Información de Expediente

2025 - E - 1239
Fecha de Entrada: 04/04/2025
Carátula: Proyecto de Comunicación
Iniciador: UNION CIVICA RADICAL
Autor: CJAL. PUJATO GUSTAVO HORACIO
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: GIRADO A COMISION
Desde: 04/04/2025
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Comunicación
Viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, efectúe las adecuaciones presupuestarias necesarias para un mejor y mayor aprovechamiento de los contenidos curriculares relacionados con la temática Argentina Bicontinental.-

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
049 EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA E INVESTIGACIÓN 04/04/2025
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto
  Mar del Plata, 4 de Abril de 2025.-


Sra. Presidenta del Honorable Concejo Deliberante


Partido de General Pueyrredon


Cjala. Marina Sánchez Herrero


S / D


VISTO:


El Honorable Senado de la Nación Argentina, sancionó la Ley 26.651 (con fecha 20/10/10); publicada en Boletín Oficial Nº 32.029 de fecha 16/11/10, que establece la obligatoriedad de utilizar en todos los niveles y modalidades del sistema educativo y su exhibición pública en todos los organismos nacionales y provinciales, del mapa bicontinental de la República Argentina, y


CONSIDERANDO:


Que ya no se verá más en las escuelas, que la representación de la Antártida sea sólo un pequeño triángulo al margen derecho del mapa. Ahora, será obligatorio el uso del mapa confeccionado por el Instituto Geográfico Nacional, el cual muestra a la Antártida Argentina en su real proporción con relación al sector continental e insular.


Que por Ley, el Ministerio de Educación de la Nación será el encargado de garantizar su exhibición, empleo y difusión, en todas las instituciones educativas públicas y privadas, mediante la provisión de la lámina correspondiente. Por otra parte, establece que las Editoriales deberán incluir el mapa bicontinental de la República Argentina en las nuevas ediciones de los libros de texto y aquellos editados con anterioridad deberán incorporar el mapa bicontinental en caso de reimpresión o reedición.


Que la iniciativa surgió porque los mapas de uso común minimizaban la extensión de nuestro país, atentando contra nuestra identidad y legítimos derechos sobre los territorios antárticos. El proyecto de ley aprobado muestra a la Antártida Argentina a continuación de la Isla Grande de Tierra del Fuego, mostrando sus límites reales. De este modo formamos a las generaciones futuras sobre la inmensidad y riqueza del territorio que poseemos.


Que un país bicontinental es aquel que tiene soberanía en dos continentes. Por ejemplo, Argentina es un país bicontinental porque su territorio ocupa parte de América y también una porción de la Antártida.


Que es importante destacar la bicontinentalidad de nuestro país ya que permite resignificar una simbología que invita a pensar sobre los derechos soberanos sobre las tierras y sus riquezas.


Que la Universidad Nacional de la Defensa Nacional (UNDEF) elaboró el proyecto “Aulas Bicontinentales”, impulsado por la entonces Secretaría de Extensión y Comunicación de la UNDEF, que fue pensado y gestado con la intención de conectar proyectos profesionales y abordajes que permitan la consolidación de una mirada austral, marítima y bicontinental en las futuras generaciones.


Que las actividades realizadas, destinadas a alumnos, estudiantes de todos los niveles del sistema educativo y docentes en formación, propusieron promover un enfoque en clave bicontinental en las aulas.


Que resulta del caso señalar que, conforme a la modificación introducida por la Ley Pcial. 14222 (23/12/2010), la misma establece como objetivos permanentes e irrenunciables de la Provincia de Buenos Aires:


A.  La Difusión de los derechos de soberanía sobre el Sector Antártico Argentino, así como los intereses y la actividad antártica de la República Argentina.


B.  El reconocimiento del carácter de la República Argentina como país bicontinental.


C.  La difusión de las actividades de investigación científica, la logística a ella asociada y la protección del medio ambiente que se llevan a cabo en el Sector Antártico Argentino, en conformidad con la legislación nacional y con los principios y propósitos del Tratado Antártico.


Que en cumplimiento del ARTÍCULO 2º de la citada Ley, todos los establecimientos educacionales y/o culturales, situados en la jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires, deberán contar con mapas de la República Argentina de proyección integral (Lambert), de acuerdo con los requisitos establecidos por el Instituto Geográfico Militar (IGM).


Que desde la Secretaría de Educación Municipal, en agosto de 2022 se articuló con la Dirección de Malvinas, Antártida y Atlántico Sur - dependiente del MRREEyC la provisión de Mapas Murales Bicontinentales a color de 1 m x 75 cms para cada uno de los establecimientos y servicios educativos municipales, incluyendo el edificio de la propia Secretaría.


Que asimismo, en cumplimiento del ARTÍCULO 3º, se incluyó modificación al inc. b del art. 107 de la Ley Provincial de Educación (13688), el que quedó redactado de la siguiente manera: “Inciso b: La recuperación del ejercicio pleno de la soberanía argentina sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur y los espacios marítimos circundantes, de acuerdo con lo prescripto en la Cláusula Transitoria Primera de la Constitución Nacional y el afianzamiento de la soberanía argentina sobre el Sector Antártico Argentino.”


Que asimismo, el ARTÍCULO 4°: generó una manda a la Dirección General de Cultura y Educación para que capacitara a los docentes en lo que respecta a la soberanía y a los intereses argentinos en la Antártida, así como a la actividad antártica de la República Argentina, para su adecuada enseñanza y difusión, toda vez que el tema de Argentina Bicontinental se encuentra desde aquella fecha contenido en los diseños curriculares de las ciencias sociales y geografía principalmente, en los diferentes niveles de enseñanza.


Por todo lo expuesto el Bloque de concejales de la Unión Cívica Radical eleva a consideración del Honorable Concejo Deliberante el siguiente proyecto de


COMUNICACIÓN


Artículo 1º: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, efectúe las adecuaciones presupuestarias necesarias en el presupuesto general de gastos y cálculo de recursos para crear la partida correspondiente que permita atender una capacitación y actualización permanente de los docentes, a través de cursos específicos con puntaje y que su implementación fehaciente, redunde en un mejor y mayor aprovechamiento de los contenidos curriculares relacionados con la temática “Argentina Bicontinental” ya existentes por parte de los estudiantes, en concordancia con la normativa dictada en la materia.


Artículo 2°: De Forma.


AUTORIA DEL PROYECTO:


Cjal. Pujato Gustavo Horacio


ADHESIÓN AL PROYECTO:

 Volver