado; y propiciando la creación de una Mesa de Trabajo con el objeto de profundizar diversos ítems en relación a los eventos masivos tanto públicos como privados.-
Proyecto 2: Decreto

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
D-1937 27/10/2016

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
043 CALIDAD DE VIDA Y SALUD PUBLICA 02/05/2016 21/09/2016 Aprobado
028 OBRAS, SEGURIDAD Y PLANEAMIENTO 21/09/2016 27/10/2016 S/Tablas
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 27/10/2016 27/10/2016 S/Tablas
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto



   Mar del Plata, 29 de abril de 2016



    Al Presidente del

    H. Concejo Deliberante

    Sr. Sáenz Saralegui Guillermo

    S------------/------------D



En función a los acontecimientos de público conocimiento, sobre los cinco jóvenes que murieron en la fiesta electrónica ´´Time Warp´´, realizada en el complejo Costa Salgero de Capital Federal y otros cinco jóvenes se encuentran internados, tres de ellos en el Hospital Fernández, uno en el Argerich y otro en el Rivadavia, todos en estado inconsciente , y,


CONSIDERANDO:

Que es habitual el consumo de estupefacientes en estos eventos llamados ¨fiestas electrónicas¨, como en otros eventos y espectáculos masivos donde también es una realidad el consumo de todo tipo de drogas.

Que esta clases de estupefacientes,  son drogas sintéticas que causan altos daños en la salud  como la extrema deshidratación y la supresión de la respiración.

      Que  los efectos de estas drogas sintéticas  pueden ser tan violentos como para afectar no sólo al consumidor de drogas en sí mismo, sino también a las personas que participan de estos eventos.

      Que en términos generales la mayoría del público que se hace cita en, estos eventos son jóvenes menores de 30 años.

Que el estado, en todas sus formas  tiene el deber de preocuparse y ocuparse por la salud de los  ciudadanos ya que la Salud en la Argentina es un derecho social de raigambre constitucional desde la reforma constitucional de 1994.

      Que el estado municipal debe tener un rol activo en estos eventos, planificando y coordinando políticas para la prevención del consumo de las drogas con el objetivo de disminuir los riesgos de salud.

      Que las características de estos eventos en las temporadas turísticas se constituyen por la masividad de personas que asisten, dando cuenta la complejidad logística que exigen,  tanto técnicas como en materia de seguridad, lo que hace mas necesario la presencia del estado en todas sus formas.



Que estos eventos se desarrollan en espacios públicos  ya sean espacios abiertos como plazas, calles, parques y playas, o espacios privados y uno de los roles del estado es crear activas estrategias de intervención para el control, regulación y cuidado de todos los espacios donde se desarrollan parte de la vida recreativa de la sociedad.


Por  todo lo expuesto, el Bloque de Concejales del Frente para la Victoria eleva el siguiente proyecto de:


ORDENANZA

Artículo 1,- el Estado Municipal  debe garantizar, en las ¨Fiestas Electrónicas¨ como en otros eventos masivos, sean estos tanto públicos como privados:

A- Acceso a la hidratación: el cual se posibilitara a partir de distintos puestos que deben estar distribuidos estratégicamente en el territorio donde se desarrolle el eventos y que deben ser de la empresa municipal de servicios sanitarios Obras Sanitarias quien proveerá de agua potable y garantizara al menos 2 litros por persona.

B-Establecer espacios para garantizar la difusión de materiales que divulguen y concienticen sobre el  daño que provoquen en la salud el consumo de drogas .Para lo cual se establecerá una convocatoria al SEDRONAR y la Secretaria de Salud Municipal.


Artículo 2,- Propíciese la creación de una Mesa de Trabajo con el objeto de profundizar la discusión sobre eventos masivos tantos públicos como privados que se impulsen tanto en el género de espectáculos como en el de diversiones  y que aborde temas como: Capacidad máxima, servicios mínimos de salubridad y sanidad, vía de escape y servicios de emergencia, mecanismos de control corte de calles y estacionamiento disponible, entre otros.


Artículo 4,- De forma, etc.


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Mar del Plata



BLOQUE  FRENTE PARA LA VICTORIA



Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo



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