Información de Expediente

2024 - E - 1407
Fecha de Entrada: 12/04/2024
Carátula: Proyecto de COMUNICACIÓN
Iniciador: UNION POR LA PATRIA
Autor: CJAL. CUESTA MARIANA
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: GIRADO A COMISION
Desde: 15/04/2024
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Comunicación
Solicitando a la Secretaría de Educación de la Nación Argentina, dependiente del Ministerio de Capital Humano, que gestione a la brevedad y durante el presente ciclo lectivo, la entrega de libros de texto a los y las estudiantes del nivel inicial, primario y secundario, en el marco del Programa Libros para Aprender.

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
049 EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA E INVESTIGACIÓN 15/04/2024
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto
Mar del Plata, 12 de abril de 2024


A la Presidenta del


Honorable Concejo Deliberante


Sra. Marina Sánchez Herrero


S----------------/------------------D


VISTO:


La preocupación de que, a más de un mes de iniciado el ciclo lectivo, el Gobierno Nacional no haya realizado la compra de libros del programa nacional “Libros para Aprender”, destinado a estudiantes de nivel inicial, primario y secundario de todo el país. Y;


CONSIDERANDO:


Que la Ley de Educación Nacional Nº 26.206 establece que el Estado debe garantizar las condiciones materiales y culturales para que las y los estudiantes alcancen aprendizajes comunes y de buena calidad sin distinciones de origen social, radicación geográfica, género o identidad cultural.


Que la Ley de Educación Nacional N° 26.206 concibe, en su artículo 2°, a la educación como un bien público y un derecho personal y social; que se erige de acuerdo con su artículo 3° como una prioridad nacional y política de Estado para construir una sociedad justa, reafirmar la soberanía e identidad nacional, profundizar el ejercicio de la ciudadanía democrática, respetar los derechos humanos y libertades fundamentales y fortalecer el desarrollo económico-social de la Nación.


Que la Ley de Educación Nacional en su Artículo 11, incisos a), e) y l) establece la responsabilidad de asegurar una educación de calidad con igualdad de oportunidades y posibilidades, sin desequilibrios regionales ni inequidades sociales, de garantizar la inclusión educativa a través de (…) la asignación de recursos que otorguen prioridad a los sectores más desfavorecidos y de fortalecer la centralidad de la lectura y la escritura, como condiciones básicas para la educación a lo largo de toda la vida, la construcción de una ciudadanía responsable y la libre circulación del conocimiento.


Que la Ley de Educación Nacional en su Artículo 20 incisos c) y d) establece como objetivos de la educación inicial el desarrollar la capacidad creativa y el placer por el conocimiento en las experiencias de aprendizaje de las y los estudiantes; así como desarrollar la capacidad de expresión y comunicación a través de los distintos lenguajes, verbales y no verbales: el movimiento, la música, la expresión plástica y la literatura.


Que la mencionada Ley en su Artículo 85 inciso f), dispone que el Estado “dotará a todas las escuelas de los recursos materiales necesarios para garantizar una educación de calidad, tales como bibliotecas y otros materiales pedagógicos”.


Que el libro de texto es un importante dispositivo pedagógico; la utilización que se les da a los libros de texto en las escuelas es amplia, e incluye la lectura, la consulta para los alumnos, el debate en clase, la planificación de las clases, fines recreativos, entre otros (CIPPEC, 2005).


Que la Resolución Ministerial N° 3345 del 12 de noviembre de 2021 creó el Programa “Libros para Aprender”, en el ámbito del entonces Ministerio de Educación, con el objetivo de colaborar en la mejora de los procesos de enseñanza y de aprendizaje.


Que este Programa se implementa mediante la modalidad de entrega “uno a uno” de libros a las y los estudiantes y que los libros les pertenecen para ser utilizados en el aula con sus docentes y en el ámbito de sus hogares.


Que la selección de los títulos es llevada a cabo por especialistas designados por las máximas autoridades educativas de las 24 jurisdicciones, en un proceso federal y transparente que permite que cada una evalúe de acuerdo con sus necesidades.


Que por otra parte, se realizaba una convocatoria abierta con amplia difusión para que todas las editoriales que deseen participar puedan presentar sus materiales de acuerdo con los requerimientos que establece el Ministerio de Educación de la Nación.


