Mar del Plata, 13 de mayo de 2025
A la Presidenta del
Honorable Concejo Deliberante
Sra. Marina Sánchez Herrero
S_________/_________D
VISTO
La posibilidad de que el Cuerpo de Patrulla Municipal (CPM) trabaje con la Dirección de Zoonosis y Bienestar Animal en el control y cumplimiento de la Ordenanza N° 22.031/14 de Tenencia Responsable de Mascotas y sus modificatorias. Y;
CONSIDERANDO
Que la Ordenanza N° 22.031/14 de Tenencia Responsable de Mascotas -y sus modificatorias- busca establecer un marco legal claro y detallado para la tenencia responsable de mascotas en General Pueyrredon, abordando aspectos cruciales como la identificación, la sanidad, la seguridad, el control poblacional, la convivencia en el espacio público, la actividad de los paseadores, la guarda y adopción, la comercialización y la educación, estableciendo regulaciones, normativas y sanciones en caso de incumplimiento.
Que, en ese sentido, la autoridad de aplicación es la Dirección de Zoonosis y Bienestar Animal, que cuenta con una limitada capacidad operativa para garantizar todas las disposiciones de la Ordenanza, en particular aquellas referidas a la presencia de animales en el espacio público o el alojamiento de mascotas en espacios exteriores. Asimismo, para el 2025 se planificó reducir los números de castraciones, vacunaciones e inmunizaciones antirrábicas, según el presupuesto del área.
Que, por consiguiente, es necesario dotar a Zoonosis y Bienestar Animal de presencia en la calle, pudiendo esto ser logrado a través del Cuerpo de Patrulla Municipal (CPM).
Que el Decreto Nº 988/20 establece que la misión principal del Departamento Cuerpo de Patrulla Municipal de Seguridad es atender la seguridad ciudadana y el orden público, proteger los derechos y la seguridad de las personas, colaborar con las fuerzas de seguridad y ejecutar acciones de prevención en coordinación con otras áreas municipales.
Que se fija entre sus funciones principales el (a) patrullaje y prevención, realizando recorridos de vigilancia proactivos para disuadir la delincuencia, apoyando la labor policial; (b) atención ciudadana, respondiendo a las llamadas de los vecinos en la vía pública, ofreciendo soluciones y contención a las víctimas; (c) gestión de emergencias; (d) conocimiento del territorio; (e) fomento del cumplimiento de las ordenanzas municipales; (f) apoyo al Consejo Municipal de Seguridad, especialmente en casos de violencia de género.
Que, en esencia, se trata cuerpo operativo con una fuerte orientación a la prevención, la colaboración con la policía y la interacción directa con la comunidad para mejorar la seguridad y el orden público en el Partido de General Pueyrredon, debiendo además hacer respetar las normativas municipales.
Que emerge, entonces, que el CPM podría hacer valer las disposiciones de la Ordenanza de Tenencia Responsable de Mascotas, al menos en aquellas cuestiones referidas al espacio público o exterior, como puede ser el uso obligatorio de correa y bozal para perros potencialmente peligrosos (Artículo N° 32); la prohibición de albergue de caninos en balcones o terrazas (Artículo N° 13); o el máximo de mascotas que puede llevar un paseador (Artículo N° 40), entre otros.
Que el fin es dotar a la Dirección de Zoonosis y Bienestar Animal de mayor presencia y capacidad operativa en la calle, a través del apoyo del CPM, utilizando su estructura y la presencia territorial para identificar, prevenir e interrumpir comportamientos que infrinjan la Ordenanza de Tenencia Responsable.
Que esto debería mejorar la convivencia ciudadana al asegurar el cumplimiento de normas básicas en relación animales y mascotas.
Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejalas y Concejales de Unión por la Patria eleva el siguiente proyecto de:
COMUNICACIÓN
Artículo Nº1.- El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon solicita al Departamento Ejecutivo, a través de la Secretaría de Seguridad, que evalúe la posibilidad de disponer que el Cuerpo de Patrulla Municipal (CPM) asista a la Dirección de Zoonosis y Bienestar Animal en el control y cumplimiento de la Ordenanza N° 22.031/14 de Tenencia Responsable de Mascotas y sus modificatorias, en el marco de lo establecido por el Decreto N° 988/20.
Artículo Nº2.- A fines de dar cumplimiento al Artículo N°1, se vería con agrado que el CPM trabaje en identificar, interrumpir, prevenir y/o informar a la Dirección de Zoonosis y Bienestar Animal sobre comportamientos que infrinjan lo normado por la Ordenanza referenciada y sus modificatorias.
Artículo Nº3.- Asimismo se requiere que se capacite al personal del CPM en lo normado por la Ordenanza N° 22.031/14 de Tenencia Responsable de Mascotas y sus modificatorias.
Artículo Nº4.- Comuníquese, etc.
AUTORÍA:
ADHERENTES: