Información de Expediente

2025 - E - 1273
Fecha de Entrada: 28/04/2025
Carátula: Proyecto de Ordenanza
Iniciador: ACCION MARPLATENSE
Autor: CJAL. AYALA MARIA EVA
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: GIRADO A COMISION
Desde: 29/04/2025
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Ordenanza
Creando el Programa Cultural “Murales Vivos – Arte y Naturaleza en la Ciudad”.-

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
049 EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA E INVESTIGACIÓN 29/04/2025
056 OBRAS Y PLANEAMIENTO
047 LEGISLACIÓN, INTERPRETACIÓN, REGLAMENTO
002 HACIENDA, PRESUPUESTO Y CUENTAS
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto
Mar del Plata, 28 de abril de 2025


Sra. Presidenta


Honorable Concejo Deliberante

Partido de General Pueyrredon


S/D


VISTO


La necesidad de fomentar la creatividad, el arte urbano y el embellecimiento del espacio público en la ciudad de Mar del Plata, promoviendo al mismo tiempo la participación comunitaria y la integración con el entorno natural, y


CONSIDERANDO


Que el arte urbano es una forma de expresión cultural que fortalece la identidad local, estimula la apropiación positiva del espacio público y genera nuevas formas de encuentro ciudadano.


Que existen experiencias exitosas a nivel nacional e internacional donde las intervenciones artísticas en el espacio urbano dialogan armónicamente con la vegetación, generando “murales vivos” que transforman el paisaje urbano en escenarios de belleza, cuidado y pertenencia.


Que estas expresiones permiten resignificar muros, rincones y espacios degradados, convirtiéndolos en lugares vibrantes, accesibles y cuidados por la comunidad.


Que resulta fundamental promover estas iniciativas desde el Estado Municipal, acompañando a artistas, vecinos y colectivos culturales con herramientas, materiales y espacios habilitados.


Que Mar del Plata, como ciudad creativa y turística, debe garantizar el acceso al arte y la cultura en todos los barrios y alentar nuevas estéticas urbanas que integren el arte, el ambiente y la participación ciudadana.


Por lo expuesto, el bloque de concejales de Acción Marplatense, presenta para su consideración el siguiente proyecto de


ORDENANZA


ARTÍCULO 1º: Créase el Programa Cultural “Murales Vivos – Arte y Naturaleza en la Ciudad” con el objetivo de fomentar intervenciones artísticas urbanas que integren elementos naturales y vegetales, promoviendo la participación de vecinos y artistas marplatenses en el embellecimiento del espacio público.


ARTÍCULO 2º: Desígnese como autoridad de aplicación del Programa Cultural “Murales Vivos – Arte y Naturaleza en la Ciudad” al Ente Municipal de Turismo y Cultura (EMTURyC), en articulación con las Secretarías de Obras y Planeamiento Urbano, Desarrollo Productivo e Innovación, y la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sostenible y facúltese a dictar las normas instrumentales, complementarias y todo acto administrativo que fuera necesario para la implementación del mismo.


ARTÍCULO 3º.- El Programa Cultural “Murales Vivos – Arte y Naturaleza en la Ciudad” comprenderá:


a) Convocatorias abiertas para la presentación de proyectos artísticos.


b) La creación de un Registro de Espacios Públicos Disponibles para ser intervenidos.


c) La provisión de materiales básicos, plantas y asesoramiento técnico.


d) El acompañamiento de procesos colectivos de diseño, ejecución y mantenimiento de las obras.


e) El fomento de proyectos que integren comunidades educativas, culturales, barriales y cooperativas.


ARTÍCULO 4º.- El Departamento Ejecutivo designará una comisión de selección conformada por representantes de las áreas intervinientes, artistas visuales locales y referentes del ámbito ambiental y cultural, que tendrá a su cargo la evaluación y acompañamiento de los proyectos.


ARTÍCULO5º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a realizar las adecuaciones presupuestarias necesarias para la implementación del Programa.


ARTÍCULO 6º.- Invítase a instituciones educativas del Partido de General Pueyrredon, asociaciones vecinales, organizaciones culturales, viveros, cooperativas y comercios locales a sumarse como padrinos del Programa.


ARTÍCULO 7º.- Comuníquese, etc.


Autoría:


Adhesión:

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