Información de Expediente

2020 - E - 1527
Fecha de Entrada: 18/06/2020
Carátula: PROYECTO DE ORDENANZA
Iniciador: FRENTE DE TODOS
Autor: CJAL. SÍVORI MARÍA VIRGINIA
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 15/01/2021
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Ordenanza
Creando en el ámbito del Partido de Gral. Pueyrredon, el Programa municipal Corredores Gastronómicos", tendientes a la adaptación del uso de espacios públicos en el marco de la pandemia por el COVID-19.

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
18999 25/09/2020 24859 30/09/2020

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
044 PROMOCION, DESARROLLO E INTERESES MARITIMOS y PESQUEROS 22/06/2020 03/07/2020 aprobado
005 TRANSPORTE Y TRANSITO 03/07/2020 13/07/2020 APROBADO
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 13/07/2020 21/07/2020 aprobado
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 27/07/2020 10/08/2020 aprobado
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 26/08/2020 25/09/2020 Moción de preferencia
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto

Mar del Plata, 18 de junio de 2020



Al presidente del



H. Concejo Deliberante



Sr. Ariel Martínez Bordaisco



S------------/------------D






VISTO:



La necesidad de reformular pautas vinculadas con la movilidad urbana y la recreación, producto de la pandemia conocida bajo el nombre de Covid-19.


CONSIDERANDO:


Que los coronavirus son una extensa familia de virus que pueden causar enfermedades tanto en animales como en humanos.

Que en los humanos, se sabe que varios coronavirus causan infecciones respiratorias que pueden ir desde el resfriado común hasta enfermedades más graves como el síndrome respiratorio de Oriente Medio (MERS) y el síndrome respiratorio agudo severo (SRAS).

Que el coronavirus que se ha descubierto más recientemente causa la enfermedad por coronavirus COVID-19.

Que producto de la diseminación que tuvo a nivel global, el 11 de marzo la Organización Mundial de la Salud declaró a esta cepa del coronavirus como una pandemia.

Que la cantidad de muertos e infectados aumenta constantemente, imponiendo a los diferentes gobiernos del mundo a tomar la determinación de impulsar acciones de aislamiento social.

Que en Argentina, el Gobierno Nacional decretó el aislamiento social preventivo y obligatorio el dia 20 de marzo del corriente año, prorrogándose quincenalmente hasta el día de la fecha.

Que al día de la fecha no se tiene certeza sobre la fecha de finalización de la misma.

Que producto del cambio social necesario para reformular la movilidad urbana y la recreación, deben tomarse medidas que se ajusten a la nueva normalidad.

Que se deben pensar soluciones de carácter excepcional, que tiendan a garantizar la salud pública y promover prácticas de cuidado comunitario.

Que existen diferentes espacios públicos en nuestra ciudad  que son de suma importancia como plazas, plazoletas y parques como son lugares usados para la recreación, es decir, son espacios donde los habitantes de la ciudad pueden expresarse de forma artística, deportiva y cultural.

Que en la ciudad uno de los sectores más golpeados es el gastronómico.

Que en la ciudad de  Mar del Plata se pueden identificar  distintos tramos comerciales que se caracterizan mayoritariamente por brindar un amplio servicio gastronómico como son:

1- La calle Hipólito Yrigoyen de Castelli hasta Gascon;

2- La calle Córdoba de  Primera Junta hasta Castelli;

3- La calle Olavarría de Rodríguez Peña hasta Falucho;

4- La calle Além de Almafuerte hasta Rodríguez Peña,

5- La calle Diagonal Pueyrredon de San Martín hasta Bolívar.

Que se trata de comercios que en el marco de la pandemia se ven gravemente afectados.

Que  peatonalizar estos puntos es hoy una alternativa para que estos locales vuelvan a funcionar, cumpliendo con las medidas del Distanciamiento Social

Que esta medida  es una forma de contrarrestar el estado de crisis en el que se encuentra el sector y no perder la amplia gama gastronómica que estos puntos de las ciudad ofrecen, ya que son un atractivo para vecinos y turistas.

Que Honorable Concejo Deliberante debe crear instancias, que aporten ideas y herramientas a los sectores más golpeados por el contexto de  la Pandemia, dando soluciones y alternativas , para readaptar sus actividades .

Que el Ejecutivo Municipal debe ponerse al frente de estas medidas, tendiendo a programar un nuevo dispositivo de transitabilidad dentro del espacio urbano.

Que es deber de este Honorable Cuerpo legislar en pos del máximo bienestar de los vecinos y vecinas del municipio de General Pueyrredon, en el contexto de la crisis sanitaria que nos afecta como sociedad en este tiempo.





Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejales del Frente de Todos eleva los siguientes proyectos de:



ORDENANZA



Artículo 1.- Créase en el ámbito del Partido de General Pueyrredon el programa municipal “Corredores Gastronómicos” tendiente a la readaptación del uso de espacios públicos en el marco de la pandemia provocada por el virus COVID-19.



Artículo 2.- El cumplimiento de todo lo dispuesto en la presente normativa requerirá del pleno respeto de los protocolos sanitarios correspondientes, siendo una responsabilidad del Ejecutivo Municipal cumplir y hacer cumplir las disposiciones vigentes sobre la materia.



Artículo 3.- Desígnase como “Corredores Gastronómicos” a las calles Hipólito Yrigoyen entre Castelli y Gascón, Córdoba entre Primera Junta y Castelli, Olavarría entre Rodríguez Peña y Falucho, Diagonal Pueyrredon entre San Martín y Bolívar.



Artículo 4.- Dispóngase por el transcurso de un año a partir de la habilitación de actividades recreativas, la total peatonalización de los “Corredores Gastronómicos” durante los días viernes de 17 hs hasta el domingo a las 23:30 hs, quedando suspendida durante dicho lapso la circulación en cualquier tipo de medio de transporte motorizado (automotor, motovehículo, bicimoto, etc). La presente disposición, será implementada a partir de la autorización a la reapertura de las actividades recreativas y gastronómicas según normativa vigente.



Artículo 5.- EL Departamento Ejecutivo promoverá el trabajo conjunto con los comerciantes frentistas que posean habilitación municipal de los “Corredores Gastronómicos”, para definir de manera particular  y específica el uso del espacio público, considerando sus características espaciales y la dinámica comercial preexistente.



Artículo 6.- Promuevase con carácter no excluyente, las siguientes medidas para potenciar los “Corredores Gastronómicos”:



Refuerzos en la iluminación de la vía pública mediante la instalación de focos bajo consumo.

Acondicionamiento de calles y veredas.

Instalación de mesas para gastronomía sobre el espacio público.

Presentación de espectáculos culturales con diversos lenguajes artísticos.

Espacios de intercambio o uso común al aire libre.



Artículo 7.- Será responsabilidad del Departamento Ejecutivo la realización de una limpieza de calles y veredas con camión hidrante sanitizante con al menos una hora de anticipación al inicio de la peatonalización. La limpieza posterior a la utilización del espacio público correrá a cargo de los permisionarios.



Artículo 8.- El Departamento Ejecutivo podrá  proponer la prórroga por otro año calendario de las disposiciones previstas en la presente ordenanza, mediante decreto ad referendum del Honorable Concejo Deliberante, en caso de que la situación sanitaria y económica se sostenga.



Artículo 9.- De forma, etc.





































































































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