Mar del Plata, 24 de octubre de 2025.-
Sra. Presidente del Honorable Concejo Deliberante
Partido de General Pueyrredon
Cjal. Marina Sánchez Herrero
S / D
VISTO la situación actual del predio, conocido popularmente
como Canchita de los bomberos, comprendido por las calles Florisbelo Acosta,
José Mármol, López de Gomara y Ricardo Gutierrez, y;
CONSIDERANDO:
Que dicho predio está conformado por tres manzanas, las cuales son propiedad del Estado Nacional, siendo la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE), organismo descentralizado en el ámbito de la Jefatura de Gabinete de Ministros, con autarquía económica financiera, con personería jurídica propia y con capacidad de actuar en el ámbito del derecho público y privado, el Órgano Rector y centralizador de toda la actividad de administración de bienes muebles e inmuebles del Estado nacional, ejerciendo en forma exclusiva la administración de los bienes inmuebles del Estado nacional, cuando no corresponda a otros organismos estatales.
Que son funciones de la AABE, entre otras, las de coordinar la actividad inmobiliaria del Estado Nacional, interviniendo en toda medida de gestión que implique la celebración, ya sea a título oneroso o gratuito, de actos de enajenación con relación a inmuebles estatales, y conceder el uso precario y gratuito de bienes inmuebles propiedad del Estado nacional, independientemente de su jurisdicción de origen, y que por razones circunstanciales no tengan destino útil, cuando le sean requeridos por organismos públicos o por instituciones privadas legalmente constituidas en el país, para el desarrollo de sus actividades de interés general.
Que en el año 1998 se sanciona la Ordenanza N° 11738, la cual convalida un
Convenio de Depósito en Custodia suscrito entre la Municipalidad de General
Pueyrredon y la Dirección General de Bienes del Estado de la Secretaría de
Obras Públicas del Ministerio de Obras y Servicios Públicos (actualmente AABE). El punto primero de dicho convenio designa al Municipio como depositaria en custodia de tres fracciones sitas entre la Avenida Félix U. Camet y las calles López de Gomara, José Mármol y Florisbelo Acosta. Esto con el fin de asegurar la guarda.
Que, según el Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles del Estado Nacional, la a custodia de los inmuebles comprende su mantenimiento, conservación, resguardo, integridad, disponibilidad y el pago de todos los tributos y servicios que los mismos generen.
Que en el año 2009, mediante Decreto 964 del Departamento de Jefatura de Gabinete de Ministros de la Provincia de Buenos Aires, se aprueba un convenio suscripto entre el Organismo Nacional de Administración de Bienes
(actualmente AABE) y el Gobierno provincial, mediante el cual el Organismo Nacional otorga a la Provincia el uso precario y gratuito de los inmuebles de
propiedad de Estado Nacional, ubicados entre las calles José
Mármol, Florisbelo Acosta, López de Gomara, Dardo Rocha, Concepción
Arenal y Avenida Félix Camet. Además, la Provincia quedó autorizada a realizar aquellas mejoras que resulten necesarias para conservar y mantener los inmuebles, a su costa. Por otra parte, la cláusula octava del convenio se estableció que todos los gastos que demande la conservación de los bienes entregados por el Estado Nacional serán a cargo de la Provincia, y, en la cláusula novena, que la misma queda facultada expresamente a utilizarlos, llevando a cabo los trabajos de conservación, mantenimiento y limpieza que resulten necesarios y proveyendo a esos fines los recursos humanos y económicos propios.
Que en el mes de marzo de 2010 se sancionó la Ordenanza N° 19640, la cual establece un Plan Particularizado de Desarrollo (convalidado por el Poder Ejecutivo Provincial mediante Decreto N° 1825-11) y autoriza al Departamento Ejecutivo a conveniar con AABE (en ese entonces ONABE) y gestionar la aprobación ante la Dirección de Geodesia del plano de mensura y subdivisión del macizo identificado catastralmente como Circunscripción VI- Sección B-
Chacra 158- Fracción 1.
