Información de Expediente

2022 - E - 1586
Fecha de Entrada: 04/07/2022
Carátula: Proyecto de Ordenanza
Iniciador: UNION CIVICA RADICAL
Autor: CJAL. ROMERO MARIANELA
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: GIRADO A COMISION
Desde: 06/07/2022
Agregado a:
Observaciones:

Antecedentes

Tipo Número Digito Año Cuerpo Alcance Anexo Observaciones
G 203264 0 2024 0 0 0 NO-2024-00203264-MUNIMDP-DA#SLTH
Proyecto 1: Ordenanza
Modificando los arts.1 º y 5º y derogando el art. 7º de la Ordenanza Nº 21260. ref, estacionamiento vehicular.

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
050 MOVILIDAD URBANA 06/07/2022
047 LEGISLACIÓN, INTERPRETACIÓN, REGLAMENTO
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto


Mar del Plata, 30 de junio de 2022.-





Sra. Presidente del Honorable Concejo Deliberante

Partido de General Pueyrredon

Cjal. Marina Sánchez Herrero

S / D



Visto el Decreto de Presidencia del Honorable Concejo Deliberante N° 370/20 y la Ordenanza N° 24968 y;






Considerando:



Que dicho Decreto modifica los recorridos de las líneas pertenecientes al servicio de transporte público de pasajeros que circulan por la calle Belgrano, desde su intersección con la calle Santiago del Estero hasta la Avenida Patricio Peralta Ramos.



Que esto se hizo necesario a fin de brindar un adecuado acompañamiento a las decisiones adoptadas a través del Decreto N° 1776/2020 del Departamento Ejecutivo y la Ordenanza N° 24859, mediante las cuales se aprobó el “Protocolo Comemos Afuera” para el funcionamiento de los locales gastronómicos al aire libre en espacios públicos y el Programa “Corredores Gastronómicos”.



Que para la peatonalización de la calle Belgrano, por la que circulaban numerosas líneas de transporte público colectivo de pasajeros, se hizo necesario el cambio de recorridos para evitar la congestión vehicular de la zona.



Que por Ordenanza N° 21260 se prohíbe actualmente en la calle Belgrano el estacionamiento sobre mano derecha en el sentido de circulación desde Hipólito Yrigoyen hasta Buenos Aires.



Que esta prohibición pierde sentido en la actualidad ya que originalmente estuvo motivada por la presencia de numerosas paradas de distintas líneas de colectivo a lo largo de toda la traza mencionada, por lo que se propone eliminar este sector de la Ordenanza N° 21260, lo que además permitiría aumentar la cantidad de espacios para estacionamiento en el área centro.



Que resulta necesario además actualizar la Ordenanza N° 21260, mediante la cual se establece la prohibición de estacionamiento vehicular en distintos lugares de la ciudad, debido a cambios sucedidos en los últimos años como consecuencia del aumento del parque automotor a un ritmo tal que hace inminente la necesidad de ampliar las zonas de estacionamiento, sobre todo en sectores de alta concentración y circulación vehicular, donde además el uso y costumbre de los conductores ha legitimado el estacionamiento en ciertos lugares donde estaba prohibido. También se actualizan denominaciones de calles modificadas por ordenanzas.



Que el Paseo Dr. Celso Aldao pasó a llamarse Guardavida Guillermo Volpe mediante Decreto de Presidencia del Honorable Concejo Deliberante N° 107/21.



Que la prohibición en calle Lamadrid entre Avenida Colon y Avenida Patricio Peralta Ramos, en ambas aceras, resulta impracticable por la modificación en los usos y costumbres de los conductores, al igual que la prohibición en ambas aceras de la calle Sarmiento entre Alberti y Avenida Patricio Peralta Ramos. Lo mismo ocurre en Avenida Luro, acera derecha en el sentido de circulación, desde Avenida Independencia hasta Hipólito Yrigoyen, desde San Luis hasta Santiago del Estero y desde Entre Ríos hasta Buenos Aires. También se refleja en lo que ocurre en calle Córdoba, ambas aceras, entre Rivadavia y Avenida Luro, calle Mitre, acera derecha en el sentido de circulación, desde calle San Martín a Avenida Colón, y en calle Santa Fe, acera derecha en el sentido de circulación, desde Avenida Colón hasta Diagonal Alberdi Norte.



Que a efectos de ordenar la normativa se elimina el artículo 7° para incluirlo en el artículo 1°, agregando la prohibición de estacionamiento las 24 horas en la calle Alem entre Almafuerte y Avenida Juan B. Justo, en la calzada derecha en sentido de circulación sur a norte, y entre calle O´Higgins y Avenida Juan B. Justo en sentido de circulación norte a sur.



Que es necesario eliminar el inciso “c” del artículo 5°, el cual destinaba para estacionamiento de vehículos afectados al uso oficial la acera izquierda en el sentido de circulación de la calle San Martín entre La Rioja e Hipólito Yrigoyen.



Por todo lo expuesto el Bloque de Concejales de la Unión Cívica Radical propone el siguiente proyecto de:






ORDENANZA






Artículo N° 1. – Modifíquese el artículo 1° de la Ordenanza N° 21260 el cual quedará redactado de la siguiente manera:



       “Artículo 1º.- Prohíbese el estacionamiento de vehículos, en el horario de 7 a 24, en las calles que se enumeran a continuación:



       a) Junto a ambas aceras:



       - CORRIENTES, desde 9 de Julio hasta Avenida Pedro Luro.



       - 25 DE MAYO, desde Catamarca hasta Avenida Independencia.



       - BELGRANO, desde Avda. Patricio Peralta Ramos hasta Buenos Aires.



       - MORENO, desde Avda. Patricio Peralta Ramos hasta Buenos Aires.



