Información de Expediente

2020 - E - 1106
Fecha de Entrada: 27/01/2020
Carátula: Proyecto de Comunicación.-
Iniciador: FRENTE DE TODOS
Autor:
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 14/10/2021
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Comunicación
Solicitando al DE realice las acciones necesarias para la puesta en valor de la sede de la Asoc. de Sordos de Mar del Plata (ASMAR), sita en la calle Belgrano 3908.-
Proyecto 2: Decreto de Archivo

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
D-2546 14/10/2021

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
028 OBRAS, SEGURIDAD Y PLANEAMIENTO 28/01/2020 25/06/2020 Art. 52 del Reg. Interno
028 OBRAS, SEGURIDAD Y PLANEAMIENTO 29/06/2020 06/11/2020 Art 52 Reglamento interno
028 OBRAS, SEGURIDAD Y PLANEAMIENTO 16/11/2020 01/03/2021
056 OBRAS Y PLANEAMIENTO 01/03/2021 05/10/2021 Archivo
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto

Mar del Plata, 23 de enero de 2020

Al Presidente del

H. Concejo Deliberante

Dr. Ariel Gerardo Martínez Bordaisco

S                          /                   D



Visto:


      El mal estado de conservación del edificio donde funciona la Asociación de Sordos de Mar del Plata (ASMAR) y el gran valor social de su actividad, y:



Considerando:


      Que la sede de la Asociación de Sordos de Mar del Plata (ASMAR) está ubicada en Belgrano 3908 y funciona desde hace más de 60 años, cumpliendo una tarea central en la inclusión de las personas con discapacidades auditivas.



      Que ASMAR realiza en la sede  el curso de Lengua de Señas Argentina L.S.A., también el Taller de Teatro Integrado y el Taller de Coro, formado por sordos y alumnos oyentes, siendo conocido en la comunidad por su participación en Salas Culturales, Escuelas, Actos Inaugurales o Conmemorativos. Además se realizan actividades deportivas (principalmente fútbol) y socio comunitarias.


      Que el estado de conservación del edificio en donde funciona la sede es sumamente negativo, estando altamente deteriorado: techos en mal estado, filtraciones de agua, humedad en las paredes, instalaciones eléctricas obsoletas, son solo algunos de los desperfectos que podemos nombrar y que hacen  que el transcurso del día a día en el inmueble sea muy dificultoso.



      Que la propiedad data de 1890 y, por lo tanto, cuenta con todas las vicisitudes propias de un inmueble antiguo, debiéndose extremar los cuidados y gastos de mantenimiento para evitar daños mayores y permanentes.


      Que la lucha por la inclusión universal y a la igualdad de oportunidades y situaciones de las personas con discapacidad debe ser una manda ineludible del Estado en todas sus formas, tomando por si o colaborando para este fin de todas las maneras posibles. En este sentido el sostén material para instituciones que se dedican a nuclear y contener a las personas con discapacidad es algo básico y necesario.



      Que no podemos declamar que somos parte de las sociedades que priorizan de igual manera a todos sus ciudadanos si permanecemos impávidos ante la necesidad del otro, máxime cuando las mismas son particulares y requieren de formas especificas de solución.



      Que en esta inteligencia, es también parte de la tarea del Estado Municipal articular con los privados que tomen la iniciativa en la gestión de las problemáticas, para reforzar sus acciones e incentivar la participación ciudadana. ASMAR es uno de estos núcleos de la sociedad civil que debe ser acompañado por la presencia gubernamental, como modo de articulación público-privada en la gestión de una realidad tan compleja como lo es la de las personas con discapacidad en nuestra sociedad.



      Que es siempre fundamental recordar que el derecho a la igualdad garantizado en el artículo 16 de nuestra Constitución Nacional. A su vez el artículo 3 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su protocolo facultativo – aprobado por la ley 26.378- establece (el énfasis nos pertenece): Artículo 3. Principios generales. Los principios de la presente Convención serán:

      a) El respeto de la dignidad inherente, la autonomía individual, incluida la libertad de tomar las propias decisiones, y la independencia de las personas;

      b) La no discriminación;

      c) La participación e inclusión plenas y efectivas en la sociedad;

      d) El respeto por la diferencia y la aceptación de las personas con discapacidad como parte de la diversidad y la condición humanas;

      e) La igualdad de oportunidades;

      f) La accesibilidad;

      g) La igualdad entre el hombre y la mujer;

      h) El respeto a la evolución de las facultades de los niños y las niñas con discapacidad y de su derecho a preservar su identidad.

      . Estas citas legales marcan la importancia del derecho en juego en esta situación, su carácter fundamental y fundacional respecto de nuestra sociedad.



      Que es por eso que pensamos que el estado debe garantizar su presencia y realizar las acciones pertinentes, cualquiera sea su naturaleza, a fin de conseguir la puesta en valor del  edificio que funciona como sede de la entidad de referencia.



Por lo expuesto, el bloque de concejales del Frente de Todos eleva a consideración del Honorable Cuerpo el presente proyecto de:











COMUNICACIÓN


Artículo 1°: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon solicita al Departamento Ejecutivo realice todas las acciones necesarias, en conjunto con la  Asociación de Sordos de Mar del Plata (ASMAR), a fin de concretar la puesta en valor de la sede de la antedicha sita en Belgrano 3908.


Artículo 2°: De forma.

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Mar del Plata


Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo


                    FRENTE DE TODOS



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