Mar del Plata, 01 de abril de 2025
A la Presidenta del
Honorable Concejo Deliberante
Sra. Marina Sánchez Herrero
S_________/_________D
VISTO
El Decreto del Departamento Ejecutivo Nº DECFC-2024-2468-E-MUNIMDP-INT. Y;
CONSIDERANDO
Que por Expediente Municipal Nº 319-8-2023 Cuerpos 1 y 2, tramita la Licitación Pública Nº 33/23 “Tercer Llamado para la Adquisición de paquete integrado de hardware y software con destino a la Subsecretaría de Gobierno Digital” (Expediente Electrónico Nº EX-2024-00460558- -MUNIMDP-DTLBSO#SEH).
Que el presupuesto oficial ascendía a la suma de Pesos treinta y ocho millones trescientos cincuenta y cinco mil seiscientos setenta y ocho con setenta y cinco centavos ($38.355.678,75).
Que dicho presupuesto, se elaboró teniendo como sustento una cotización elaborada por la firma Commit IT SRL, vinculada al valor del dólar estadounidense en razón de la importación del equipamiento a adquirir. Ello, en apariencia, no fue reevaluado durante el año 2024 a los fines de mejorar las condiciones de la Licitación en curso.
Que con fecha 17/07/2024, fecha de apertura de sobres del tercer llamado, se constató la ausencia de propuestas, por lo que la Dirección General de Contrataciones efectuó las siguientes recomendaciones:
“1) Declarar desierto el tercer llamado de la Licitación Pública Nº 33/23.
2) Instrumentar los mecanismos administrativos pertinentes a los fines de gestionar la adquisición del objeto de la presente por vía de contratación directa, en los términos del artículo 156º inciso 5 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.”
Que, en consecuencia, con fecha 02/08/2024, el Sr. Intendente Municipal, dicta el Decreto 1756, el cual declara desierta la Licitación citada y prescribe en su ARTÍCULO 3º, lo siguiente: “Instruméntense los mecanismos administrativos pertinentes a los fines de gestionar la adquisición del objeto de la presente por vía de contratación directa, en los términos del artículo 156º inciso 5 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.”
Que el 20/08/24 se cursa invitación a diversos proveedores del municipio, notificándoles apertura de ofertas para el 28/08/24, siendo recibida una sola propuesta de la firma TELEXTORAGE SA por la suma global de Pasos trescientos cuatro millones novecientos cuarenta y cinco mil ($304.945.000). Dicha oferta se cotiza como paquete integrado, sin discriminación de costos, ni por rubros ni por bienes y/o servicios.
Que el 04 de septiembre del 2024 la Dirección General de Contrataciones considera que la misma resulta válida técnicamente. Asimismo, la Subdirección General de Contrataciones, solicitó se impulse una mejora de oferta atento a la reglamentación de la Resolución General N° 5559/24 publicada en el Boletín Oficial, considerando la reducción de alícuota del impuesto país a 7.5%, dispuesta por el Decreto 777/2024.
Que la mejora de oferta solicitada por la mencionada trajo consigo que el único proponente mejorase su precio, cotizando un monto total de $303.420.000.
Que podría estimarse que, al no poseer seguimiento de precios y que los términos de la contratación habrían diferido de lo presupuestado originariamente, el procedimiento aconsejable debiera haberse acercado más a un nuevo proceso licitatorio que a una contratación directa.
El día 30 de octubre del 2024 se dicta decreto del Departamento Ejecutivo Nº DECFC-2024-2468-E-MUNIMDP-INTaprobando la compra directa, Ad Referéndum de este Honorable Concejo Deliberante.
Que el 29 de noviembre del 2024 este Municipio abonó a la firma adjudicada la suma de $242.736.000 como anticipo del 80% del monto de la contratación.
Que dicho pago fue realizado “en insistencia” por ausencia de la Ordenanza previa que es requerida por el artículo 156º inciso 5º de la LOM, la cual señala que: “…la autorización del Concejo Deliberante será indispensable para decidir la compra directa después del fracaso de la licitación pública…”
Que recién con fecha 19 de diciembre del 2024 (casi dos meses después de la adjudicación y casi un mes después del pago efectuado), se eleva a este HCD el expediente ingresado bajo el N° 2224/2024, a los fines de convalidar el Decreto 2468/2024 y que obtuviera sanción por mayoría, finalmente, con fecha 27 de marzo del 2025.
Que para no dar cumplimiento a los procesos habituales de contratación se requiere fortaleza en los fundamentos y razonabilidad en las conclusiones. Ello a los fines de garantizar la legalidad del acto y aportar a la transparencia de la gestión de los fondos públicos, máxime cuando el monto adjudicado supera en casi un 700% el presupuesto oficial.
Que tales requerimientos han de ser suficientes a los fines de no correr el riego de discrecionalidad en la toma de decisiones. Asimismo, los mecanismos alternativos para situaciones excepcionales, son eso, excepcionales.
Por las razones expuestas, el Bloque de Concejalas y Concejales de Unión por la Patria eleva el siguiente proyecto de:
COMUNICACIÓN
Artículo Nº1.- El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon solicita al Departamento Ejecutivo, que tenga a bien informar sobre la Contratación Directa 2015/2024, convalidada por decreto del Departamento Ejecutivo Nº DECFC-2024-2468-E-MUNIMDP-INT:
a) Precios, productos y servicios que se han considerado para confeccionar el presupuesto oficial que dio lugar a la Licitación Pública Nº 33/23, detallando los mismos. Asimismo, acompañe los términos de las cotizaciones requeridas, los proveedores a los que se les cursó el pedido con sus respectivas especificaciones y aquellas propuestas que fueron remitidas en consecuencia.
b) Aspectos de la Licitación referida que fueron reevaluados o analizados para el tercer llamado a licitación, en virtud de los fracasos resultantes de los dos llamados anteriores. Explique el análisis de la conveniencia efectuado ante cada llamamiento.
c) Análisis económico para sostener en julio 2024 el presupuesto oficial fijado en 2023.
d) Análisis económico para considerar razonable o conveniente la oferta que fue efectivamente adjudicada por un valor diez veces mayor al presupuesto oficial. Eleve los fundamentos y los detalles del análisis de mercado efectuado, detallando su procedimiento y adjuntando sus constancias documentales.
e) Razones que fundamentaron no hacer un nuevo proceso licitatorio en razón de los cambios de los términos a contratar.
f) Indique desagregadamente los componentes (servicios, productos y precios) de la adjudicación que habría llevado a considerar razonable y no refutable la propuesta de la oferente.
Artículo Nº2.- Comuníquese, etc.
AUTORÍA:
ADHERENTES: