Información de Expediente

2020 - E - 1237
Fecha de Entrada: 27/02/2020
Carátula: Proyecto de Comunicación
Iniciador: FRENTE DE TODOS
Autor:
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: COMUNICACIONES A LA ESPERA DE RESPUESTA
Desde: 04/06/2020
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Comunicación
Solicitando al DE informe diversos ítems relacionados con el estado actual del "Convenio Marco de Cooperación Técnico Institucional y su Convenio Específico Nº 1, referido al Programa Municipal Integral de Seguridad Vial, que permitiera la habilitación del sistema de control de infracciones denominado Fotomultas.

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
C-5564 21/05/2020

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
005 TRANSPORTE Y TRANSITO 02/03/2020 11/03/2020 Aprobado
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 11/03/2020 11/03/2020 Aprobado
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto


Mar del Plata, 26 de febrero de 2020.

Al Presidente del

H. Concejo Deliberante

Sr. Ariel Martínez Bordasico

S------------/------------D


VISTO:

      La Ordenanza 23484 que autorizó “al Departamento Ejecutivo a suscribir con la Universidad Tecnológica Nacional Facultad Regional La Plata (UTN) el “Convenio Marco de Cooperación Técnico Institucional y su Convenio Específico Nº 1 con: el Anexo I denominado Programa Municipal Integral de Seguridad Vial y Movilidad Urbana Sustentable y el Anexo II denominado Acciones Específicas”;

      Las declaraciones del Secretario de Gobierno, Santiago Bonifatti, en la Comisión de Hacienda el día 29 de enero de 2020 en relación al mencionado convenio; y


CONSIDERANDO:

      Que la Ordenanza 23484 fue sancionada en diciembre de 2017 y promulgada pocos días después por  Decreto 2870/17.

      Que a través de la firma del convenio referido anteriormente con la Universidad Tecnológica Nacional Facultad Regional La Plata (UTN) se habilitó el sistema de control de infracciones denominado “Fotomultas”.

      Que el Artículo 151 del Decreto 6769/58 Ley Orgánica de las Muncipalidades establece que “las adquisiciones y otras contrataciones previstas en este apartado por valor de hasta pesos treinta y siete mil setecientos sesenta y seis ($37.766) se efectuarán en forma directa; pesos treinta y siete mil setecientos sesenta y seis ($37.766) y hasta pesos ciento ochenta y ocho mil ochocientos cuarenta y dos ($188.842) mediante concursos de precios; pesos ciento ochenta y ocho mil ochocientos cuarenta y dos ($188.842) y hasta pesos quinientos sesenta y seis mil quinientos veintidós ($566.522) mediante licitación pública o privada, y excediendo esta última cantidad, mediante licitación pública”.

      Que el Artículo 156 de dicha norma sostiene que “con excepción a lo prescripto en el artículo 151 sobre licitaciones y concursos, se admitirán compras y contrataciones directas en los siguientes casos”, detallando en el Inciso 2 “2. Cuando se compre a reparticiones oficiales nacionales, provinciales o municipales y a entidades en las que el Estado tenga participación mayoritaria”.

      Que el Convenio entre esta Municipalidad y la Universidad Tecnológica Nacional se podría enmarcar dentro de este último caso.

      Que, a pesar de ello, en el Expediente 1783-D-2016 el Contador Municipal, Guillermo Constanzo alertó que el Convenio que se pretendía firmar con la Universidad Tecnológica Nacional Facultad Regional La Plata (UTN)  podría violar el Art 156 inciso 2 de la LOM, ya que el mencionado contrato establecía que “Para todos aquellos temas de alta especialización y para la gestión de provisión de equipamiento en materia de seguridad vial, la FACULTAD ha conformado con CECAITRA (Cámara de Empresas de Control y Administración de Infracciones de Tránsito de la República Argentina) el Centro de Investigación, Desarrollo e Implementación de Proyectos sobre Seguridad Vial “CENSEVIAL” y mediante el correspondiente Convenio de Cooperación, LA FACULTAD, podrá realizar la contratación de servicios con distintos profesionales o empresas que posean experiencia en las diversas temáticas de control, verificación, registración y seguimiento de infracciones de tránsito o cualquier otra temática asociada a las diversas actividades antes mencionadas y que permitan llevar a cabo el presente Programa”.

      Que este punto fue una de las principales objeciones que se le plantearon al Convenio desde distintos sectores.

      Que durante el tratamiento del expediente en comisiones surgieron interrogantes en relación al financiamiento y logística que nunca fueron respondidos.

      Que cabe destacar que en el expediente quien firmaba la documentación en representación de la Universidad Tecnológica Nacional Facultad Regional La Plata (UTN) era su Director de Proyectos de Seguridad vial, Felipe Yannaduoni.