Que a lo largo de los años el programa presupuestario encargado de la provisión de libros (tanto de lectura como manuales) para alumnos de inicial, primaria y secundaria fue variando su denominación, aunque siempre se mantuvo vigente.


Que con el paso del tiempo el programa presupuestario encargado de la provisión de libros, tanto de lectura como manuales, para alumnos de inicial, primaria y secundaria fue cambiando. Desde 2011 a 2016 la provisión de libros se enmarcaba bajo el programa llamado Acciones Compensatorias en Educación. Posteriormente, se fue alternando entre dos programas, Gestión Educativa y Políticas Socioeducativas (2017 y 2020) y Mejoramiento de la Calidad Educativa (2018, 2019 y 2021).


Que estos programas no incluyen únicamente la entrega de libros, sino que además incluyen otras actividades donde las principales son: Transferencias a Gobiernos Provinciales y Transferencias a Institutos de Enseñanza Provinciales.


Que según el informe realizado por la organización Argentinos por la Educación que se denomina “¿Cómo evolucionó la distribución de libros a nivel nacional?”, cuyos autores son Javier Curcio (FCE/UBA, IIEP BAIRES - UBA CONICET), Martín Nistal y Víctor Volman (Observatorio de Argentinos por la Educación) evidencia que el programa tuvo un comportamiento creciente desde 2011 a 2015, cuando alcanzó un pico de 19.941 millones de pesos.


Que asimismo se indica que entre los años 2016 y 2017 el presupuesto fue bajando levemente, para luego hacerlo de forma pronunciada desde el año 2018 y alcanzar el mínimo en 2019 (2.108 millones de pesos). El año 2021 muestra un crecimiento de 31,0% respecto del 2020, aunque aún en niveles alejados de los de 2015.


Que en el informe mencionado se indica que las responsabilidades y aportes presupuestarios en educación están distribuidos entre los distintos niveles de gobierno, lo que implica que las provincias en su conjunto asumen el financiamiento de aproximadamente el 75% del presupuesto educativo, por lo que la inversión asumida por el Estado Nacional se limita a una proporción minoritaria del total de los recursos destinados al sector.


Que según publicara el Diario La Nación en una nota de Maia Jastreblansky del 8 de abril del presente, transcurridos más de un mes de clases todavía no se realizó ninguna compra por parte del Estado Nacional de los libros previstos para estudiantes de nivel inicial, primaria y secundaria.


Que la responsabilidad de la provisión del material escolar, según organigrama vigente, le corresponde a Sandra Petovello y el Ministerio de Capital Humano, bajo cuya órbita se encuentra la Secretaría de Educación Nacional a cargo de Carlos Torrendel.


Que se aducen diversas causas a la demora producida, las cuales atraviesan acusaciones por parte de ambas administraciones (saliente y entrante) así como una intención por parte del Gobierno Nacional de transferir la compra de los libros a las Provincias.


Que en el medio de esta situación se encuentran los y las estudiantes de los diversos niveles, quienes ven restringido su derecho de acceso a la lectura.


Que tomando solamente a la Provincia de Buenos Aires para el año 2023, el Programa Nacional “Libros para aprender” alcanzó 5.152 escuelas primarias, a partir de la entrega de 3.597.670 ejemplares que llegaron a 1.403.961alumnos.


Que asimismo se entregaron 1.705.770 libros, a 682.690 estudiantes de nivel secundario básico, distribuidos en 3.118 establecimientos.


Que este Cuerpo Deliberativo tiene la responsabilidad de velar por las infancias y adolescentes del Municipio, tendiendo a observar así como solicitar a las autoridades nacionales que cumplan con las obligaciones asumidas, máxime cuando se debe garantizar los intereses de los más jóvenes.


Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejalas y Concejales de Unión por la Patria eleva el siguiente proyecto de:


COMUNICACIÓN


Artículo 1º.- El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon solicita a la Secretaría de Educación de la Nación Argentina, dependiente del Ministerio de Capital Humano, que gestione a la brevedad y durante el presente ciclo lectivo, la entrega de libros de texto a los y las estudiantes del nivel inicial, primario y secundario, en el marco del Programa “Libros para Aprender”.


Artículo 2º.- Remítase copia de la presente a la Secretaría de Educación de la Nación Argentina.


Artículo 3º.- Comuníquese, etc.


AUTORIA:


ADHERENTES:

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