Información de Expediente

2023 - E - 1425
Fecha de Entrada: 03/08/2023
Carátula: PROYECTO DE ORDENANZA
Iniciador: UNION POR LA PATRIA
Autor: CJAL. CUESTA MARIANA
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: PROMULGADO
Desde: 30/01/2024
Agregado a:
Observaciones:

Antecedentes

Tipo Número Digito Año Cuerpo Alcance Anexo Observaciones
G 485817 0 2023 0 0 0 EX-2023-00485817- -MUNIMDP-DA#SG
G 617741 0 2023 0 0 0 EX-2023-00617741- -MUNIMDP-DA#SG
Proyecto 1: Ordenanza
Implementando en el Partido de General Pueyrredon, una campaña preventiva, dirigida a las y los adolescentes sobre los riesgos del juego con apuestas online.

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
O-20335 18/01/2024 26211 30/01/2024

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
049 EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA E INVESTIGACIÓN 03/08/2023 14/11/2023 APROBADO
048 SALUD COMUNITARIA Y DESARROLLO HUMANO 14/11/2023 29/12/2023 Aprobado
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto


Mar del Plata, 3 de Agosto de 2023



A la Presidenta del



Honorable Concejo Deliberante



Sra. Marina Sánchez Herrero



S----------------/------------------D



VISTO:



El creciente problema del juego con apuestas online entre adolescentes en nuestro municipio, y;



CONSIDERANDO:



Que el juego con apuestas online se ha convertido en una preocupación creciente debido a su accesibilidad y atractivo para los jóvenes.



Que los adolescentes son especialmente vulnerables a los riesgos asociados con el juego, incluyendo la adicción, el endeudamiento y los problemas de salud mental.



Que el avance de las plataformas tecnológicas y la transformación de los hábitos digitales durante la pandemia han contribuido en gran medida a esta expansión, volviendo el juego con apuestas online más accesible y atractivo para los jóvenes.



Que según sostuvo Jimena Golender, titular de laFundación de Ludopatía Infanto Juvenil (FINJU), con sede en San Juan “en los últimos años se registró un aumento de casos, ya que se está disfrazando primero el tema de los videojuegos con ludopatía adulta, después se disfrazó con ludopatía infantil juvenil y ahora está creciendo todo este fenómeno que genera el casino online”.



Que, asimismo, para Verónica Mora Dubuc, psiquiatra e integrante de la Asociación de Psiquiatras Argentinos (APSA), "el juego de apuestas es un estímulo que varía de persona a persona, que va desde el placer de la diversión hasta necesidades muy básicas sustentadas en un pensamiento mágico y mesiánico de que con esto 'me voy a salvar'".



Que según la consultora internacional Research and Markets, se prevé que el mercado de los juegos de azar online crecerá un 18% en los próximos seis años en América Latina, lo que indica una expansión significativa de esta actividad en la región.



Que es una preocupación creciente que comienza  a plasmarse en distintos medios periodísticos en nuestro país, como por ejemplo en nota publicada el 25 de Marzo de 2023 en el Diario Perfil (https://noticias.perfil.com/noticias/informacion-general/peligro-cada-vez-mas-chicos-participan-de-juegos-de-azar-online.phtml)



Que es necesario implementar una campaña preventiva dirigida a los adolescentes con el objetivo de concienciarlos sobre los riesgos del juego con apuestas online y brindarles información adecuada.



Que en otros países ya existen programas para prevenir la ciberludopatía infantil, promoviendo tanto regulaciones como marcos normativos sobre la temática.



Que la comuna de Madrid publicó en 2021 una guía práctica para la prevención del trastorno de juego de azar realizado por el Instituto de Adicciones de Madrid Salud (https://copcantabria.es/wp-content/uploads/2022/01/ebook-prevencion-juegos-azar-ms-a1-2.pdf)



Que, en la República Argentina, a través de una ordenanza municipal, la ciudad de Córdoba capital, dispuso quedar excluida de la ley provincial que permite los juegos online en la provincia.



Que por otra parte, según informó la Agencia Télam el pasado 8 de abril del corriente, “especialistas en salud mental y de la Defensoría del Pueblo y la Lotería de la Provincia de Buenos Aires advirtieron sobre el crecimiento entre los jóvenes de las apuestas online, especialmente las deportivas, un fenómeno novedoso relacionado a la crisis económica, la hiperconectividad y el aumento de la publicidad en medios de comunicación, donde "la promesa de ganancias importantes es un factor muy atractivo para jugar".



Que Juan Gossen, director de la Defensoría del Pueblo bonaerense e integrante del Observatorio de Adicciones y Consumos Problemáticos del organismo, afirmó a Télam, que "en el último año hemos detectado la aparición de consultas de jóvenes con problemas de juego compulsivo".



Que es responsabilidad de las autoridades municipales velar por el bienestar y la protección de los jóvenes de nuestra comunidad.



Que el Honorable Concejo Deliberante del Municipio de General Pueyrredon tiene el deber de promover el bienestar de sus ciudadanos, especialmente de los jóvenes, previniendo aquellos problemas sociales que los afecten.


Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejalas y Concejales de Unión por la Patria eleva el siguiente proyecto de:


ORDENANZA



Artículo 1º.-Impleméntese en el Partido de General Pueyrredon, una campaña preventiva, dirigida a las y los adolescentes sobre los riesgos del juego con apuestas online.



Artículo 2º.-La campaña deberá incluir, entre otros elementos:



a) Difusión de material que destaque los peligros,así como las consecuencias negativas del juego con apuestas online.



b) Realización de charlas y talleres en las escuelas secundarias del municipio, con la participación tanto de profesionales como expertos en adicciones y salud mental.



c) Articulación colaborativa con organizaciones locales especializadas en la prevención y tratamiento de la ludopatía.



d) Promoción de actividades alternativas saludables y recreativas para los adolescentes, fomentando el desarrollo de habilidades además de la participación en actividades sociales y deportivas.



Artículo 3º.-El Departamento Ejecutivo Municipal deberá coordinar y asignar los recursos necesarios para la implementación y difusión de la campaña, en colaboración con las áreas competentes.



Artículo 4º.-Dispóngase como autoridad de aplicación de la presente, a la Subsecretaría de Comunicación, en coordinación con la Secretaría de Educación del Municipio de General Pueyrredon.



Artículo 5º.-De forma.




AUTORIA:












ADHERENTES:


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