Que el Convenio establecía la obligación, para el Municipio, de proyectar, financiar y ejecutar obras de infraestructura sanitaria, vial y de alumbrado público dentro del sector involucrado. En compensación, ONABE, cedería en propiedad al Municipio una parcela de 2688 metros cuadrados de superficie para localización de equipamiento comunitario. La escritura traslativa de dominio de la superficie a ceder se realizaría una vez cumplimentadas las obras y aprobado el plano de mensura y subdivisión establecidas en el artículo
10° de la citada ordenanza. Dicho convenio nunca se perfeccionó.
Que con posterioridad a esa Ordenanza, el 26 de julio de 2010, se aprueba, mediante Decreto de la Provincia de Buenos Aires N° 1183-10, un Convenio entre el ONABE y la Provincia de Buenos Aires en donde se estipula el inicio de las gestiones necesarias para vender el predio en donde hoy se encuentra el Museo Provincial de Arte Contemporáneo. En dicho Decreto se menciona que la Provincia cuenta con el uso precario y gratuito de los inmuebles propiedad del Estado Nacional ubicados entre las calles José Mármol, Florisbelo Acosta, López de Gomara, Dardo Rocha, Concepción Arenal y
Avenida Félix U. Camet.
Que a la fecha, si bien se ha mantenido y conservado el mismo realizando tareas de cuidado, limpieza, cortado de césped y mantenimiento, continúan siendo lotes sobre los cuales el Municipio no puede disponer libremente para realizar obras y equipar los predios de manera tal que sea espacios públicos con equipamiento para el aprovechamiento integral de toda la comunidad.
Que resulta primordial para este Municipio incorporar este predio bajo su titularidad para poder realizar una intervención en favor de los vecinos de la ciudad.
Que debe considerarse que la zona carece de plazas públicas, siendo que estos espacios es sabido que proporcionan un entorno agradable de recreo y esparcimiento donde la comunidad local puede disfrutar del aire libre, relajarse, socializar y participar en actividades recreativas. A su vez, estos espacios contribuyen a la actividad física de las personas, promoviendo un estilo de vida activo y saludable para la sociedad.
Que estos espacios podrían convertirse en destinos atractivos para eventos comunitarios, festivales y actividades culturales para los vecinos. Esto podría generar empleo genuino, promover inversiones y mejorar la calidad de vida de los habitantes locales.
Que se debe velar por darle valor a los espacios promoviendo el bienestar y la calidad de vida de todos los ciudadanos, por lo que resulta menester adoptar medidas tendientes a mejorar la estructura urbanística local.
Que el establecimiento de una plaza pública en dicho lugar va a contribuir a embellecer y mejorar el entorno urbano, obtener un área verde libre de uso público en medio de la infraestructura urbana y, producto de su excelente ubicación va a poseer una vista directa a la costa marplatense.
Que la cesión de tierras por parte del Estado nacional a favor de este municipio puede ser vista como una forma de promover la descentralización y la autonomía local, ya que el municipio posee un mejor conocimiento de las necesidades y particularidades de su comunidad. -
Por todo lo expuesto, el Bloque de la Unión Cívica
Radical propone el siguiente proyecto de:
COMUNICACIÓN
Artículo 1º.- El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon solicita al Poder Ejecutivo Nacional, por intermedio de la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE), arbitre los medios
necesarios a los fines de otorgar la cesión definitiva a título gratuito, y en favor de la Municipalidad de General Pueyrredon, de las parcelas del predio comprendido por las calle Florisbelo Acosta, José Mármol, López de Gomara y Ricardo Gutierrez, denominado popularmente como “Canchita de los Bomberos”, a los fines de su afectación como área verde y libre pública -plaza pública-, pertenecientes al Dominio de la Nación, identificadas catastralmente como:
- Partido: 45 (General Pueyrredón) Circunscripción: 6 Sección: B
Chacra: 158 Manzana: 158ª
- Partido: 45 (General Pueyrredón) Circunscripción: 6 Sección: B
Chacra: 158 Manzana: 158C
- Partido: 45 (General Pueyrredón) Circunscripción: 6 Sección: B Chacra: 158 Manzana: 158D.
- Partido: 45 (General Pueyrredón) Circunscripción: 6 Sección: B
Chacra: 159 Manzana: 159B Parcela: 1
Artículo 2º.- Comuníquese, etc.
Autoría: Cjala. Marianela Romero
Cjal. Danien Nuñez
Cjal .Gustavo Pujato
Cjal. Ricardo Liceaga Viñas
Adhesiones: