Mar del Plata, 8 de Julio de 2020
Ref.
Sr. Presidente HCD
General Pueyrredon
Ariel Gerardo Martínez Bordaisco
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VISTO
La Ley Nacional 27551 de reforma al Código Civil y Comercial de la Nación en lo que respecta a los Contratos de Locación, y
CONSIDERANDO
Que teniendo en cuenta, la crisis habitacional que padecen casi 9 millones de hogares argentinos, sumado a los elevados costos del mercado de la construcción y el constante aumento del precio de los inmuebles han provocado un incremento en la demanda de alquileres con destino habitacional.
Que las estadísticas demuestran que muchas familias destinan al pago del alquiler el 50% de sus ingresos mensuales, además de los aumentos en las tarifas de los servicios públicos suscitados en los últimos 4 años, y que el nivel de los salarios siempre queda por debajo de la inflación.
Que de éste modo, los aumentos en los precios se han convertido en una variable fija y continua, generando un grave problema en nuestra sociedad, tornando necesario el aporte de una solución o al menos colaborar con ella.
Que es importante legislar el mercado inmobiliario, para asegurar la celebración de contratos de locación justos, evitando cláusulas abusivas y aumentos indiscriminados de precios especulativos.
Que el expedientes 1603/2018 de trámite por ante el Honorable Concejo Deliberante de General Pueyrredon se refiriere a la necesidad de Modificar el Código Civil y Comercial de la Nación en lo referido a la Ley de Alquileres.
Que como respuesta, el Senado de la Nación el pasado 11 de Junio, sancionó la “Ley Nacional de Alquileres” (27.551), promulgada el 30 de Junio en Boletín Oficial.
Que se establecen modificaciones al Código Civil y Comercial de la Nación en lo que respecta a los contratos de locación, destacándose, entre otras reformas, el incremento del plazo mínimo de locación, la fijación del procedimiento de actualización del precio de los contratos, la incorporación de distintos tipos de garantías que podrá ofrecer el locatario y la obligación de registrar todos los contratos ante la AFIP por parte del locador.
Que también crea el “Plan de Alquiler Social” adoptando medidas para facilitar el acceso a la vivienda digna, entre otros. Que la normativa entró en vigencia a partir del 1 de julio de 2020 y resulta aplicable a todos los contratos que se celebren a partir de esta.
Que por todo lo expuesto, el Bloque de Concejales del Frente de Todos, eleva a consideración el siguiente Proyecto de:
R E S O L U C I O N
ARTÍCULO 1º: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon expresa su Beneplácito por la sanción de la Ley Nacional 27.551 (Ley Nacional de alquileres) modificatoria de los artículos que refieren a los contratos de locación, dentro del Código Civil y Comercial de la Nación, mejorando la situación habitacional y las condiciones contractuales de aquellas personas que no poseen vivienda propia y se ven obligados a alquilar un inmueble.
ARTÍCULO 2°: Dese amplia difusión por todos los medios periodísticos del Partido.
ARTÍCULO 3°: Comuníquese.