Información de Expediente

2022 - E - 1012
Fecha de Entrada: 04/01/2022
Carátula: Proyecto de Comunicación
Iniciador: CONCEJAL
Autor: CJAL. ROMERO MARIANELA
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTO DE CONCEJAL
Estado: COMUNICACIONES A LA ESPERA DE RESPUESTA
Desde: 05/05/2022
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Comunicación
Solicitando a la Legislatura de la Pcia. de Bs. As. evalúe la posibilidad de adaptar los reglamentos internos de las H. Cámaras que lo componen a fin de eliminar la terminología sexista que invisibiliza a mujeres y diversidades.

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
C-5984 21/04/2022

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
055 POLITÍCAS DE GÉNERO, MUJER Y DIVERSIDAD 06/01/2022 03/03/2022 Aprobado
047 LEGISLACIÓN, INTERPRETACIÓN, REGLAMENTO 03/03/2022 11/04/2022 aprobado
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto


                                                       Mar del Plata, 03 de enero de 2021.-






Sra. Presidenta del Honorable Concejo Deliberante



Partido de General Pueyrredon



Cjala. Marina Sánchez Herrero



S / D







              VISTO la invisibilización de la mujer y diversidades que se produce a través de la práctica tradicional del lenguaje y su escritura;



CONSIDERANDO:



                 Que el lenguaje humano se ha formado en el seno de la sociedad y podemos definirlo como la capacidad de comunicarse con los demás mediante signos orales o escritos, siendo así un producto social e histórico que influye en la percepción de la realidad;



                 Que, como tal, el lenguaje influye en la forma en la que una sociedad se percibe a sí misma, por lo que es natural su transformación a lo largo del tiempo;



                 Que al decir de la investigadora catalana Eulalia Lledó “la lengua, además de expresar realidad, la estructura”, que condiciona y limita el pensamiento, la imaginación y el desarrollo social y cultural, de este modo, resulta fundamental ampliar y flexibilizar el lenguaje para lograr que nombre las nuevas realidades;



                 Que las personas o cosas que no se nombran permanecen como telones de fondo, ocultas, en cambio al denominarlas resaltamos su existencia, su individualidad y afirmamos su singularidad;



                 Que este proceso de reconocimiento a través de la palabra no solo trasluce las representaciones de la realidad que tiene una cultura, sino que influye en la estima y poder de las distintas colectividades e individuos;



                 Que en el ámbito de la labor legislativa, al referirse solo a los Sres. Senadores y Sres. Diputados, como ha sucedido durante mucho tiempo y cómo está plasmado en la redacción de los reglamentos internos de ambas Cámaras, se está negando la existencia de las mujeres que ejercen el cargo en supuesta igualdad con nuestros pares hombres, induciendo a un menor reconocimiento y confianza hacía las capacidades de cada una;



                 Que en palabras de la sociolingüista feminista Mercedes Bengoechea Bartolomé, los “usos sexistas forman parte de la estructura patriarcal de las lenguas. Y contra esos usos sexistas con mayúsculas sigue siendo imprescindible reivindicar los usos que se conocen como ‘lenguaje no sexista’. Para las mujeres son necesarios como instrumento de afirmación del Yo femenino, y, para los hombres, como fórmula de reconocimiento de la alteridad, de la diferencia; sin fórmulas anti-sexistas, las mujeres desaparecemos en la lengua y los hombres acaban olvidando nuestra existencia”;



                 Que la Constitución de la Provincia de Buenos Aires reza en su artículo 11º que “La Provincia no admite distinciones, discriminaciones ni privilegios por razones de sexo, raza, religión, nacionalidad, lengua, ideología, opinión, enfermedades de riesgo, características físicas o cualquier otra condición amparada por las normas constitucionales”, receptando allí el principio de la no discriminación;



                 Que, ya la Convención Nacional Constituyente del año 1994 refería a la discriminación hacía la mujer que se ejerce con el uso del lenguaje común al decir: “Es un derecho inalienable el poder nombrar y ser nombrado y nombrada con respeto a la propia identidad. Cuando el lenguaje común, universaliza el masculino como patrón para abarcar toda la realidad, expresa a través de la lengua el estado de discriminación de la mujer”;



                 Que es importante mencionar que las recomendaciones acerca de un uso no sexista de la lengua son tenidos en cuenta a nivel internacional desde hace varias décadas, contando numerosas organizaciones con procedimientos que evitan la discriminación en el lenguaje, como la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y los organismos multilaterales de crédito, como el Banco Mundial (BM) o el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), entre otros;



                 Que existen antecedentes mundiales de las exigencias de eliminación del sexismo lingüístico como la Resolución 14.1 -aprobada por la Conferencia General de la UNESCO en su 24ª Reunión, apartado 1), segundo párrafo, de 1987- que recomienda evitar el empleo de términos que se refieren a un solo sexo, salvo si se trata de medidas positivas a favor de la mujer; la Resolución 109 -aprobada por la Conferencia General de la UNESCO en su 25ª Reunión, parte dispositiva, tercer párrafo, de 1989- en la que se recomienda, a su vez, promover la utilización del lenguaje no sexista por los Estados miembros; las Recomendaciones para un uso no sexista del lenguaje del Servicio de Lenguas y Documentos de la UNESCO, de 1990; entre otros;



                 Que en varios países del mundo ya existen iniciativas como la que se propone en el presente proyecto, tal es el caso de Chile y España, herramienta también presente en nuestro país en el ámbito de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, donde se trabajó y presentó la Guía para el Uso del Lenguaje Igualitario, sirviendo estos casos de ejemplo y referencia para la realización de la herramienta local;



                 Que, sin lugar a dudas la participación de las mujeres y diversidades en la vida pública actual y los roles que ha ido asumiendo a través del tiempo tienen grandes repercusiones en el lenguaje, por lo que no podemos dejar de rever los hábitos lingüísticos, debiendo de manera voluntaria contribuir a eliminar los rasgos sexistas  en el lenguaje y paulatinamente enriquecer el idioma con nuevos términos y nuevas expresiones, como así también utilizar antiguos términos, esforzándonos en la búsqueda de sinónimos o frases que remplacen la terminología sexista y hagan más cara y precisa la comunicación;



                 Que en el ámbito del Partido de General Pueyrredon en julio del 2020 se sancionó la Ordenanza n° 24.818 con el objeto de “erradicar las expresiones de lenguaje sexista de toda comunicación oficial como así también de textos oficiales, garantizando la igualdad de derechos, oportunidades y trato entre las personas, promoviendo la utilización de un lenguaje no sexista e inclusivo que tenga en cuenta la presencia, la situación y el rol de las mujeres y diversidades en la sociedad, tal como ocurre con los varones en la práctica lingüística actual”;



                 Que, asimismo y en virtud de los dispuesto en la Ordenanza mencionada, en enero del 2021 se modificó el Reglamento Interno del Honorable Concejo Deliberante, adaptando su terminología mediante la eliminación de los términos en género únicamente masculino que existían e incorporando cómo artículo 29 el requerimiento de que en la redacción de los proyectos se deberá evitar “la utilización de expresiones de lenguaje sexista, garantizando la igualdad de derechos, oportunidades y trato entre las personas…”;



                 Que frente a lo expuesto, se observa la necesidad de que los Reglamentos Internos de las Honorables Cámaras que componen la Legislatura Provincial se adapten los requerimientos de la sociedad actual;



                 Por todo lo expuesto, el Bloque de la Unión Cívica Radical propone los siguientes proyectos de:






COMUNICACIÓN



Artículo 1º.- El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon solicita a la Legislatura de la Provincia de Buenos Aires evalué la posibilidad de adaptar los reglamentos internos de las Honorables Cámaras que lo componen a los fines de eliminar la terminología sexista que invisibiliza a mujeres y diversidades.-



Artículo 2°.-  Asimismo se solicita se evalué la posibilidad de la incorporación de requerimientos específicos para que la redacción de los proyectos presentados se realice con un lenguaje igualitario y no sexista y la creación de Guías de Uso de dicho lenguaje.-



Artículo 3°.- De forma.-





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                                       BLOQUE UNIÓN CÍVICA RADICAL






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