Información de Expediente

2025 - E - 1732
Fecha de Entrada: 11/11/2025
Carátula: PROYECTO DE COMUNICACIÓN
Iniciador: UNION POR LA PATRIA
Autor: CJAL. CRESPO VALERIA LUCIANA
            CJAL. GARCIA DIEGO ALEJANDRO SEBASTIAN
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: GIRADO A COMISION
Desde: 12/11/2025
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Comunicación
Solicitando al Departamento Ejecutivo informe sobre varios puntos con relación al grado de cumplimiento de la Ordenanza Nº 24.990, que establece la obligatoriedad de implementar menús y cartas accesibles en comercios gastronómicos para personas con discapacidad visual.

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
054 DERECHOS HUMANOS, IGUALDAD DE OPORTUNIDADES Y DISCAPACIDAD 12/11/2025
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto
Mar del Plata, 7 de noviembre de 2025


A la Presidenta del


Honorable Concejo Deliberante


Sra. Marina Sánchez Herrero


S_________/_________D


VISTO


La Ordenanza Nº 24.990 que establece la obligatoriedad de implementar menús y cartas accesibles en comercios gastronómicos para personas con discapacidad visual, y la necesidad de verificar su efectivo cumplimiento en el Partido de General Pueyrredon. Y;


CONSIDERANDO


Que la Ordenanza Nº 24.990, sancionada el 29 de diciembre de 2020 y promulgada el 6 de enero de 2021, busca garantizar la accesibilidad a la información y la autonomía de los consumidores con discapacidad visual (ceguera o disminución visual), reconociendo sus derechos.


Que el Artículo 1º de dicha norma establece con carácter obligatorio que los comercios gastronómicos (restaurantes, bares, confiterías, pubs, etc.) implementen menús y cartas en formatos accesibles, especificando alternativas como el sistema Braille, la escritura macrotipo, o sistemas de audio y aplicaciones digitales.


Que la misma ordenanza, en su Artículo 3º, asigna al Departamento Ejecutivo la responsabilidad activa de realizar campañas de difusión a través de la página web oficial y redes sociales, con el fin de concientizar al sector gastronómico sobre este derecho.


Que, asimismo, el Artículo 4º detalla un régimen de sanciones progresivo para los casos de incumplimiento, que van desde la notificación y el apercibimiento hasta la aplicación de multas, confirmando el poder de policía del Municipio en esta materia.


Que, habiendo transcurrido casi cinco años desde la sanción de la norma, y habiendo superado el contexto de pandemia (mencionado en el Artículo 5º), es imperativo conocer el grado de implementación real de esta herramienta de inclusión en el sector gastronómico local.


Que la Ordenanza N° 24.990 del año 2020 actualizó la Ordenanza N° 14.959 del año 2002, que establecía como alternativa para los menúes sólo el sistema Braille.


Que es facultad de este Honorable Cuerpo Deliberante solicitar informes al Departamento Ejecutivo y velar por el cumplimiento efectivo de las ordenanzas vigentes.


Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejalas y Concejales de Unión por la Patria eleva el siguiente proyecto de:


COMUNICACIÓN


Artículo 1º.- El Honorable Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo que, a través de la Subsecretaría de Inspección General o la Dirección de Discapacidad, informe sobre el grado de cumplimiento de la Ordenanza Nº 24.990, en particular:


a)  El detalle de las campañas de difusión y concientización realizadas por el Departamento Ejecutivo desde 2021 a la fecha, en cumplimiento del Artículo 3º de la Ordenanza.


b)  La cantidad de inspecciones realizadas para verificar la implementación de menús accesibles (Braille, macrotipo o sistemas digitales/auditivos) desde el año 2021.


c)  Si se ha realizado un relevamiento o estimación estadística del porcentaje de comercios gastronómicos que actualmente cuentan con alguna de las alternativas de accesibilidad exigidas por la norma.


Artículo 2º.- Comuníquese, etc.


AUTORÍA:


ADHERENTES:

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