       - AVDA. DE LOS TRABAJADORES, desde su comienzo en la Avda. Patricio Peralta Ramos hasta Avenida Juan B. Justo.



       - PASEO JESÚS DE GALÍNDEZ, desde el acceso a la playa de estacionamiento hasta la Avda. Patricio Peralta Ramos.



       - Calle Guardavida Guillermo Volpe entre Av. De los Trabajadores y la prolongación de la Escollera Norte.



       - PASEO COSTANERO DEL SUD PRESIDENTE ARTURO UMBERTO ILLIA y su continuación AVDA. DE LOS TRABAJADORES, calzada sur a norte, desde Diagonal Vélez Sarsfield hasta calle Valentín Vergara.



       - AVDA. DE LOS TRABAJADORES, calzada norte a sur, desde S. de Arana y Goiri hasta Pedro Aráoz.



       - CALLE Colectora de balnearios del Complejo Punta Mogotes, en toda su extensión, incluidos sus accesos.



       - CÓRDOBA, desde Avda. Juan B. Justo hasta Azcuénaga.



       - BOLÍVAR, desde Buenos Aires a Entre Ríos.



       b) Junto a la acera izquierda en el sentido de circulación



       - SALTA, desde 25 de Mayo hasta Avenida Pedro Luro.



       - MORENO, desde Catamarca hasta Avenida Independencia.



       - LAMADRID, desde Avda. Colón hasta Avda. Patricio Peralta Ramos.



       - PATRICIO PERALTA RAMOS, desde Avda. Luro hasta Juan B. Alberdi.



       - SAN JUAN, desde San Martín hasta Avda. Luro.



       - PASEO JESÚS DE GALÍNDEZ, desde el Torreón hasta el acceso a la playa de estacionamiento.



       - AVDA. DE LOS TRABAJADORES y su continuación PASEO COSTANERO DEL SUD PRESIDENTE ARTURO UMBERTO ILLIA calzada de norte a sur, desde V. Vergara hasta S. de Arana y Goiri, y desde Pedro Aráoz hasta Diagonal Vélez Sarsfield.



       c) Junto a la acera derecha en el sentido de circulación:



       - Avenida Luro, desde Hipólito Yrigoyen hasta San Luis.



       - Avenida Luro, desde Santiago del Estero hasta Entre Ríos.



       - 12 DE OCTUBRE, desde Avda. de los Trabajadores hasta Padre Dutto.



       - FUNES, desde Roca hasta 20 metros hacia el norte.



       - BOLÍVAR, desde Entre Ríos a Corrientes.







       Prohíbese el estacionamiento de vehículos durante las 24 horas en las calles que se enumeran a continuación:



       Junto a ambas aceras



       - BUENOS AIRES, desde San Martín hasta la Avda. Colón



       - LA RIOJA, desde Avda. Luro hasta Belgrano (prohibido estacionar y detenerse)



       - CENTENARIO.



       - 9 DE JULIO entre Misiones y la Avda. Jara, micros de larga distancia (prohibido estacionar ni detenerse con el motor en marcha).



       Junto a la acera derecha en el sentido de circulación



       - AVDA. PATRICIO PERALTA RAMOS entre Avda. Luro y San Martín



       - URQUIZA (números impares, calzada adyacente al Parque Primavesi) entre las calles Almafuerte y Avda. Paso.



       - Córdoba, desde San Martín a Avenida Luro



       - DIAGONAL ALBERDI SUR, desde Adolfo E. Dávila hasta Mitre.



       - Diagonal ALBERDI NORTE, en toda su extensión.



       - AVDA. LURO, desde Mitre a H. Yrigoyen.



       - PASEO JESÚS DE GALÍNDEZ, acceso Cabo Corrientes hasta Centenario.



       - SAN JUAN, entre Avda. Luro y 9 de Julio.



       - ROJAS, entre la calle Valencia y la Avda. Constitución.



       - 9 DE JULIO entre Misiones y Don Bosco.



       - BELISARIO ROLDÁN entre Florisbelo Acosta y Avda. Constitución.



       - Alem entre Avenida Juan B. Justo y Almafuerte, en sentido sur a norte.



       - Alem entre O´Higgins y Avenida Juan B. Justo, en sentido norte a sur.



       Junto a la acera izquierda en el sentido de circulación



       - AVDA. PATRICIO PERALTA RAMOS entre las calles San Martín y Belgrano



       - LA RIOJA entre 25 de Mayo y Avda. Luro.



       - LA RIOJA entre Belgrano y Avda. Colón.



       - SAN JUAN, entre Avda. Luro y 9 de Julio.



        - ALVARADO, entre San Santiago del Estero y Santa Fe.”







Artículo N° 2. – Modifíquese el artículo N° 5 de la Ordenanza N° 21260 el cual quedará redactado de la siguiente manera:



        Artículo 5º.- Destínase para estacionamiento de vehículos afectados al uso oficial, los siguientes lugares:



        a) Junto a ambas aceras:



         - HIPÓLITO YRIGOYEN, desde San Martín hasta Avenida Luro



        b) Junto a la acera derecha en el sentido de circulación



        - AVDA. PATRICIO PERALTA RAMOS, desde Sarmiento hasta Arenales.



        - AVDA. PATRICIO PERALTA RAMOS, desde Moreno hasta la finalización del edificio Casino.



        c) Junto a la acera de los números pares



        - Avda. LURO, desde La Rioja hasta Hipólito Yrigoyen



        d) Junto al cordón de la acera de las dependencias municipales externas al Palacio, sin exceder las medidas del frente de los respectivos edificios y durante el horario de funcionamiento.






Artículo N° 3. – Derógase el artículo 7º de la Ordenanza Nº 21.260.






Artículo 4°. - De forma.














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