Información de Expediente

2020 - E - 1708
Fecha de Entrada: 13/08/2020
Carátula: Proyecto de ORDENANZA
Iniciador: UNION CIVICA RADICAL
Autor: CJAL. ROMERO MARIANELA
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 14/01/2021
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Ordenanza
Declarando el 27 de setiembre de cada año como " Día del Derecho de la Niñez a Jugar", con el propósito de promover el derecho de los niños y niñas al esparcimiento, al juego y a las actividades recreativas propias de su edad.

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
19039 01/10/2020

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
043 CALIDAD DE VIDA Y SALUD PUBLICA 18/08/2020 26/08/2020 aprobado
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 26/08/2020 01/10/2020 s/tablas
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto



                                                                              Mar del Plata,     de agosto de 2020.-





        Sr. Presidente del


       Honorable Concejo Deliberante


       Partido de General Pueyrredon


       Cjal. Ariel Martínez Bordaisco


       S / D



VISTO:


                 El derecho de la niñez al juego, reconocido por el Artículo 31 de la Convención sobre los Derechos del Niño.


CONSIDERANDO:


                 Que la Convención sobre los Derechos del Niño en su Artículo 31 inc. 1) reconoce el derecho delos niños y las niñas al descanso y el esparcimiento, al juego y a las actividades recreativas propias de su edad y a participar libremente en la vida cultural y en las artes.


                 Que la Convención sobre los Derechos del Niño fue ratificada por la Argentina el día 27 de septiembre de 1990.


                 Que el juego, las actividades lúdicas, los períodos de diversión y el disfrute deben formar parte de toda infancia.


                 Que, a través del juego, los niños y las niñas investigan, conocen, aprenden a relacionarse con el mundo y con sus pares. El juego posibilita la comunicación y el aprendizaje, favoreciendo los vínculos interpersonales y grupales y la exploración del mundo que los rodea.


                 Que, mediante la actividad lúdica, los niños y las niñas incorporan no solo habilidades y saberes, sino también valores como la solidaridad, el compañerismo y la relación con los demás.


                 Que, lamentablemente, un gran número de niños y niñas por distintos motivos económicos, sociales y/o familiares se ven privados del derecho a jugar, siendo alejados de la diversión propia de su edad.





                 Que los Estados Partes de la Convención sobre los Derechos del Niño deben adoptar todas las medidas administrativas y legislativas necesarias para dar efectividad a los derechos en ella reconocidos.


                 Que el Municipio debe, dentro de sus competencias constitucionales, realizar todas las medidas apropiadas para garantizar el respeto de los derechos de la niñez.


                 Que resulta necesario generar acciones de promoción y concientización sobre el derecho de la niñez a jugar.


                 Que, en consonancia con la fecha de ratificación por la Argentina de la Convención sobre los Derechos del Niño, se propone establecer, en el ámbito del Partido de General Pueyrredon, el 27 de septiembre de cada año como “Día del Derecho de la Niñez a Jugar”


                 Por ello, el Bloque de la Unión Cívica Radical propone el siguiente proyecto de:



ORDENANZA





Artículo 1º.-  Declárese el 27 de septiembre de cada año como “Día del Derecho de la Niñez a Jugar”, con el propósito de promover el derecho de niños y niñas al esparcimiento, al juego y a las actividades recreativas propias de su edad.


Artículo 2º.- Comuníquese, etc.-






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                                       BLOQUE UNIÓN CÍVICA RADICAL






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