Mar del Plata, 30 de abril de 2025
Sra. Presidenta
Honorable Concejo Deliberante
Partido de General Pueyrredon
S/D
VISTO
El reclamo constante de los vecinos del barrio San Eduardo de Chapadmalal con respecto al incumplimiento en la frecuencia de la recolección de residuos urbanos, y
CONSIDERANDO
Que el barrio San Eduardo de Chapadmalal se encuentra ubicado en la zona sur del Partido de General Pueyrredon.
Que el barrio San Eduardo de Chapadmalal constituye uno de los sitios de interés turístico mas meridionales del Partido de General Pueyrredon y su crecimiento demográfico, como así todo el de la zona sur, en los últimos años ha sido exponencial.
Que el servicio de recolección de residuos forma parte de una de las prestaciones esenciales para los barrios, ya que es fundamental para garantizar la salud de la población y mantener la higiene urbana, constituyéndose como pilar para el bienestar de la sociedad.
Que la contaminación por residuos sólidos orgánicos, deriva en gran parte, por la falta de recolección de residuos domiciliarios, que, sumado al incremento poblacional, se suma como un obstáculo para el desarrollo sostenible del barrio, entendiendo que la actividad generada por el barrio no rebase las posibilidades de los ecosistemas involucrados.
Que los vecinos del barrio manifiestan constantemente el incumplimiento en la frecuencia estipulada en la Ordenanza Municipal Nro. 22.384 en su Artículo 60º de Derechos y Obligaciones del contratista donde se sostiene que tienen la obligación de prestar el servicio a los usuarios del mismo conforme al presente Pliego.
Que la insuficiencia en la recolección de residuos, reducida a una frecuencia de una vez por semana, se ha vuelto un gran problema para los vecinos y vecinas del barrio San Eduardo de Chapadmalal por acumulación de los residuos en la vía pública afectando el entorno natural del barrio y siendo foco de contaminación para la salud de los residentes y turistas.
Que el impacto negativo de la acumulación de residuos urbanos tiene evidencia en la reducción en la disminución de la calidad de vida debido a la degradación del paisaje urbano y al deterioro de los espacios públicos.
Que la problemática de la insuficiencia en la recolección de residuos es una constante en la vida de los vecinos y vecinas del barrio San Eduardo de Chapadmalal y lo han manifestado en repetidas ocasiones a través de diferentes vías sin obtener respuestas satisfactorias por parte del gobierno municipal.
Que el 28% de la tasa de servicios urbanos que los vecinos y vecinas abonan, corresponde al pago de la empresa de recolección de residuos Transportes 9 de Julio SA.
Que es responsabilidad del Municipio de General Pueyrredon brindar respuestas a las demandas de los vecinos y vecinas en todo su territorio, garantizando las condiciones de accesibilidad a los servicios públicos como la recolección de residuos urbanos.
Por todo lo expuesto el bloque de concejales de Acción Marplatense eleva el siguiente proyecto de
COMUNICACIÓN
Artículo Nº1: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon solicita al Departamento Ejecutivo informe los motivos por los cuales no está cumpliendo con la frecuencia estipulada en el en el Pliego de Bases y Condiciones de recolección de residuos sólidos urbanos domiciliarios del barrio San Eduardo de Chapadmalal.
Artículo 2º: Solicítese al Departamento Ejecutivo un informe sobre las denuncias efectuadas a través de los medios oficiales por los vecinos del Barrio San Eduardo de Chapadmalal durante el año 2025 y si se han labrado actas e impuesto las multas correspondientes por el incumplimiento en la recolección de residuos urbanos.
Artículo 3º: Requiérase al mismo organismo las medidas implementadas para la restitución del cronograma pactado que garantice la frecuencia en la recolección de residuos sólidos urbanos domiciliarios.
Artículo 4º: Infórmese a los vecinos y vecinas del Barrio San Eduardo de Chapadmalal, a través de los medios oficiales del Municipio de General Pueyrredon, los días de Recolección de Residuos Sólidos Urbanos Domiciliarios.
Artículo 5º: Comuníquese, etc.
Autoría:
Adhesión: