Información de Expediente

2022 - E - 1050
Fecha de Entrada: 12/01/2022
Carátula: Proyecto de Comunicación
Iniciador: FRENTE DE TODOS
Autor:
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: AGREGADO A OTRO EXP. Y/O NOTA
Desde: 24/02/2022
Agregado a: 2022 - N - 2 - 0 - 0
Observaciones: la digitalización se encuentra en la nota 2-np-2022
Proyecto 1: Comunicación
Solicitando al DE, deje sin efecto la Resolución Nº 2301/21 de la Sec. de Gobierno, la cual obliga a los taxistas a prestar servicio rotativo obligatorio de ocho horas y la imposición del botón antipánico que deberán colocar en los vehículos.

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
053 SEGURIDAD PÚBLICA Y PROTECCIÓN DE LA COMUNIDAD 13/01/2022
050 MOVILIDAD URBANA
047 LEGISLACIÓN, INTERPRETACIÓN, REGLAMENTO
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto

Mar del Plata, 12 de enero de 2022


A la presidenta del


H. Concejo Deliberante


Sra.  Marina Sánchez Herrero


S------------/------------D





VISTO:


      La Resolución 2301/2021





CONSIDERANDO:



     Que dicha resolución fue dictada con fecha 22 de diciembre de 2021 por la Secretaría de Gobierno.


     Que la resolución impone a las licencias de taxis a prestar servicio en turnos rotativos y obligatorios, invocando la Ordenanza 4471


     Que les impone adquirir un botón antipánico, en un plazo de 30 días a partir de ser notificados de la resolución en cuestión, bajo apercibimiento de aplicación de sanciones legales.


     Que la Ordenanza mencionada jamás fue instrumentada durante los años de democracia hasta la fecha, tornándose inexigible por el transcurso del tiempo y los derechos adquiridos generados a favor de los licenciatarios de taxis.


     Que en este sentido quedaría sin efecto la aplicación de los artículos 1º a 4º inclusive de la resolución.


     Que el artículo 5º de la resolución obliga a adquirir a costa de los titulares de licencias de taxis un botón antipánico.


     Que el artículo 2º de la Ordenanza 22140 aún vigente, que modifica la Ordenanza 19099, la cual fue modificatoria de la Ordenanza 4471, establece que las empresas prestatarias del servicio de sistema geo posicionamiento satelital y seguimiento de flotas vehiculares facilitarán la provisión e instalación en forma gratuita, a través de una única contraprestación a cargo de los licenciatarios el pago de un abono mensual por el mantenimiento de la prestación.


     Que por dicho antecedente no se le puede exigir al titular de licencia de taxi que asuma el costo de la adquisición del sistema antipánico que debe instrumentarse mediante la instalación de un sistema GPS. 


     Que, según los taxistas, si hay una falta de oferta de servicio nocturno, está directamente relacionado a la falta de seguridad para los trabajadores del sector.


     Que es el gobierno municipal quien debe procurar la reactivación y promoción del servicio de taxi durante la mejor temporada después de una crisis económica y sanitaria.


     Que el gobierno municipal es quien debe garantizar la instalación de los botones antipánicos a aquellos taxistas que así lo soliciten, como hicieron con otros sectores productivos de la ciudad.



     Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejalas y Concejales del Frente de Todos eleva el siguiente proyecto de:







COMUNICACIÓN


      Artículo 1º.- El Honorable Concejo Deliberante le solicita al Departamento Ejecutivo que deje sin efecto la Resolución Nº 2301/21 de la Secretaría de Gobierno, la cual obliga a los taxistas a prestar servicio rotativo obligatorio de ocho (8) horas y la imposición de la adquisición de un botón antipánico que deberá colocarse de manera permanente y obligatoria en el vehículo.




      Artículo 2º.- Asimismo se solicita al Departamento Ejecutivo que gestione a través de la Secretaría de Seguridad un circuito de paradas seguras que compense o reemplace la obligación de la colocación de botones de antipánico, garantizando una mayor tranquilidad al sector para desempeñarse en los horarios nocturnos.



      Artículo 3°.- Comuníquese, etc.

















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