Información de Expediente

2018 - E - 2210
Fecha de Entrada: 23/10/2018
Carátula: PROYECTO DE ORDENANZA
Iniciador: CONCEJAL
Autor: CJAL. VOLPONI GUILLERMO
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTO DE CONCEJAL
Estado: ARCHIVADO
Desde: 20/08/2019
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Ordenanza
Modificando el artículo nº 9 de la Ordenanza nº 23457 ref. al sistema de estacionamiento por tiempo medido tarifado en la vía pública.-

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
005 TRANSPORTE Y TRANSITO 29/10/2018 28/03/2019 Art. 52° del R.I.
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 28/03/2019 28/03/2019 Art. 52° del R.I.
005 TRANSPORTE Y TRANSITO 05/04/2019 15/08/2019 Art. 52 del R.I.
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 15/08/2019 15/08/2019 Art. 52 del R.I.
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto

BLOQUE AGRUPACIÓN ATLÁNTICA – PRO


                                      .

                                      . Mar del Plata, 23 de octubre de 2018

                                      . Al Sr. Presidente del H.C.D.

Partido de General Pueyrredon

Guillermo Raúl Saenz Saralegui

S /D:



             GUILLERMO VOLPONI, en mi carácter de concejal de Agrupación Atlántica - PRO, elevo para su tratamiento el siguiente PROYECTO de ORDENANZA que a continuación se funda.


             VISTO


             La vigencia de la Ordenanza 23.457, la que siguiendo el espíritu de las normas que la antecedieron, pretende  ordenar el tránsito vehicular en zona céntrica atento la cantidad de vehículos que circulan en la misma, administrando el uso del espacio común, generando a su vez rotación en el estacionamiento y produciendo una recaudación diaria que favorece las arcas municipales y,


             CONSIDERANDO


             Que la proliferación de vehículos que acceden a la zona del micro centro, ha obligado a anteriores funcionarios a dar vida a distintas normas tendientes a ordenar el tránsito  y delimitar cuáles son las zonas de libre estacionamiento.


             Que en la actualidad el "sistema de estacionamiento por tiempo medido  tarifado en la vía pública" delimita como zona tarifada la comprendida entre calle Buenos Aires, España, Avenida Colón y 25 de Mayo incluida su continuación,  Diagonal Juan Bautista Alberdi, arteria norte.


             Que ha habido varios intentos de ampliar la misma tendiendo siempre a desalentar la presencia de vehículos en calles del centro y micro centro.


             Que como contracara a la necesidad de ordenamiento vehicular se presentan dos realidades; por un lado la necesidad de propietarios e inquilinos de inmuebles que viven en la zona y no cuentan con lugares para estacionar o de hacerlo, deben asumir costos altísimos, sumando a ello  el agravante en muchos casos, que en la ciudad  cada vez mas edificios por un tema de rentabilidad al momento de ser construídos, carecen de cocheras o espacios de estacionamiento.


             Que así, nos encontramos frente al artículo 9 de la Ordenanza en cuestión, la que establece que vehículos quedan exceptuados del pago de la tarifa, pero en la misma no se contempla a los primeros afectados con la implementación de la misma, es decir a quienes viven en dicha zona.


             Que los costos asumidos por quienes habitan y trabajan en la zona delimitada por la Ordenanza, resultan imposibles de afrontar para varias familias y trabajadores, obligándolos a dejar sus vehículos lejos de sus inmuebles o lugares de trabajo, ocasionando también en algunas situaciones, especialmente por la noche, condiciones de inseguridad y peligrosidad.


             Por ello, elevo para su tratamiento el siguiente PROYECTO DE ORDENANZA


ARTICULO 1: Modifíquese el artículo 9 de la Ordenanza 23.457 el que quedará redactado de la siguiente forma:


"...ARTICULO 9: Quedarán exentos del pago de la tarifa correspondiente al estacionamiento por tiempo medido  tarifado en la vía pública:


a). los vehículos oficiales de seguridad pública, ambulancias y atención de emergencias médicas que se encuentren cumpliendo funciones inherentes a su actividad y solo por el lapso que demande la misma.


b). los medios de comunicación debidamente acreditados hasta un máximo del cinco por ciento (5%) de los espacios totales.


c).  los titulares registrales y locatarios de inmuebles que se encuentren dentro de la zona establecida en el artículo  2 de la presente, siempre que acrediten efectiva ocupación del mismo, siéndoles permitidos estacionar libremente, de ambas manos de la cuadra del inmueble, previa inscripción en un Registro llevado por la Dirección General de Transporte y Tránsito del Municipio, División Estacionamiento Medido, quien deberá hacer entrega de una oblea de excepción del Sistema. Para acceder a dicha oblea deberán presentar titulo de propiedad del inmueble y/o contrato de locación vigente, según el caso,  junto con número de cuenta municipal en original y fotocopia.


Estás excepciones serán de carácter anual.


ARTICULO 2: De forma.











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Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo



Mar del Plata



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