Información de Expediente

2025 - E - 1663
Fecha de Entrada: 16/10/2025
Carátula: 1. DECRETO 2. COMUNICACIÓN
Iniciador: FRENTE RENOVADOR
Autor: CJAL. CIANO ARIEL
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: GIRADO A COMISION
Desde: 17/10/2025
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Decreto
Convocando a una Jornada de Trabajo Interinstitucional para abordar varios puntos con el objeto de impulsar una Campaña Integral de Difusión y Sensibilización sobre la Adopción y el Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos (RUAGA)
Proyecto 2: Comunicación
Solicitando al Departamento Ejecutivo, realice una Campaña Integral de Difusión y Sensibilización sobre la Adopción y el Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos (RUAGA).

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
048 SALUD COMUNITARIA Y DESARROLLO HUMANO 17/10/2025
047 LEGISLACIÓN, INTERPRETACIÓN, REGLAMENTO
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto
Mar del Plata, 15 de octubre de 2025.


A la Presidenta del


Honorable Concejo Deliberante


Sra. Marina Sánchez Herrero


S----------------/------------------D


VISTO


La necesidad de promover espacios de reflexión y articulación institucional en torno al derecho de los niños, niñas y adolescentes a vivir en familia, y el rol del Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos (RUAGA) en la efectivización de ese derecho;


CONSIDERANDO


Que la Convención sobre los Derechos del Niño, con jerarquía constitucional en nuestro país, establece que todo niño, niña y adolescente (NNyA) tiene derecho a crecer en un entorno familiar que garantice su desarrollo integral;


Que el principio del interés superior del niño, reconocido en la legislación nacional e internacional, obliga a priorizar las medidas que permitan a NNyA desarrollarse en un entorno afectivo, evitando su institucionalización prolongada;


Que la Ley Nacional N° 24.779 de Adopción, actualmente integrada al Código Civil y Comercial de la Nación, regula el instituto de la adopción en Argentina y establece que sólo podrán inscribirse como postulantes quienes lo hagan en los Registros Únicos de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos provinciales y nacional, asegurando así un procedimiento único, transparente y controlado por el Poder Judicial;


Que el Código Civil y Comercial de la Nación, en sus artículos 594 a 637, regula la adopción en sus distintas formas (simple, plena, de integración), fijando los requisitos, garantías y límites del proceso, siempre con el interés superior del niño como principio rector;


Que el Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos (RUAGA) constituye la vía formal y segura para que las personas y familias interesadas puedan ofrecerse como adoptantes, asegurando legalidad, igualdad de oportunidades y evitando prácticas discrecionales;


Que difundir la existencia y el funcionamiento del RUAGA es un deber del Estado, ya que muchas personas y familias desconocen el mecanismo de preinscripción, los requisitos y los alcances de la adopción, lo que constituye un obstáculo real para la efectividad del derecho de los niños, niñas y adolescentes;


Que según las estadísticas de la Dirección Nacional del Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos de la República Argentina (DNRUA) al 1 de septiembre de 2025 existen solamente 2.154 legajos inscriptos en el país, de los cuales 1.191 se encuentran activos[1], cifras que resultan escasas frente a la cantidad de NNyA declarados en situación de adoptabilidad;


Que además, la mayoría de las disponibilidades adoptivas declaradas se concentran en niños pequeños, quedando relegados adolescentes, grupos de hermanos y NNyA con discapacidad, quienes son precisamente los que más esperan en nuestro distrito y en la provincia;


Que en el Partido de General Pueyrredon se observa un bajo nivel de inscripciones en el RUAGA, lo que limita las posibilidades de vinculación para NNyA, profundizando la necesidad de una intervención estatal que fomente la participación ciudadana;


Que en la ciudad de Mar del Plata se desarrollan anualmente encuentros informativos y jornadas de Adopción, organizadas por el Juzgado de Familia N.º 5 a cargo de la Dra. Obligado, los cuales constituyen un espacio de intercambio, sensibilización y formación para profesionales, operadores judiciales, familias y personas interesadas, fortaleciendo la difusión y comprensión social del instituto de la adopción;


