Información de Expediente

2024 - E - 1055
Fecha de Entrada: 16/01/2024
Carátula: PROYECTO DE COMUNICACIÓN
Iniciador: UNION POR LA PATRIA
Autor: CJAL. CUESTA MARIANA
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: GIRADO A COMISION
Desde: 16/01/2024
Agregado a:
Observaciones:

Antecedentes

Tipo Número Digito Año Cuerpo Alcance Anexo Observaciones
G 77316 0 2024 0 0 0 EX-2024-00077316- -MUNIMDP-DA#SLTH
Proyecto 1: Comunicación
Solicitando al Departamento Ejecutivo gestione en las zonas costeras de la ciudad de Mar del Plata: señalética vertical, iluminación, colocación de baldosas podotactiles y demarcación lineal del espacio.

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
053 SEGURIDAD PÚBLICA Y PROTECCIÓN DE LA COMUNIDAD 16/01/2024 01/02/2024 Aprobado
056 OBRAS Y PLANEAMIENTO 01/02/2024
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto
Mar del Plata, 16 de enero de 2024


A la Presidenta del


Honorable Concejo Deliberante


Sra. Marina Sánchez Herrero


S----------------/------------------D


VISTO:


La falta de la debida señalización preventiva en áreas costeras de la Ciudad de Mar del Plata. Y;


CONSIDERANDO:


Que la señalética turística resuelve con un lenguaje claro y preciso, los problemas de información y orientación de los visitantes.


Que la señalización constituye una forma de guía para el individuo en un lugar determinado, que llama discretamente su atención y da la información requerida en forma instantánea y universal.


Que además de la ubicación de la señal, resulta importante que la misma sea legible en el contexto y la separación del entorno para no interferir con él pero sí identificarlo.


Que asimismo se debe tener en cuenta criterios de anticipación suficiente para su eficacia, determinando la distancia ideal para una buena legibilidad y la utilización de una tipografía normalizada para la rotulación de letreros y señales.


Que en los últimos años se han producido enormes e importantes transformaciones en el ámbito de la comunicación.


Que los medios han cambiado de manera radical y las formas de lectura lo han hecho a la par.


Que las nuevas tecnologías mutan constantemente, su disponibilidad se vuelve masiva y condiciona –a la vez que amplía– las formas de acceder a los contenidos.


Que el abordaje de la información se torna cada vez más visual, los tiempos dedicados a la lectura de contenidos son mucho más breves e inmediatos, la contaminación y la competencia visual se hacen cada vez más intensas.


Que cuando se modifican los soportes de la información se transforman también los patrones culturales que hacen a nuestra forma de comunicarnos, de leer, de trabajar, de relacionarnos, de vivir.


Que un sistema de comunicación exitoso debe tener en consideración una multitud de factores relacionados con el ser humano, su comportamiento, el procesamiento de la información y el medio ambiente en el que está situado, es decir, debe tomar en cuenta las necesidades del usuario en todas su dimensiones.


Que existen otras formas de identificación de los espacios, tales como luces en el piso, líneas que demarquen límites de seguridad y baldosas podotáctiles.


Que existen antecedentes recientes que dan cuenta de la problemática, como por ejemplo la demanda por daños y perjuicios elevada por Leonel Dominguez contra la Municipalidad de General Pueyrredon que tramita en el Juzgado Contencioso Administrativo Nº 1


Que el siniestro que motiva el pleito judicial ocurrió el 11 de noviembre de 2020.


Que la caída se produjo en horas del mediodía, cuando el demandante se apoyó sobre una de las piedras divisoras del paseo costero para lanzar su línea de pesca.


Que en ese momento, la piedra cedió y entonces el pescador cayó desde 2 metros de altura aproximadamente.


Que según publicara el periodista de la ciudad Bruno Perrone, Dominguez estuvo varios días inconsciente y como resultado del accidente “(…) sufrió lesiones en el tronco, fractura de miembros superiores y otros golpes en los miembros inferiores, con desgarro de los cuádriceps del muslo derecho, además de escoriaciones en rostro y labios”.


Que el demandante insiste en que el municipio tiene una “responsabilidad objetiva” por el hecho, por lo que exigió una reparación económica que asciende a $17.327.609, en concepto de daño emergente, lucro cesante y daño moral.


Que el juzgado interviniente declaró la admisibilidad de la demanda por la cual aún se espera respuesta de las autoridades municipales.


Que el hecho acaecido además de poner en peligro a un ciudadano del Partido de General Pueyrredon, expone a la Municipalidad al posible pago de un resarcimiento económico así como de los costos legales del proceso.


Que además del control preventivo sobre el espacio público, la instalación de señalética apropiada es una de las herramientas que poseen las autoridades para garantizar la salud de quienes transitan las áreas costeras.


Que el Honorable Concejo Deliberante tiene el deber primordial de velar por la protección y seguridad de los vecinos, así como la obligación de salvaguardar el patrimonio y las arcas del Municipio.


Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejalas y Concejales de Unión por la Patria eleva el siguiente proyecto de:


COMUNICACIÓN


Artículo 1º.- El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon le solicita al Departamento Ejecutivo que a través del Ente Municipal de Vialidad (EMVIAL) gestione para el área costera del Municipio:


a)  Senalética vertical indicando precaución, principalmente en aquellos espacios dónde se realiza pesca artesanal y/o deportiva.


b)  Iluminación a través de balizas colocadas en el suelo, marcando el espacio permitido para circular.


c)  Colocación de baldosas podotactiles.


d)  Demarcación lineal del espacio a través de una pintura que indique el límite de seguridad para los transeúntes.


Artículo 2º.- Comuníquese, etc.


AUTORIA:


ADHERENTES:


[C:\Users\documentos\Desktop\Unión_por_la_Patria_logo_completo largo MDP BATAN izq.png]

 Volver