      Que al momento de la firma del convenio Yannaduoni era vicepresidente de CECAITRA.

      Que las situaciones referidas anteriormente significaron que la Ordenanza 23484 fuera aprobada por mayoría el día 7 de diciembre de 2017, en el marco de una sesión extraordinaria en la cual se registraron ausencias de bloques políticos fundadas en la metodología que se iba a implementar ese día para la aprobación de expedientes.

      Que el Artículo 2° de la Ordenanza 23484 crea la Comisión de Seguimiento, Monitoreo y Control de la Ejecución de Convenio de Fotomultas, la cual debe estar integrada por 3 concejales de Honorable Concejo Deliberante y 2 miembros del Departamento Ejecutivo.

      Que dentro de sus funciones se encuentra la obligación de evaluar mensualmente las infracciones realizadas en base al sistema autorizado.

      Que el Decreto de la Presidencia del Honorable Concejo Deliberante  Nº235/2018  designó a los concejales Marcelo Carrara, María Cristina Coria y Santiago Bonifatti para integrar la Comisión de Seguimiento, Monitoreo y Control de la Ejecución del Convenio de Fotomultas.

      Que en el Decreto 1479/18 el Departamento Ejecutivo  designó como miembros de la Comisión  a Claudio Javier Cambareri y a Marcos Antonio Basualdo.

      Que en el Acta de Comunicación consta la última reunión de Comisión el 29 de noviembre de 2019, en la cual se aprobaron las últimas dos exportaciones de fotomultas: las Nº 16574 y Nº 16682.

      Que la Comunicación 5523 aprobada por el Honorable Concejo Deliberante en noviembre de 2019 solicita se informe “Si se han incorporado al patrimonio municipal las seis (6) camionetas para montaje de los cinemómetros móviles”.

      Que este interrogante aún no ha sido respondido.

      Que en su visita a la Comisión de Hacienda el pasado 29 de enero de 2020, el Secretario de Gobierno Santiago Bonifatti explicó que “la realidad del sistema de fotomultas es que tenemos una presentación de la UTN del año 2019 en la cual plantea retirarse del convenio que tenía firmado con el municipio, para cuyo retiro presenta la opción que sea otro grupo el que sostenga el contrato. El intendente Arroyo en su momento mandó a consultar si era una decisión definitiva, respuesta que vino con algunas ambigüedades, y nosotros con el intendente Montenegro le hemos enviado una carta al Rector de la UTN en La Plata diciéndole ‘¿van a cumplir con el convenio o pasamos a ejecutar las acciones legales correspondientes?’ (…) Si tomamos este año y medio la recaudación impacta en el 10% de la totalidad de las actas registradas y 13% de las notificadas. Se emitieron 71.951 actas, se notificaron fehacientemente, a través del acuse de recibo del Correo, 57.597 y se pagaron 7.513. (…) Para nosotros la respuesta de la UTN no es una salida formal del convenio, por eso el sistema está funcionando pero como no opera la Comisión de fotomultas no se están distribuyendo porque no está la aprobación del Concejo”.

      Que ingresando al portal infracciones.gba.gov.ar se encuentran las multas realizadas por el sistema de fotomultas en el Partido de General Pueyrredon.

      Que allí se pueden observar infracciones registradas por el sistema de fotomultas con posterioridad al 1 de diciembre de 2019 (Ver Anexo), las cuales no fueron analizadas y evaluadas por la Comisión de Seguimiento, Monitoreo y Control de la Ejecución de Convenio de Fotomultas.

      Que en declaraciones al portal 0223 el secretario de Gobierno sostuvo que "Si la UTN decide retirarse, este convenio estaría caído y deberemos ir hacia un proceso diferente, como una licitación o un convenio con otra universidad para poder llevar adelante el sistema".




Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejales del Frente de Todos eleva  los siguientes proyectos de:

COMUNICACIÓN


Artículo 1.- El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon solicita al Departamento ejecutivo informe cuál es el estado actual del “Convenio Marco de Cooperación Técnico Institucional y su Convenio Específico Nº 1 con: el Anexo I denominado Programa Municipal Integral de Seguridad Vial y Movilidad Urbana Sustentable y el Anexo II denominado Acciones Específicas”.


Artículo 2.- Asimismo el Honorable Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo notifique en relación a las fotomultas realizadas a partir del 1º de diciembre de 2019:

    • Cantidad de fotomultas registradas.

    • Motivos por las cuales se ejecutaron, a pesar de no contar con el análisis y evaluación de la Comisión de Seguimiento, Monitoreo y Control de la Ejecución de Convenio de Fotomultas, establecido en el Artículo 2° de la Ordenanza 23484.

    • Si las mismas fueron enviadas para notificar a los respectivos infractores.


Artículo 3.- De forma, etc.


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Mar del Plata



BLOQUE FRENTE DE TODOS



Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo



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