Información de Expediente

2024 - E - 1268
Fecha de Entrada: 06/03/2024
Carátula: Proyecto de COMUNICACIÓN
Iniciador: UNION POR LA PATRIA
Autor: CJAL. GARCIA DIEGO ALEJANDRO SEBASTIAN
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: GIRADO A COMISION
Desde: 06/03/2024
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Comunicación
Solicitando al Departamento Ejecutivo, tenga a bien evaluar la creación del Cementerio Municipal Ciudad de Batán y Sierra de los Padres situado en el Paraje San Alberto sobre camino vecinal, en cumplimiento con los Artículos N°1 y N°2 de la Ordenanza Municipal N°13.966 del año 2001.

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
056 OBRAS Y PLANEAMIENTO 06/03/2024
047 LEGISLACIÓN, INTERPRETACIÓN, REGLAMENTO
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto
Mar del Plata, 6 de marzo de 2024


A la Presidenta del


Honorable Concejo Deliberante


Sra. Marina Sánchez Herrero


S_________/_________D


VISTO


La necesidad de realizar la obra para la creación del Cementerio Público en la zona de la ciudad de Batán y Sierra de los Padres. Y;


CONSIDERANDO


Que la Ordenanza Municipal N°13.066/2001 autoriza la creación de un Cementerio Público en la zona de Batán, Chapadmalal y Sierra de los Padres, encomendando al Ente Municipal de Servicios Urbanos (E.M.SU.R.) la compra de la fracción de tierra a utilizar para dicho fin.


Que a lo largo de los años, la creación de un cementerio público ubicado en la ciudad de Batán y Sierra de los Padres ha conformado un reclamo histórico por parte de vecinos y vecinas.


Que en la actualidad, aquellas personas que residen en la ciudad de Batán y Sierra de los Padres deben trasladar los restos de sus seres queridos hacia las instalaciones de los cementerios públicos municipales ubicados en la ciudad de Mar del Plata.


Que los cementerios públicos ya existentes en el Partido de General Pueyrredon son el “Cementerio Parque” y el “Cementerio de La Loma”.


Que el Cementerio Parque fue inaugurado en el año 1968 y se encuentra emplazado en la avenida Norberto Centeno 5000, funcionando dentro del mismo el Crematorio Municipal.


Que estos mismos se ubican a grandes distancias respecto de la zona que involucra a la ciudad de Batán y Sierra de los Padres.


Que ambos cementerios se encuentran dentro de la estructura programática de gastos anuales del presupuesto del Ente Municipal de Servicios Urbanos (E.M.SU.R.).


Que no ha sido efectivizada la obra para la realización de este cementerio tal como fue dictaminado por la Ordenanza Municipal N° 13.066/2001 en sus artículos N° 1 y N° 2.


Que en el momento en el que fuera sancionada esta ordenanza la cantidad de habitantes dentro del Partido de General Pueyrredón era de 564.056.


Que según los datos brindados por el INDEC sobre el Censo realizado en el año 2022 la cantidad de habitantes dentro del Partido de General Pueyrredon aumentó a 667.082 personas.


Que este incremento poblacional representa un crecimiento del 18.26% respecto a la cantidad de habitantes en General Pueyrredon desde el año 2001 hasta el año 2022.


Que este crecimiento en la población de todo el Partido se refleja de manera exponencial en la zona de la ciudad de Batán y Sierra de los Padres.


Que corresponde al Estado Municipal acompañar estos avances a través de políticas que puedan aportar a la infraestructura, la salud, la educación, la producción, entre otras áreas.


Que este acompañamiento podría ser visto a través del cumplimiento de la construcción de este cementerio público en la ciudad de Batán.


Que ha sido denunciado a lo largo de los años, a través de los vecinos y vecinas de Batán, el estado de abandono de este mismo predio donde se realizaría la obra de este cementerio público.


Que se ha dado a conocer a raíz de una intimación realizada en el año 2009, que dentro de las inmediaciones del predio destinado a la construcción de este cementerio se encontraban siembras de papa por sobre las tierras del mismo.


Que ante esta situación, el entonces presidente del ENOSUR instruyó, a través de la resolución 234/09, el inicio de las acciones de desalojo.


Que a la compra de este terreno se le adjudica un valor de ciento cincuenta mil dólares (150.000) por los cuales fue adquirido en el año 2001 por el Estado Municipal.


Que este terreno se compone de un total de seis (6) hectáreas, conocido como Paraje “San Alberto” y ubicado en las cercanías de la ciudad de Batán y Sierras de los Padres.


Que ya ha sido presentado en el anexo correspondiente a las “Construcciones” del presupuesto para el año 2021 del Municipio de General Pueyrredón, el ítem que menciona la “Construcción Ingreso Cementerio Batán” con una proyección de $ 3.500.000.


Que dentro del anexo correspondiente a las “Construcciones” del presupuesto para el corriente año 2024 del Municipio de General Pueyrredon, no se encuentran proyecciones para la construcción de este “Cementerio”.


Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejalas y Concejales de Unión por la Patria eleva el siguiente proyecto de:


COMUNICACIÓN


Artículo Nº1.- El Honorable Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo, a través del Ente Municipal de Servicios Urbanos (E.M.SU.R.), tenga a bien evaluar la creación del Cementerio Municipal “Ciudad de Batán y Sierra de los Padres” situado en el Paraje “San Alberto” sobre camino vecinal, en cumplimiento con los artículos N°1 y N°2 de la Ordenanza Municipal N°13.966 en el año 2001.


Artículo Nº2.- Comuníquese, etc.


AUTORÍA:


ADHERENTES:


ANEXO


[]


https://www.lacapitalmdp.com/noticias/La-Ciudad/2009/12/03/128459.html

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