Que durante el año 2024, en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Mar del Plata, se realizó un encuentro informativo bajo la consigna “En busca de familias para chicos y chicas más grandes institucionalizados, ¿vos podés ayudarme a lograrlo?”. La finalidad de la iniciativa fue generar conciencia acerca de la importancia de que nuevas familias se inscriban en el registro para conformar vínculos responsables con niños y niñas de más de ocho años, con discapacidades o problemas de salud, y con grupos de más de tres hermanos, sectores donde la adoptabilidad presenta mayores dificultades;


Que el Estado municipal, en el marco de sus competencias en materia de niñez, puede contribuir activamente a la promoción del derecho a vivir en familia mediante acciones de sensibilización y difusión;


Que una campaña de difusión amplia, accesible y sostenida en el tiempo puede derribar mitos, brindar información confiable, acercar el registro a la comunidad y promover que más personas y familias den el paso de inscribirse, ampliando así las oportunidades para niños, niñas y adolescentes;


Por todo lo expuesto el Bloque de concejales del Frente Renovador eleva a este Honorable Concejo Deliberante los siguientes proyectos de:


DECRETO


Artículo 1°.- Convócase, en el Recinto de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante “C.P.N. Carlos Mauricio Irigoin”, a una Jornada de Trabajo Interinstitucional con el objeto de impulsar una Campaña Integral de Difusión y Sensibilización sobre la Adopción y el Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos (RUAGA)


Artículo 2°.- La Jornada tendrá por objetivos:


a) Promover la articulación entre los distintos organismos del Estado, instituciones académicas, judiciales y organizaciones de la sociedad civil vinculadas a la adopción.


b) Generar un espacio de intercambio y reflexión sobre las estrategias más adecuadas para llevar adelante una campaña pública de información y sensibilización.


c) Construir colectivamente los lineamientos y contenidos que orientarán la Campaña Integral de Difusión sobre Adopción y RUAGA.


Artículo 3°.- Invítese a participar de la Jornada a representantes de los siguientes organismos e instituciones:


-   Juzgados de Familia del Departamento Judicial Mar del Plata


-   Dirección Nacional del Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos (DNRUA).


-   Secretaría de Desarrollo Social del Municipio de General Pueyrredon.


-   Secretaría de Educación y la Dirección de Niñez y Juventud del Municipio.


-   Servicios Locales y Zonales de Promoción y Protección de Derechos del Partido de General Pueyrredon.


-   Colegios profesionales.


-   Representantes del Poder Judicial del Departamento Judicial Mar del Plata, del fuero Familia, con competencia en la materia.


-   Organizaciones de la sociedad civil vinculadas a la niñez, la adopción y las familias.


Artículo 3º.- Facúltase a la Comisión de Labor Deliberativa a determinar el día y la hora de realización de la Jornada de Trabajo, así como a ampliar la nómina prevista en el artículo anterior.


Artículo 4º.- Comuníquese, etc.-


COMUNICACIÓN


Artículo 1°.- El Honorable Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo, que a partir de las áreas correspondientes, realice una Campaña Integral de Difusión y Sensibilización sobre la Adopción y el Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos (RUAGA).


Artículo 2°.- La campaña tendrá como objetivos:


a) Informar a la comunidad sobre el funcionamiento del registro y los requisitos de inscripción.


b) Desmitificar creencias erróneas y brindar información confiable.


c) Promover la reflexión sobre la importancia de ampliar los perfiles adoptivos, especialmente en relación a niños y niñas mayores de 8 años, grupos de hermanos y NNyA con discapacidad.


d) Visibilizar testimonios de familias y experiencias locales de adopción.


e) Poner en conocimiento el acompañamiento y las estrategias de apoyo que se brindan a las familias a lo largo del proceso de adopción.


Artículo 3°.- Solicítese al Departamento Ejecutivo,a los fines de llevar adelante dicha campaña, y a través de las áreas que correspondan, a formalizar convenios de colaboración con el fin de coordinar las acciones de difusión que garanticen la accesibilidad comunicacional.


Artículo 4° .- Comuníquese, etc.


AUTORÍA: ARIEL CIANO


ADHERENTES


[1] Estadisticas de la DNRUA https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/2021/01/estadisticas_pais_al_1_de_septiembre_2025.pdf

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